Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2001 (18/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 202953 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de mayo de 2001 comentarios y aportes que coadyuven a la formulación definitiva de dichos lineamientos; Que el Directorio del Instituto, en sesión de fecha 11 de mayo de 2001, ha acordado que se efectúe la publica- ción de los referidos lineamientos en el portal de lainstitución, estableciendo un plazo de 30 días para la recepción de comentarios, sugerencias y aportes de la ciudadanía respecto de dicho documento; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación en la página Web del Indecopi del documento denominado "Lineamientos sobre Competencia Desleal y Publicidad Comercial" emitido por la Comisión de Represión de laCompetencia Desleal, con el propósito de recibir comen- tarios, sugerencias y aportes de los agentes económicos y de la ciudadanía, por el plazo de 30 días. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 23567 SUNA T Incorporan contribuyente al Directo- rio de la Intendencia Nacional de Princi- pales Contribuyentes RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 059-2001/SUNAT Lima, 17 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que es de interés fiscal incorporar nuevos contribu- yentes al Directorio de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes; Al amparo de los Artículos 29º y 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decre- to Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, y del Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº100-97/SUNAT; En uso de las facultades conferidas en el inciso k) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de laSUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorpórese al Directorio de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes al contribuyente señalado en el Anexo Nº 1 de la presente resolución, el mismo que deberá cumplir con sus obliga-ciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/orecaudados por la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria - SUNAT, únicamente en la sede central de la Intendencia Nacional de Principales Con-tribuyentes, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado, provincia de Lima. Artículo 2º.- La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución al contribuyente señalado en el anexo. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO ARIAS MINAYA Superintendente NacionalSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria 23615Modifican el Directorio de Principales Contribuyentes y lugares de presenta- ción de declaraciones y pagos de los Principales Contribuyentes de la Inten- dencia Regional Lima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 060-2001/SUNAT Lima, 17 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que resulta necesario realizar modificaciones al Directorio de Principales Contribuyentes de la Intenden-cia Regional Lima; Que resulta conveniente modificar los lugares don- de algunos de los Principales Contribuyentes de laIntendencia Regional Lima deberán cumplir con sus obligaciones tributarias; Al amparo de los Artículos 29º y 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decre- to Supremo Nº 135-99-EF, y normas modificatorias, y del Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº100-97/SUNAT, y en uso de la facultad otorgada por el inciso k) del Artículo 6º del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los Principales Contribuyentes señala- dos en el Anexo Nº 1 de la presente resolución deberán cumplir con presentar sus declaraciones y efectuar suspagos únicamente en la sede central de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la avenida Benavides Nº 222, distrito de Miraflores, provincia y departamentode Lima. Dichos contribuyentes podrán optar por iniciar pro- cedimientos contenciosos y no contenciosos, así comorealizar todo tipo de trámites referidos a tributos admi- nistrados y/o recaudados por la SUNAT, en el estable- cimiento señalado en el párrafo anterior o en cualquie-ra de los Centros de Servicios al Contribuyente habili- tados por la SUNAT en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Los Principales Contribuyentes señala- dos en el Anexo Nº 2 de la presente resolución deberán cumplir con presentar sus declaraciones y efectuar suspagos únicamente en la agencia del Banco de la Nación ubicada en la avenida Elmer Faucett s/n - Centro Aéreo Comercial, tiendas 105-106-107-108, distrito del Ca-llao, Provincia Constitucional del Callao. Dichos contribuyentes podrán optar por iniciar pro- cedimientos contenciosos y no contenciosos, así comorealizar todo tipo de trámites referidos a tributos admi- nistrados y/o recaudados por la SUNAT, en el estable- cimiento señalado en el párrafo anterior o en cualquie-ra de los Centros de Servicios al Contribuyente habili- tados por la SUNAT en la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 3º.- Los Principales Contribuyentes señala- dos en el Anexo Nº 3 de la presente resolución deberán cumplir con presentar sus declaraciones y efectuar suspagos únicamente en la agencia del Banco de la Nación ubicada en la avenida Abancay Nº 491, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Dichos contribuyentes podrán optar por iniciar pro- cedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos admi-nistrados y/o recaudados por la SUNAT, en el estable- cimiento señalado en el párrafo anterior o en cualquie- ra de los Centros de Servicios al Contribuyente habili-tados por la SUNAT en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 4º.- Excluir del Directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Lima a los contribuyentes señalados en el Anexo Nº 4 de la presen- te resolución, los cuales a partir de la entrada en