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Pág. 203523 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de mayo de 2001 Artículo Segundo.- Declarar que el señor Jean Jacquez García Espinoza continúa en ejercicio del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Vargas Guerra del período de gobierno municipal 1999 - 2002, para el que fue elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 24285 ONPE Disponen emitir credencial de Voto Rápido para facilitar la votación de ciudadanos que laboren el 3 de junio RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 316-2001-J/ONPE Lima, 28 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 473-2001-JNE de fecha 22 de mayo del año en curso, el Jurado Nacional de Elecciones ha convocado para el día domingo 3 de junio del año 2001, a la segunda elección presidencial entre las fórmulas presidenciales del Partido Perú Posible y del Partido Aprista Peruano; Que, el Artículo 5º inciso c) de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, señala que es función de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, en el inciso b) del Artículo 27º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, se señala que es función de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares, de acuerdo a las directivas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 253-2001-J/ ONPE, se dispuso la emisión de credenciales de Voto Rápido para facilitar el ejercicio del derecho de sufragio de ciudadanos que tuvieron que laborar el 8 de abril último, día de las elecciones generales; Que, es necesario normar las facilidades a otorgarse a las personas que deban participar en el proceso electo- ral de la segunda elección presidencial a realizarse el domingo 3 de junio del presente año; De conformidad a lo prescrito en los Artículos 5º de la Ley Nº 26487; y, en uso de las atribuciones señaladas en el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Emitir una credencial de Voto Rápido que permita a todos aquellos que deban laborar el domingo 3 de junio del presente año, gozar de las mayores facilidades para el ejercicio del derecho de sufragio. Artículo 2º.- Precisar que los ciudadanos a quienes se otorgará la credencial mencionada en la parte considerativa de la presente resolución, serán aquellos involucrados en actividades vinculadas al desarrollo de la jornada electoral del 3 de junio del presente año. Artículo 3º.- Aprobar la Directiva para el Procedi- miento de Obtención de Credencial de Voto Rápido, lamisma que forma parte integrante de la presente resolu- ción. Artículo 4º.- Hacer de conocimiento la presente directiva a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe DIRECTIVA PARA EL PROCEDIMIENTO DE OBTENCION DE CREDENCIAL DE VOTO RAPIDO I. BENEFICIARIOS Los ciudadanos que tengan que trabajar el domingo 3 de junio del presente año, día de la Segunda Elección Presidencial del proceso de Elecciones Generales 2001, por estar involucrados en actividades laborales de servi- cio público, información, así como observación, supervi- sión, organización y fiscalización electoral. II. PROCEDIMIENTO 1. De la Presentación de la solicitud de Voto Rápido 1.1. El empleador presentará solicitud dirigida al Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electora- les hasta el día primero de junio. 1.2. Adjuntar documentación que acredite que el ciudadano va a estar involucrado el día indicado en actividades vinculadas a la prestación de servicios públi- cos a la ciudadanía el domingo 3 de junio. 2. De la Absolución de la Petición 2.1. El Jefe de la ODPE realiza la evaluación de la pertinencia de la solicitud. 2.2. Una vez tomada la decisión, procederá a infor- mar al solicitante si se le entregará la credencial de Voto Rápido. 3. De la remisión de información a la Gerencia de Información y Educación Electoral de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales para su procesamiento. Los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Proce- sos Electorales procederán a remitir a la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE la rela- ción de ciudadanos que recibirán la credencial de Voto Rápido. 4. Del Resultado El Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales entregará una credencial de voto rápido. III. COSTO DEL TRAMITE Es totalmente gratuito. 24320 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscales provisionales en los Distritos Judiciales del Cusco y Madre de Dios, Cono Norte y Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 307-2001-MP-FN Lima, 25 de mayo de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscal Provincial del Distrito Judicial del Cusco y Madre de Dios, en los Despachos de la Sexta Fiscalía Provincial en lo Penal del Cusco y Fiscalía Especializada de Pre-