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Pág. 203157 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de mayo de 2001 100 DOLARES AMERICANOS), que serán desaduana- dos por ante la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao. Artículo 2º.- La Iglesia Evangélica "Jesús Te Lla- ma", deberá remitir a la Oficina de Cooperación Inter- nacional del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, copia del Acta de Entrega - Recep- ción de los Bienes donados; así como la información que posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destino de la donación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Superintendencia Nacional de Aduanas, la Contraloría General de la República, la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 23813 Ratifican miembros del Comité Especial de Concesiones del Hotel Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2001-PROMUDEH Lima, 18 de mayo de 2001 Vistos la Resolución de Directorio Nº 007-2001 de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa, expedi- da con fecha 8 de marzo del 2001, que designa a los Miembros del Comité Especial encargado de la entrega en concesión del Hotel Arequipa, y los Oficios Nº 045- 2001-SBA-P y Nº 081-2001-SBA-P, mediante los cuales el Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi- cencia Pública de Arequipa solicita la ratificación de su designación; CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley Nº 26918, Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, las Sociedades de Beneficencias Públicas son organismos descentralizados que forman parte del Sis- tema, cuyo órgano rector es el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, entidad dependiente del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que mediante Ley Nº 26805 promulgada el 4 de junio de 1997, se facultó a las Sociedades de Benefi- cencia y Juntas de Participación Social para que me- diante Acuerdo de su Directorio otorguen en concesión al sector privado, proyectos y obras de infraestructura y de servicios públicos que forman parte de su patrimo- nio, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones con- tenidas en los Decretos Legislativos Nº 758 y Nº 839; Que por Decreto Supremo Nº 008-98-PROMUDEH se aprobaron normas reglamentarias para el funcio- namiento de las Sociedades de Beneficencia Pública, estableciéndose en el último párrafo de su Segunda Disposición Complementaria, que las concesiones que otorguen las Beneficencias se realizarán en coordina- ción con la COPRI; Que el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa acordó en su sesión de fecha 5 de marzo del 2001, designar al señor Luis Fernando Cubas Rivera como Presidente del Comité Especial de Conce- siones del Hotel Arequipa y a los señores Erick Roberto Hein Dupont, Jorge Bustamante Rodríguez y Carlos Morales Araoz como Miembros del mismo, quedando pendiente la incorporación de un Miembro fuertemente vinculado al Sector Turismo a propuesta del Comité Especial, acuerdo que fue formalizado mediante laResolución de Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa Nº 007-2001; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, aprobado mediante los Decretos Legislativos Nº 866 y Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Ley Nº 26805 y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Ratificar como Miembros del Co- mité Especial de Concesiones del Hotel Arequipa a: - Sr. Luis Fernando Cubas Rivera, quien presidirá; - Sr. Erick Roberto Hein Dupont, Miembro; - Sr. Jorge Bustamante Rodríguez, Miembro; y, - Sr. Carlos Morales Araoz, Miembro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 23812 RELACIONES EXTERIORES Modifican montos de los numerales 78 y 79 de la Tarifa de Derechos Consulares DECRETO SUPREMO Nº 033-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los numerales 78 y 79 de la Tarifa de Derechos Consulares, aprobada por Decreto Supremo Nº 0017- 89-RE, y modificada por Decreto Supremo Nº 027-2000- RE, establecen los pagos que deben efectuar los connacionales en las Oficinas Consulares en el exterior, por omisión a la votación y por inconcurrencia a la instalación de las mesas de sufragio, respectivamente; Que, el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 22396, publicado con fecha 19 de diciembre de 1979, señala que la Tarifa de Derechos Consulares se actualizará periódicamente por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante la Resolución Nº 299-2001-JNE, pu- blicada el 6 de abril de 2001, se fijó la cuantía de las multas por omisión a la votación y por inconcurrencia a la instalación de la mesa de sufragio o negativa a su conformación en función de la Unidad Impositiva Tribu- taria (UIT) para las Elecciones Generales del año 2001; Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en sesión privada del 19 de abril del año 2001, acordó las multas que deberán abonar los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, por omisión a la votación y por inconcurrencia a la instalación de las mesas de sufragio o negativa a su conformación para las Eleccio- nes Generales del año 2001, lo cual ha sido establecido considerando las cuantías determinadas por esos concep- tos mediante Resolución Nº 299-2001-JNE, para su aplicación en el país; Que, de otro lado, la Ley Nº 27416, publicada con fecha 6 de febrero de 2001, dejó sin efecto las multas a que se refieren los Artículos 250º y 251º de la Ley Nº 26859; el Artículo Unico de la Ley Nº 27190 y, los literales a), b) y c) del Artículo 1º de la Resolución Nº 536-2000-JNE, suspendiéndose el cobro coactivo deriva- do de las disposiciones anteriores;