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Pág. 203517 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de mayo de 2001 realizada con una anticipación de seis meses, debiendo comunicarse este hecho a OSIPTEL; Que, con fecha 10 de abril de 2001 Rapid Call S.R.L. ha solicitado la suspensión definitiva del servicio, por problemas de índole económico que no le permitirían seguir operando; Que, Unidad Especializada en Concesiones de Teleco- municaciones, según los términos de su Informe Nº 194- 2001-MTC/15.03.UECT, señala que no tiene objeciones para que la terminación de la concesión y del contrato correspondiente se realice de manera inmediatamente, y que en consecuencia procede la suscripción de un acuerdo de terminación del contrato; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, Decreto Supremo Nº 06-94- TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el texto del Acuerdo de Terminación del Contrato, suscrito con Rapid Call S.R.L. en virtud a la Resolución Ministerial Nº 254-97-MTC/ 15.03, facultando al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para la suscripción del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 24214 Aprueban transferencia de concesión para prestación del servicio público portador local y asignación de espec- tro radioeléctrico a favor de Diveo Telecomunicaciones del Perú S.R.L. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 304-2001-MTC/15.03 Lima, 7 de mayo de 2001 Vista, la solicitud formulada por las empresas VELOCOM PERU S.A. y DIVEO TELECOMUNICA- CIONES DEL PERU S.R.L., para la aprobación de la transferencia de la concesión del servicio público por- tador local; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 168-99- MTC/15.03, de fecha 26 de abril de 1999, se otorgó concesión a favor de la empresa FORMUS PERU S.A. para la prestación del servicio público portador local en las ciudades de Lima y Callao; aprobándose las caracte- rísticas técnicas de operación y la asignación de espectro radioeléctrico mediante Resolución Viceministerial Nº 171-99-MTC/15.03; Que, con fecha 22 de febrero de 2000, la empresa FORMUS PERU S.A. comunica el cambio de su denomi- nación social por el de VELOCOM PERU S.A., según consta en la escritura pública de fecha 17 de enero de 2000, la que se encuentra inscrita en los Registros de Públicos; Que, las empresas VELOCOM PERU S.A. y DI- VEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L. solicitan se autorice la transferencia de la concesión otorgada a la empresa VELOCOM PERU S.A. por Resolución Ministerial Nº 168-99-MTC/15.03 y el espectro radioeléctrico aprobado por Resolución Vi- ceministerial Nº 171-99-MTC/15.03. a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., como consecuencia de la fusión por absorción entre ambas empresas; Que, el Artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las concesio- nes y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aproba-ción previa del Ministerio por Resolución Viceministe- rial; y que en los casos de fusión o escisión de sociedades, la empresa titular del derecho solicitará la transferencia de la concesión o autorización, evaluándose de acuerdo a la normativa vigente; Que, el Artículo 353º de la Ley General de Sociedades establece que, la fusión está supeditada a la inscripción de la escritura pública en el Registro pertinente, produ- ciéndose la extinción de las sociedades absorbidas o incorporadas; Que, mediante Informe Nº 175-2001-MTC/ 15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesio- nes de Telecomunicaciones opina es procedente la solicitud formulada por las empresas VELOCOM PERU S.A. y DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde aprobar la transferencia de la con- cesión y la asignación de espectro radioeléctrico relativa a aquélla solicitada por las empresas VELOCOM PERU S.A. y DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; como consecuencia de la fusión por absorción de ambas empresas; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la conce- sión otorgada a la empresa VELOCOM PERU S.A. por Resolución Ministerial Nº 168-99-MTC/15.03 para la prestación del servicio público portador local y la asigna- ción del espectro radioeléctrico relativa a aquélla apro- bada por Resolución Viceministerial Nº 171-99-MTC/ 15.03 a favor de la empresa DIVEO TELECOMU- NICACIONES DEL PERU S.R.L. Artículo 2º.- La aprobación de la transferencia de la concesión a que se refiere el artículo precedente, está condicionada a la inscripción de la escritura pública de fusión en los Registros Públicos, la que deberá ser pre- sentada a la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, a efectos de formalizar el reconoci- miento de la titularidad de los derechos y obligaciones de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., derivados de la transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 24298 CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Conceden licencia a vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima para que asista a la Conferencia Mundial de Na- ciones Unidas sobre Hábitat II en los EE.UU. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 038-2001-CE-PJ Lima, 25 de mayo del 2001 VISTO: El Oficio Nº 251-2001-DP-P-CSJLI/PJ (RLM), del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el indicado documento, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, eleva la solici-