Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2001 (01/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Ate, en Sesion Ordinaria de fecha 23 de MORDAZA del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-00MDA de fecha 23 de agosto del 2000, se regula en la Municipalidad del distrito de Ate, la TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS; Que, Art. 7º de la Ordenanza MORDAZA por Estacionamiento Vehicular Nº 212 de fecha 28 de enero de 1999, determina que en los casos que las Municipalidades Distritales, establezcan estacionamientos de vehiculos en vias arteriales y colectoras, debera contar con autorizacion expedida por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ha emitido mediante Oficio Nº 2499-98-MML/DMTU de fecha 15 de diciembre de 1998, el detalle de las vias que han sido declaradas procedentes para la implementacion del Servicio de Estacionamiento Vehicular en la Jurisdiccion del distrito de Ate; Que, las tasas por estacionamiento de vehiculos y su rendimiento, sera reinvertido en el mantenimiento de los servicios de establecimiento Vehicular y otros conexos, asi como el acondicionamiento y mantenimiento de los mismos que deben necesariamente provenir de las contribuciones de las personas que hacen uso efectivo de dichos servicios en nuestro distrito; ademas de la senalizacion, equipamiento, mantenimiento de las zonas de parqueo en las vias y areas publicas respectivas; Que, es necesario modificar los Articulos MORDAZA, octavo, noveno y undecimo e incluir un Articulo Duodecimo de la Ordenanza Municipal Nº 010-00-MDA, con el proposito de fomentar un mejor servicio de parqueo Vehicular, debido al incremento de los gastos que genera a la Municipalidad el mantenimiento de los servicios de establecimiento Vehicular y otros conexos, con el siguiente egreso para cubrirlos, razon por la cual es imprescindible adecuar el monto a pagar por MORDAZA de vehiculo, asi como el de implementar nuevos puntos de estacionamiento Vehicular; Que, resulta necesario modificar en ese sentido la Ordenanza Nº 010-00-MDA; Estando a las consideraciones expuestas, a las facultades conferidas a las Municipalidades por el inciso 3) del Art.192º de la Constitucion Politica del Estado, los incisos 4) del Art. 10º y 3) del Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; contando con el MORDAZA por Unanimidad de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS MORDAZA, OCTAVO, NOVENO Y DECIMO PRIMERO E INCLUIR UN ARTICULO DECIMO MORDAZA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-00-MDA DEL 23-08-00 QUE REGULA LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS Articulo Primero.- Modifiquese el contenido del Articulo MORDAZA, Articulo Noveno, Articulo Decimo Primero, de la Ordenanza Municipal Nº 010-00-MDA de fecha 23-08-00, que regula la Tasa por el Estacionamiento de Vehiculos en los terminos siguientes: Articulo Cuarto.- Fijar la Tasa por el Servicio Publico de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Ate en el siguiente monto: - Automoviles, camionetas y microbuses por una ( 1) hora de estacionamiento o fraccion, siendo esta de S/. 0.50.

- Buses y Camiones por una (1) hora de estacionamiento o fraccion, siendo esta de S/. 2. 50. Articulo Octavo.- El Servicio de Estacionamiento de Vehiculos se establece de Lunes a MORDAZA en dos turnos: a) Turno Diurno: El Servicio de Estacionamiento se efectuara en el horario de 8.00 a.m. hasta las 18.00 horas. b) Turno Nocturno: Se aplicara donde se ubiquen: Discotecas, Restaurantes, Video Pubs, Clubs Nocturnos, Servicios de Guardiania y establecimientos similares. El horario de estacionamiento senalado es desde las 18.00 horas hasta las 8.00 a.m. del dia siguiente, inclusive. Articulo Noveno.- Las zonas donde se prestara servicio de estacionamiento Vehicular son:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 UBICACION Av. Los Paracas MORDAZA Las Tunas Pasje. Las Tunas Av. Los Aymaras Jr. MORDAZA Fernandez. Av. Circunvalacion (Via Aux. distrito de Ate. Av. Circunvalacion (Via Aux. distrito de Ate Av. Separadora Industrial (Centro de ACOPIO) Av. Las MORDAZA (Zoo. Huachipa) Av. Los Frutales Carretera Central (C.C las Brisas) Plaza Civica de MORDAZA MORDAZA Jr. De la Union Av. Los Quechuas Av. Los Quechuas Mz. D Las Praderas de MORDAZA MORDAZA Los Claveles MORDAZA Los Geranios Av. Los Parques Av. Industrial Av. Industrial Av. MORDAZA Faraday Av. MORDAZA MORDAZA Av. Urubamba Av. La MORDAZA Av. La Mar Av. La Mar Av. Calca Av. A Prolog. MORDAZA MORDAZA Este CUADRA 1,2 y 3 1y2 2 2 1y2 27 21 1 1y2 1,2,3,4 y 5 KM. 6.5 PERIMETRO 1 1,2,3,4,5,6,7,8, 9,10 y 11 2,3,5,6,11 Acceso a Huaycan 1 1 2 1 2 5,7 y 8 5 y6 4 3 y4 1 3 2 Alrededor Mz. B Est. Monumental 72,73,74,75, 76 y 77 LADO Ambos Impar Impar Par Ambos Ambos Ambos Par Ambos Ambos Impar Perimt. Ambos Par FORMA Nº CUBICULOS 41 15 12 15 34 36 47 30 29 370 38 24 25 138 98 30 24 24 16 18 18 54 40 65 46 7 8 10 192 116 1673

Paral/Diag. Diagonal Diagonal Diagonal Paralelo Diagonal Paralelo Paral/Diag. Paral/Diag. Diagonal Diagonal Paralelo Paralelo Diagonal

Impar Paral/Diag. Perimet Perpendic. Ambos Ambos Impar Ambos Ambos Impar Ambos Ambos Ambos Impar Par Par Ambos Par Paralelo Paralelo Perpendic. Paralelo Paralelo Diagonal Paralelo Paral/Diag. Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Perpendic. Paralelo TOTAL

En las Zonas de parqueo Vehicular en los Nºs. 29 y 30, se realizara el cobro en los dias de actividad del Estadio Monumental. La Municipalidad mediante senalizaciones ubicadas en lugares visibles, identificara las zonas habilitadas para el estacionamiento de vehiculos sujetos al pago de la respectiva Tasa. Articulo Decimo Primero.- Encargar a Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Ate cumpla con las disposiciones emanadas de la Ordenanza MORDAZA Nº 212-99/MML, de la Tasa por Estacionamiento de Vehiculos emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y con el Art. 112º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, a efectos de la plena vigencia de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Incorporar a la Ordenanza Nº 010-00-MDA, que Regula la Tasa por el Estacionamiento de Vehiculos, los articulos siguientes:

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