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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2001 (30/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 203510 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de mayo de 2001 e) Informar regularmente al Comité sobre las labores cumplidas; y, f) Proporcionar a los miembros del Comité los datos e informaciones que le sean solicitados por éstos para el cumplimiento de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 24221 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-2001-ITINCI Mediante Oficio Nº 450-2001-MITINCI/SG el Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 016-2001-ITINCI, pu- blicado en nuestra edición del día 24 de mayo de 2001 en la página 203242. DICE: "Artículo 29º.- Son funciones de la Oficina de Planifi- cación, Presupuesto y Desarrollo las siguientes:" DEBE DECIR: "Artículo 29º.- Son funciones de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo las siguientes:" DICE: "Artículo 52º.- inciso e) Participar en la formulación del presupuesto del presupuesto del Ministerio, en coor- dinación con la Oficina General de Presupuesto y Desa- rrollo, así como controla la ejecución y evaluación del mismo;" DEBE DECIR: "Artículo 52º.- inciso e) Participar en la formulación del presupuesto del Ministerio, en coordinación con la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarro- llo, así como controlar la ejecución y evaluación del mismo;" En los siguientes artículos: - Artículo 87º - Artículo 88º.- incisos a), b), d), e) y h) - Artículo 91º - Artículo 92º.- incisos a), b), c), f), g) y h) - Artículo 94º y - Artículo 95º.- incisos a), c), d), e) y f) DICE: "... mediana, pequeña y micro empresa ..." DEBE DECIR: "... pequeña y micro empresa ..." 24252 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2001-ITINCI Mediante Oficio Nº 451-2001-MITINCI/SG el Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales solicita se publique Fe de Erratas de Resolución Suprema Nº 119-2001-ITINCI, publicada en nuestra edición del día 25 de mayo de 2001 en la página 203344. En la página 203345, en la columna NOMENCLATU- RA;DICE: "OFICINA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA" DEBE DECIR: "OFICINA DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA" 24231 JUSTICIA Autorizan al INPE traslado y recepción de interno para que cumpla el resto de su condena en establecimiento peni- tenciario del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 219-2001-JUS Lima, 29 de mayo de 2001 Visto el OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/295 de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Oficio Nº 308-2001-INPE/01 de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario, relacionados con la solicitud de WILLIAM TELLO VALERO, para su trasla- do al Perú, acogiéndose al Tratado suscrito con los Estados Unidos de América, sobre cumplimiento de condenas penales; CONSIDERANDO: Que el interno de nacionalidad peruana WILLIAM TELLO VALERO, recluido en el Centro Correccional de Coleman, Florida, Estados Unidos de América, ha solici- tado acogerse al Tratado suscrito entre los Gobiernos del Perú y de Estados Unidos de América, sobre cumpli- miento de condenas penales; Que dicho Tratado permite que las sentencias impues- tas en los Estados Unidos de América a peruanos, pue- dan ser cumplidas en establecimientos penitenciarios de la República del Perú; Que por sentencia de fecha 27 de julio de 1994, la Corte de Distrito de Estados Unidos - Distrito Este de Louisiana, condenó a la pena de 180 meses de pena privativa de libertad y a 5 años de libertad vigilada, por la comisión del delito de violación de la ley de sustancias controladas a WILLIAM TELLO VALERO; Que mediante el OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/295, la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Instituto Nacional Penitenciario, que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América ha aprobado la solicitud de traslado del ciudadano WILLIAM TELLO VALERO, lo que ha sido puesto en conocimiento de nuestra Embajada en dicho país, así como del Departamento de Estado de los Esta- dos Unidos de América; Que con OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/225 de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exte- riores, se informa que nuestra Embajada en los Esta- dos Unidos de América, trasmitió con Facsímil Nº 342, copia de la declaración formulada por el interesado en la audiencia de verificación de consentimiento de tras- lado, la misma que se llevó a cabo el 25 de febrero de 2000; Con Oficio Nº 308-2001-INPE/01 la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario remite la documen- tación relacionada con el pedido del ciudadano WILLIAM TELLO VALERO, que incluye el Dictamen Nº 112-99-INPE-OGAJ de la Oficina General de Ase- soría Jurídica y el Informe Técnico Nº 051-99-INPE- DGT-DSP-A.AS. del Area Social, ambos órganos de la referida entidad, que han opinado en forma favorable al traslado; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado cele- brado entre los Gobiernos del Perú y de Estados Unidos de América, sobre cumplimiento de condenas penales, aprobado por el Decreto Ley Nº 23124, y los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia;