Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2001 (05/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
MORDAZA TITULAR PESQUERA IND. EL MORDAZA S.A. PESQUERA IND. EL MORDAZA S.A. PESQUERA IND. EL MORDAZA S.A. EMBARCACION MORDAZA MORDAZA MATTY

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MATRICULA CO-20183-PM CO-20285-PM CO-20286-PM CAP. DE BODEGA (m3) 496.93 494.71 495.05

PERMISO DE PESCA RESOLUCION R.D. Nº 028-2001-PE/DNE R.D. Nº 002-2001-PE/DNEPP R.D. Nº 003-2001-PE/DNEPP FECHA 6-2-01 19-3-1 19-3-1

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a CONSERVERA MORDAZA S.A. a traves de las Resoluciones Directorales Nºs. 0282001-PE/DNE, 002-2001-PE/DNEPP y 003-2001-PE/ DNEPP, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "ALEJANDRA" matricula Nº CO-20183PM, "CRISTINA" matricula Nº CO-20285-PM y "MATTY" matricula Nº CO-20286-PM respectivamente. Articulo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. - PIANGESA como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras "ALEJANDRA" matricula Nº CO-20183-PM, "CRISTINA" matricula Nº CO20285-PM y "MATTY" matricula Nº CO-20286-PM, asi como la presente Resolucion al literal A) del anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE y al anexo III

de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE, excluyendo a CONSERVERA MORDAZA S.A. y a las Resoluciones Directorales Nºs. 028-2001-PE/DNE, 002-2001-PE/ DNEPP y 003-2001-PE/DNEPP, de dichos listados. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 22881

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2001 Vistos los escritos de Registro Nº CE-00144002, del 22 de MORDAZA, 19 de MORDAZA y 29 de setiembre del 2000, 9 de enero, 20 y 23 de marzo del 2001, presentados por PESQUERA CASABLANCA S.A.C., asi como los de Registro Nº 04926003, del 22 de junio y 12 de MORDAZA del 2000, presentados por la empresa PESCA, CONSERVAS Y DERIVADOS S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgo; Que con Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE de fecha 31 de octubre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "BUJAMA", con matricula Nº CE-6331-PM y "OLLEROS", con matricula Nº CE-6337-PM, de 180 TM de capacidad de bodega cada una, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que mediante los escritos del visto, presentados por PESQUERA CASABLANCA S.A.C., se solicita el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados mediante la Resolucion citada en el considerando anterior, para la operacion de las embarcaciones pesqueras "BUJAMA" y "OLLEROS". Asimismo, con los escritos de Registro Nº 04926003 la empresa Pesca Conservas y Derivados S.A. solicita que la Administracion se inhiba de conocer el procedimiento de cambio de titular de los permisos de Pesca de las embarcaciones MORDAZA mencionadas, alegando la existencia de cuestiones litigiosas vinculadas con la titularidad de las mismas; Que a traves de Oficio Nº 1963-2000-PE/DNE-Dacp, del 17 de agosto del 2000, se solicito a la empresa PESCA, CONSERVAS Y DERIVADOS S.A. que acreditara con la documentacion correspondiente las cuestiones litigiosas relativas a la propiedad de las embarcaciones, sin que hasta la fecha MORDAZA cumplido tal requerimiento, no obstante haber transcurrido mas de 7 meses desde que le fue notificado, de tal forma que las pruebas alcanzadas no son suficientes para demostrar que el MORDAZA judicial que se estaria ventilando guarde

vinculacion con los derechos materia del presente procedimiento administrativo; Que de la evaluacion de los documentos aportados por PESQUERA CASABLANCA S.A.C. se ha determinado la transferencia a su favor de la posesion de las embarcaciones pesqueras "BUJAMA" y "OLLEROS", conforme a los contratos de arrendamiento financiero celebrados con su propietario, el BANCO EXTERIOR DE LOS ANDES Y DE ESPANA (hoy BANCO STANDARD CHARTERED), asi como el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 051-2001-PE/ DNE-Dacp y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de inhibicion presentada por la empresa PESCA, CONSERVAS Y DERIVADOS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "BUJAMA" con matricula Nº CE-6331PM y "OLLEROS" con matricula Nº CE-6337-PM, a favor de PESQUERA CASABLANCA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "BUJAMA" con matricula Nº CE- 6331-PM y "OLLEROS" con matricula Nº CE-6337PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA CASABLANCA S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "BUJAMA" con matricula Nº CE6331-PM y "OLLEROS" con matricula Nº CE-6337-PM, asi como la presente resolucion, al literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE, respectivamente, excluyendo a la empresa Pesquera MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. y la Resolucion Ministerial Nº 612-95PE, consignadas en dichos anexos.

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