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Pág. 203137 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de mayo de 2001 sión y cooperación en la Defensa Civil, administrar el proceso de tramitación interna y externa de la docu- mentación, preservar y mantener el acervo documenta- rio, así como garantizar la simplificación administrati- va en la tramitación de la documentación. Artículo 52º.- Son funciones de la Secretaría Gene- ral e Imagen Institucional las siguientes: a. Velar por mantener y desarrollar la imagen insti- tucional del INDECI; b. Formular y dirigir la política y estrategia de comunicación en armonía con la política institucional; c. Dirigir, coordinar y supervisar el sistema de información del INDECI antes, durante y después de cada emergencia; d. Establecer y mantener relaciones permanentes con los medios de comunicación social en el ámbito nacional, regional y local que permita lograr su apoyo constante en acciones de Defensa Civil; e. Evaluar la percepción de la imagen proyectada por el Instituto en la población, respecto a las acciones de Defensa Civil ejecutadas por el SINADECI; f. Fomentar y mantener el intercambio de informa- ción con otras entidades públicas y privadas a fin de fomentar el fortalecimiento de la participación en la Defensa Civil; g. Realizar periódicamente un análisis y síntesis del contenido de las opiniones e informaciones ver- tidas por los órganos de difusión y por otras institu- ciones, en relación con las acciones que realiza el INDECI y los demás órganos integrantes del SINA- DECI; h. Mantener informada a la opinión pública sobre los fines, objetivos y políticas del INDECI y del SINADECI; i. Atender los asuntos protocolares del INDECI; j. Dirigir, coordinar y supervisar la elaboración y publicación de la revista del INDECI; k. Procesar, tramitar y transcribir las comunicacio- nes, resoluciones y directivas emanadas de la Alta Dirección y de los órganos del INDECI; l. Centralizar, revisar, registrar, coordinar, proce- sar y tramitar la documentación de recepción y remi- sión; m. Verificar, efectuar el seguimiento e informar el cumplimiento de las acciones dispuestas por la Alta Dirección en la documentación; n. Llevar actualizado el archivo de las resoluciones del INDECI; o. Organizar, conducir y mantener actualizado y seguro el archivo general del INDECI, velando por la conservación, clasificación, mantenimiento y manejo del acervo documentario; p. Participar en la formulación de la estructura programática y del presupuesto del INDECI, en coordi- nación con la Oficina de Planificación y Presupuesto; q. Participar en la preparación de la población con el fin de crear y/o promover una cultura de prevención de Defensa Civil; r. En coordinación con la Oficina de Planificación y Presupuesto, mantener actualizado el Plan Nacional de Defensa Civil; s. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección del INDECI. Artículo 53 º.- La Secretaría General e Imagen Institucional está a cargo de un Director que depende de la Alta Dirección. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las unidades siguientes: a. Imagen Institucional; b. Secretaría. CAPITULO III DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN Artículo 54º.- Es el órgano encargado de coordinar y controlar el funcionamiento de los Consejos Consulti- vos y de Coordinación así como los convenios en la que participe el INDECI. Artículo 55º.- Son funciones de la Secretaría Per- manente de los Consejos Consultivos y de Coordinación las siguientes:a. Actuar como Secretaría Técnica de los Consejos Consultivos y de Coordinación, estableciendo los cana- les de coordinación permanentes con sus integrantes; b. Coordinar las reuniones de los Consejos Consulti- vos y de Coordinación; c. Canalizar a los Consejos Consultivos y de Coordi- nación los requerimientos que surgan de los organis- mos que conforman el INDECI; d. Derivar a los organismos que conforman el INDE- CI los acuerdos tomados en las reuniones de los Conse- jos Consultivos y de Coordinación efectuando el segui- miento a las acciones que se deriven de ellas; e. Coordinar con los Consejos Consultivos y de Coor- dinación en materia de cooperación técnica, socorro y auxilio; f. Promover y gestionar la formulación de convenios, estudios y proyectos relacionados a la Defensa Civil, con los diferentes organismos nacionales e internacio- nales y representaciones diplomáticas; g. Promover y gestionar ante los organismos y enti- dades internacionales las acciones conducentes a la obtención de donaciones; h. Evaluar y recomendar la prioridad y canalización de las donaciones recibidas por el INDECI; i. En coordinación con los órganos del INDECI, consolidar y promover las necesidades del INDECI en materia de cooperación técnica internacional; j. Promover, coordinar y fortalecer las relaciones del INDECI con los organismos internacionales y repre- sentaciones diplomáticas; k. Actuar como coordinador general en el INDECI a efectos de supervisar y controlar las actividades que se lleven a cabo como resultado de Convenios Nacionales y/o Internacionales en los que participe el INDECI; l. Participar en la formulación de la estructura programática y del presupuesto del INDECI, en coordi- nación con la Oficina de Planificación y Presupuesto; m. Participar en la preparación de la población con el fin de crear y/o promover una cultura de prevención de Defensa Civil; n. En coordinación con la Oficina de Planificación y Presupuesto, mantener actualizado el Plan Nacional de Defensa Civil; o. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección del INDECI. Artículo 56º.- La Secretaría Permanente de los Consejos Consultivos y de Coordinación está a cargo de un Director que depende de la Alta Dirección y no cuenta con estructura orgánica desagregada. CAPITULO IV DE LA OFICINA DE ESTADÍSTICA Y TELEMATICA Artículo 57º.- Es el órgano encargado de la progra- mación, recolección y procesamiento de información estadística sobre Defensa Civil; así mismo provee a los demás órganos del INDECI de permanente, oportuno y actualizado servicio informático y del sistema de comu- nicaciones de Defensa Civil. Artículo 58º.- Son funciones de la Oficina de Esta- dística y Telemática: a. Planear y coordinar el acopio y procesamiento de información estadística; b. Elaborar informes estadísticos oportunos y con- fiables; c. Centralizar y publicar las estadísticas relaciona- das con la mitigación y prevención de desastres; d. Proteger los registros de información estadística y los sistemas informáticos; e. Dirigir, coordinar y supervisar las acciones orien- tadas para la aplicación, producción, reparación y segu- ridad informática de hardware y software para el uso de la institución; f. Administrar la red informática del INDECI; g. Desarrollar y mantener actualizada la página web y la red intranet del INDECI; h. Proponer las normas técnicas de uso, seguridad y mantenimiento de los equipos informáticos, difundien- do y verificando su correcta aplicación; i. Desarrollar en forma permanente, alternativas de interconexión informáticas entre los órganos que con- forman el Sistema Nacional de Defensa Civil;