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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2001 (22/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 203151 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de mayo de 2001 Establecen tasa del Impuesto Selecti- vo al Consumo aplicable a diversos bienes comprendidos en el Literal A del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del IGV e ISC DECRETO SUPREMO Nº 095-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 61º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aproba- do por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y sus normas modificatorias, las tasas y/o montos fijos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV se modifi- can por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que resulta conveniente efectuar modificaciones al Impuesto Selectivo al Consumo; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; DECRETA: Artículo 1º.- Establézcase en 20% la tasa del Impues- to Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bie- nes comprendidos en el Literal A del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y sus normas modificatorias: PARTIDASPRODUCTOSARANCELARIAS 2207.10.00.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar. 2207.20.00.00 Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación. 2208.20.20.00/ Aguardientes de vino o de orujo de 2208.90.90.00 uvas; whisky, ron; y demás aguar- dientes de caña; gin y ginebra; y los demás. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 23846 Declaran improcedente impugnación interpuesta contra resolución del Tribu- nal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2001-EF/10 Lima, 21 de mayo del 2001 Visto, el recurso de queja interpuesto por el señor TEODORO CONDOR BERAUN contra la Resolución Nº 053-5-2001 emitida por el Tribunal Fiscal;CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo de 2001, el Ministerio de Economía y Finanzas recibe la queja interpuesta por el señor TEODORO CONDOR BERAUN contra la Resolu- ción del Tribunal Fiscal Nº 053-5-2001, que resolvió la queja formulada por el quejoso contra la Municipalidad Distrital de El Tambo por llevar a cabo en forma indebida un procedimiento de cobranza coactiva para el pago de la Multa Administrativa Nº 277-99-DRT, im- puesta por construir sin licencia de construcción; Que, el Tribunal Fiscal, a través del Oficio Nº 1359- 2001-EF/41.01 del 20 de abril de 2001, manifiesta que el quejoso a través del recurso de queja formulado contra el Tribunal Fiscal busca cuestionar su fallo, lo que no se enmarca dentro de los alcances del Artículo 155º del Código Tributario; Que, conforme lo establece el Artículo 153º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, contra lo resuelto por el Tribunal Fiscal no cabe recurso alguno en la vía administrativa, por lo que dichos fallos sólo pueden ser revisados en el Poder Judicial por la Corte Suprema, a través de la demanda contencioso-administrativa; Que, el recurso de queja regulado por los Artículos 92º y 155º del Código Tributario tiene por finalidad corregir errores dentro del procedimiento contencioso tributario y no una vez concluido éste; Que, de lo señalado en las normas citadas se despren- de que si el quejoso pretende impugnar una resolución formalmente emitida por el Tribunal Fiscal, esto sólo procede mediante una demanda contencioso-administra- tiva presentada conforme a lo dispuesto en el Artículo 157º del Código Tributario; De conformidad con lo establecido en el Artículo 155º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de queja interpuesto por el señor TEODORO CONDOR BERAUN contra la Resolución Nº 053-5- 2001 emitida por el Tribunal Fiscal, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 23840 MITINCI Autorizan viaje del Viceministro de Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales para participar en reuniones del BID y con el Repre- sentante Comercial de los Estados Unidos - USTR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 118-2001-ITINCI Lima, 21 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Washington DC, Estados Uni- dos de América se desarrollará del 22 al 23 de mayo del 2001, la "Segunda Reunión de Comercio e Integración del Banco Interamericano de Desarrollo" - BID y Re- unión con el Representante Comercial de los Estados Unidos - USTR;