TEXTO PAGINA: 43
Pág. 212173 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Ate, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de julio del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-00- MDA de fecha 23 de agosto del 2000, se regula en la Municipalidad del distrito de Ate, la TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS; Que, Art. 7º de la Ordenanza Marco por Estaciona- miento Vehicular Nº 212 de fecha 28 de enero de 1999, determina que en los casos que las Municipalidades Distritales, establezcan estacionamientos de vehículos en vías arteriales y colectoras, deberá contar con autori- zación expedida por la Dirección Municipal de Transpor- te Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha emitido mediante Oficio Nº 2499-98-MML/DMTU de fecha 15 de diciembre de 1998, el detalle de las vías que han sido declaradas procedentes para la implementación del Ser- vicio de Estacionamiento Vehicular en la Jurisdicción del distrito de Ate; Que, las tasas por estacionamiento de vehículos y su rendimiento, será reinvertido en el mantenimiento de los servicios de establecimiento Vehicular y otros co- nexos, así como el acondicionamiento y mantenimiento de los mismos que deben necesariamente provenir de las contribuciones de las personas que hacen uso efectivo de dichos servicios en nuestro distrito; además de la seña- lización, equipamiento, mantenimiento de las zonas de parqueo en las vías y áreas públicas respectivas; Que, es necesario modificar los Artículos cuarto, octavo, noveno y undécimo e incluir un Artículo Duodé- cimo de la Ordenanza Municipal Nº 010-00-MDA, con el propósito de fomentar un mejor servicio de parqueo Vehicular, debido al incremento de los gastos que gene- ra a la Municipalidad el mantenimiento de los servicios de establecimiento Vehicular y otros conexos, con el siguiente egreso para cubrirlos, razón por la cual es imprescindible adecuar el monto a pagar por tipo de vehículo, así como el de implementar nuevos puntos de estacionamiento Vehicular; Que, resulta necesario modificar en ese sentido la Ordenanza Nº 010-00-MDA; Estando a las consideraciones expuestas, a las facul- tades conferidas a las Municipalidades por el inciso 3) del Art.192º de la Constitución Política del Estado, los inci- sos 4) del Art. 10º y 3) del Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; contando con el voto por Unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS CUARTO, OCTAVO, NOVENO Y DECIMO PRIMERO E INCLUIR UN ARTICULO DECIMO SEGUNDO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-00-MDA DEL 23-08-00 QUE REGULA LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS Artículo Primero.- Modifíquese el contenido del Artículo Cuarto, Artículo Noveno, Artículo Décimo Pri- mero, de la Ordenanza Municipal Nº 010-00-MDA de fecha 23-08-00, que regula la Tasa por el Estaciona- miento de Vehículos en los términos siguientes: Artículo Cuarto.- Fijar la Tasa por el Servicio Público de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Ate en el siguiente monto: - Automóviles, camionetas y microbuses por una ( 1) hora de estacionamiento o fracción, siendo ésta de S/. 0.50.- Buses y Camiones por una (1) hora de estaciona- miento o fracción, siendo ésta de S/. 2. 50. Artículo Octavo.- El Servicio de Estacionamiento de Vehículos se establece de Lunes a Domingo en dos turnos: a) Turno Diurno: El Servicio de Estacionamiento se efectuará en el horario de 8.00 a.m. hasta las 18.00 horas. b) Turno Nocturno: Se aplicará donde se ubiquen: Discotecas, Restaurantes, Vídeo Pubs, Clubs Nocturnos, Servicios de Guardianía y establecimientos similares. El horario de estacionamiento señalado es desde las 18.00 horas hasta las 8.00 a.m. del día siguiente, inclusive. Artículo Noveno.- Las zonas donde se prestará servi- cio de estacionamiento Vehicular son: Nº UBICACIÓN CUADRA LADO FORMA Nº CUBICULOS 1 Av. Los Paracas 1,2 y 3 Ambos Paral/Diag. 41 2 Calle Las Tunas 1 y 2 Impar Diagonal 15 3 Pasje. Las Tunas 2 Impar Diagonal 12 4 Av. Los Aymaras 2 Par Diagonal 15 5 Jr. Diego Fernández. 1 y 2 Ambos Paralelo 34 6 Av. Circunvalación 27 Ambos Diagonal 36 (Vía Aux. distrito de Ate. 7 Av. Circunvalación 21 Ambos Paralelo 47 (Vía Aux. distrito de Ate 8Av. Separadora Industrial 1 Par Paral/Diag. 30 (Centro de ACOPIO) 9 Av. Las Torres (Zoo. 1 y 2 Ambos Paral/Diag. 29 Huachipa) 10 Av. Los Frutales 1,2,3,4 y 5 Ambos Diagonal 370 11 Carretera Central KM. 6.5 Impar Diagonal 38 (C.C las Brisas) 12Plaza Cívica de Santa Clara PERIMETRO Perimt. Paralelo 24 13 Jr. De la Unión 1 Ambos Paralelo 25 14 Av. Los Quechuas 1,2,3,4,5,6,7,8, Par Diagonal 138 9,10 y 11 15 Av. Los Quechuas 2,3,5,6,11 Impar Paral/Diag. 98 16 Mz. D Las Praderas Acceso a Perimet Perpendic. 30 de Pariachi Huaycán 17 Calle Los Claveles 1 Ambos Paralelo 24 18 Calle Los Geranios 1 Ambos Paralelo 24 19 Av. Los Parques 2 Impar Perpendic. 16 20 Av. Industrial 1 Ambos Paralelo 18 21 Av. Industrial 2 Ambos Paralelo 18 22 Av. Michael Faraday 5,7 y 8 Impar Diagonal 54 23 Av. Benjamín Franklin 5 y 6 Ambos Paralelo 40 24 Av. Urubamba 4 Ambos Paral/Diag. 65 25 Av. La Molina 3 y 4 Ambos Paralelo 46 26 Av. La Mar 1 Impar Paralelo 7 27 Av. La Mar 3 Par Paralelo 8 28 Av. Calca 2 Par Paralelo 10 29 Av. A Alrededor Mz. B Ambos Perpendic. 192 Est. Monumental 30 Prolog. Javier Prado Este 72,73,74,75, Par Paralelo 116 76 y 77 TOTAL 1673 En las Zonas de parqueo Vehicular en los Nºs. 29 y 30, se realizará el cobro en los días de actividad del Estadio Monumental. La Municipalidad mediante señalizaciones ubicadas en lugares visibles, identificará las zonas habilitadas para el estacionamiento de vehículos sujetos al pago de la respectiva Tasa. Artículo Décimo Primero.- Encargar a Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Ate cumpla con las disposiciones emanadas de la Ordenanza Marco Nº 212-99/MML, de la Tasa por Estacionamiento de Vehí- culos emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima y con el Art. 112º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, a efectos de la plena vigencia de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Incorporar a la Ordenanza Nº 010-00-MDA, que Regula la Tasa por el Estacionamien- to de Vehículos, los artículos siguientes: