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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2001 (04/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 202276 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001N° Denominación del Procedimiento Derecho Calificación en ONP Dependencia Autoridad Autoridad que resuelve Observaciones de Pago donde se inicia competente para el recurso impugnativo Automático Evaluación Previa No el trámite el trámite Positivo Negativo Regulado Resolución que declare haberse realizado la adopción por el causante: copia certificada expedida por el funcionario competente. Partida de nacimiento con la anotación correspondiente, que haya dispuesto la adopción por el causante: copia certificada expedida por la Municipalidad respectiva, máxi- mo tres meses de antigüedad. En caso de hijos incapacitados Para el caso que el solicitante sea curador, documento que lo acredite como tal. Partida de nacimiento del hijo incapacitado: copia certifica- da por la Municipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. Resolución Judicial que declare la incapacidad: copia cer- tificada expedida por el Juzgado respectivo. Resolución Judicial que declare consentida la Resolución de incapacidad: copia certificada expedida por el Juzgado respectivo. Casos de excepción en la fecha de celebración del matrimonioSi falleció por accidente copia certificada del parte policial y/o certificado de necropsia. Si existiesen hijos en común, copia certificada de las parti- das de nacimiento, máximo tres meses de antigüedad. Si la cónyuge sobreviviente se encontró en estado grávido, certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha de fallecimiento del causante. Si el cónyuge fuese minusválido, Resolución judicial que declare la minusvalía. Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Copia simple legible del documento de identidad vigente de Identidad del solicitante o representante legal. Solicitud del recurrente o de su reprentante legal requirien- do pensión de orfandad, con indicación de su dirección domiciliaria. Para el caso que el solicitante sea tutor, documento que lo acredite como tal. Proyecto de Resolución.Proyecto de liquidación, de considerarse procedente.Informe Técnico Legal.Legajo Personal del causante; con inclusión de la Resolu- ción de reconocimiento de derecho a pensión de cesantía, de haberse emitido.El expediente administrativo deberá ser entregado debidamente foliado en cada una de sus hojas, de atrás hacia adelante en forma ascendente. La entidad en donde cesó, es la encargada de remitir el acervo documentario a la ONP. Para los casos donde no existiera el documento solicitado, la entidad deberá acompañar las comunicaciones cursadas a otras instituciones que acrediten la gestión efectuada y/o la imposibilidad de obtener dicha documentación; asimismo deberá presentar un informe específico que sustituya al documento faltante. Las Resoluciones y documentos entregados a la ONP por la entidad, deberán figurar: original o copia certificada por el fedatario de la entidad o transcripción literal debidamente certificada por el funcionario competente, caso contrario se conside- rán como no entregados.Reconsideración: División de Calificaciones. Apelación: Gerencia de Ope- raciones.Jefe de División de Calificaciones ONP.Entidad en la cual cesó el trabjadorGratuito XD. Ley Nº 20530, Arts. 32 Inc. b), 34° Inc. b); Ley Nº 25008, Arts. 1° y 2°. D. Ley N° 20530, Art. 33°; Ley N° 25008, Art. 1°. 5 Solicitud de Pensión de Sobrevivientes Or- fandad D. Ley Nº 20530, Arts. 25°, 27° 34° y 35°; Ley Nº 25008, Arts. 1° y 2°.Requisitos Documentados que deben contener los expedientes a ser remitidos a ONP (2)