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Pág. 212334 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de noviembre de 2001 El literal j) establece el plazo para que el órgano resolutivo se pronuncie y el momento a partir del cual se computa el plazo. El literal k) establece los sujetos a quienes debe notificarse la resolución. Reducción de Sanciones (Artículo 49º) En este artículo se agrega como último párrafo lo establecido en el Artículo 39º del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM 9. Recurso de Reconsideración (Artículo 51º) En el último párrafo se retira la referencia a la posibilidad de impugnar judicialmente cuando se produ- ce el silencio administrativo, lo que constituye un error del texto modificado. Recurso de Apelación (Artículo 52º) En el primer párrafo se establece que la Gerencia General debe elevar los autos, y que compete al Consejo conceder la apelación. En el segundo y último párrafo se retira la posibilidad de interponer “el recurso impugnativo correspondiente” pues contra la resolución que resuelve la apelación sólo corresponde la impugnación en la vía judicial que tam- bién está consagrada en el texto modificado como alter- nativa distinta. Recurso de Queja (Artículo 53º) Se retira del literal b) la posibilidad de interponer queja ante la denegación injustificada del concesorio de la apelación, puesto que conforme a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, es al Consejo Directivo a quien le corresponde concederla. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL Se precisa que en la medida en que resulten compa- tibles con la materia regulada por el reglamento, serán de aplicación la LPAG aprobada por Ley Nº 27444 (LPAG) y la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, apro- bada mediante Ley Nº 26979l Asimismo, se precisa que son de aplicación supletoria la Ley Nº 26917, Ley Nº 27332 y Decreto Supremo Nº 010- 2001-PCM. 9El referido Decreto establece: Artículo 39º.- Multas. (...) Empero, la multa podrá reducirse en un 25% cuando el infractor cancele el monto de la misma con anterioridad a la culminación del término para impugnar administrativamente la resolución que puso fin a la instancia, en tanto no interponga recurso impugnativo alguno contra dicha resolución. 33890 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Aprueban modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2001 de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1137-2001-MPCP Pucallpa, 28 de setiembre del 2001VISTO, el Informe Nº 065-2001-MPCP-DABAST de fecha 20.SET.2001, sobre modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del 2001 de la Municipa- lidad Provincial de Coronel Portillo; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe de vistos, la Dirección de Abasteci- mientos y Servicios Auxiliares informa a la Dirección General de Administración, entre otros sobre la necesi- dad de que se autorice la ejecución del proceso de Selección para la adquisición de dos volquetes según detalle: Nº DESCRIPCION CANTIDAD COSTO COSTO TOTAL UNITARIO TOTAL S/. S/. 01CAMION CON TOLVA VOL- 02 429,507.69 859,015.38 QUETERA DE 15 m3 CARACTERÍSTICAS BÁSICAS: - Motor Diesel 4 tiempos - 6 cilindros en línea - Dirección hidráulica - Sistema Thorton, doble corona - Selector de velocidades en alta, baja y retroceso - Chasis con estructura reforzada - Tolva de volteo con bomba hidráulica. TOTAL 859,015.38 Que, asimismo informa la acotada dirección que el Proceso de Selección descrito en el considerando prece- dente no se encuentra considerado en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del 2001, por lo que solicita se autorice la modificación del mismo incluyendo en éste, el proceso en mención; Que, el Art. 8º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece: Las Licitaciones Públicas, Concur- sos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidos en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, para su inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE dentro de los (10) días hábiles siguientes de dicha aprobación; Que, consecuentemente teniendo en cuenta que el pleno del Concejo Municipal aprobó la adquisición de un inmueble que no se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones para el 2001, resultaría procedente efectuar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones - 2001 de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo para la inclusión del proceso de selección descrito en el segundo considerando, lo que hace necesario su respectiva aprobación mediante la respectiva resolución; Que en uso de las facultades que confiere el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Art. 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUEBESE LA MODIFICA- CION del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2001 de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo e INCLUYASE en el mismo, el proceso de selección respecto de la adquisición de dos Volquetes descritos en el primer considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- INFORMESE al CONSUCO- DE con la presente resolución, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación, encargándose de su cumplimiento a la Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Artículo Tercero.- HAGASE de conocimiento pú- blico la presente Resolución, encargándose de su cumplimiento a la Dirección de Secretaría General. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 33932