Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2001 (09/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2001

10.4. MORDAZA fotostatica de la Poliza de Seguros Matriz vigente (contrato correspondiente) segun lo establecido por el Art. 24º del D.S. Nº 049-2000-MTC, (copia autenticada por el Fedatario). 10.5. Padron actualizado de vehiculos y conductores (segun formato de la Municipalidad de Ventanilla). 10.6. Relacion de las zonas de estacionamiento propuestos y plano-croquis de ubicacion. 10.7. Declaracion jurada de los propietarios de cada vehiculo de la Persona Juridica, comprometiendose a que en caso de accidente auxiliara en forma inmediata a los accidentados, asumiendo los gastos medicos de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran las victimas, sin que ello signifique reconocer responsabilidad del incidente cometido. 10.8. Derechos administrativos regulados por el MORDAZA para el permiso de operaciones se considera: * * * * Inspeccion tecnica ocular de MORDAZA de Estacionamiento por persona juridica ................... 1% UIT. Inspeccion Tecnica vehicular y Derecho de Sticker por Unidad ........................................ 0. 5 % UIT. Derecho de visacion de Credencial de Conductor ........................................................... 0. 1 % UIT. Derecho de MORDAZA de Estacionamiento por Unidad ................................................................ 0. 4 % UIT.

Articulo 19º.- El Permiso de Operaciones se dejara sin efecto mediante Resolucion Directoral emitida por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, por: 19.1. Admitir y/o permitir la prestacion del servicio con vehiculo(s) modificados que atenten contra la seguridad de los pasajeros a causa de estas modificaciones. 19.2. Permitir reiteradamente en la prestacion del servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores que no cuenten con el Sticker Municipal y distintivo de la Empresa. 19.3. Permitir reiteradamente en la prestacion de servicios a personas que no cuentan con Licencia de Conducir y/o Credencial de Conductor. 19.4. Incumplir con el pago de derechos administrativos segun el MORDAZA y/o infracciones o multas de la Persona Juridica. 19.5. Por reiterada y reincidente invasion de Zonas de Estacionamiento autorizadas a otra Persona Juridica. 19.6. No usar las zonas de estacionamiento autorizadas en la Resolucion Directoral. 19.7. Abandonar o no prestar el servicio de Transporte Publico Especial en Vehiculos menores por mas de quince (15) dias consecutivos en la(s) zonas de estacionamiento autorizadas. Articulo 20º.- La Renovacion del Permiso de Operacion sera otorgada previo informe tecnico de la Division de Transporte Publico; debiendo la Persona Juridica o Transportista solicitarla con Treinta (30) dias de anticipacion a su vencimiento. CAPITULO II DEL REGISTRO Articulo 21º.- La Municipalidad Distrital a traves de la Division de Transporte Publico, mantendra actualizado los Registros de Personas Juridicas o Transportista, propietarios y conductores autorizados; con las modificaciones que correspondan. Articulo 22º.- El Registro de Personas Juridicas o Transportistas Autorizados, debera consignar los datos principales del Testimonio de Constitucion y su inscripcion en los Registros Publicos; asi como: 22.1. Razon Social, RUC, Nombre del Representante Legal y Relacion Nominal de la Junta Directiva o directorio. 22.2. Vigencia en el periodo de gestion administrativa y/o gerencial. 22.3. Numero de socios y/o accionistas. 22.4. Ficha Registral y/o Partida de los Registros Publicos con sus respectivos reconocimientos. 22.5. Zonas de Estacionamiento autorizadas y sus Modificaciones. Articulo 23º.- El Registro de Vehiculos o flota vehicular autorizado consignara los datos principales de la Tarjeta de Propiedad de los vehiculos, caracteristicas tecnicas, la serie del Sticker otorgado. Asimismo registrara las modificaciones, retiro o baja de la flota vehicular. Manteniendose vigente el Inventario del MORDAZA Automotor. Articulo 24º.- El Registro de Conductores autorizados consignara sus datos personales, domicilio, licencia de conducir, la serie de la credencial otorgada, sus modificaciones y record del servicio como conductor, accidentes cometidos, entre otros que establece el Control de MORDAZA y Seguridad Vial. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Articulo 25º.- La Persona Juridica sera autorizada anualmente en las zonas de estacionamiento que establezca la Municipalidad Distrital de acuerdo a los siguientes criterios:

Articulo 11º.- Los requisitos senalados en el articulo precedente seran presentados ante la Unidad de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital, la cual aperturara el Expediente que sera remitido a la Division de Transporte Publico. Articulo 12º.- Una vez cumplido con los requisitos exigidos en el Articulo 10º, la Division de Transporte en el plazo MORDAZA de ocho (8) dias habiles elevara el informe y el Proyecto de Resolucion para ser promulgado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital en el plazo establecido de quince (15) dias habiles. Articulo 13º.- El permiso de Operacion otorgado a la Persona Juridica o transportista, es de caracter institucional e intransferible, su vigencia es tres (3) anos y los Sticker (distintivos municipales) su vigencia es de un (1) ano, siendo renovable automaticamente por el periodo igual a solicitud de la Persona Juridica, siempre que MORDAZA cumplido con sus obligaciones y no exista observacion alguna. Articulo 14º.- La MORDAZA de la solicitud del Permiso de Operacion no autoriza a ejercer el servicio de Transporte Publico Especial de Vehiculos Menores. Articulo 15º.- La Persona Juridica o el Transportista podra incrementar y modificar su flota vehicular, Padron de Conductores en su MORDAZA de estacionamiento autorizada. Para tal efecto, la Persona Juridica comunicara el hecho dentro del plazo de 72 horas, obligandose a cumplir con los Derechos Administrativos regulados por el MORDAZA y la presente Ordenanza. Articulo 16º.- El Permiso de Operaciones para el servicio de Transporte Publico Especial en Vehiculos Menores sera otorgado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital mediante Resolucion Directoral en el plazo establecido en el Articulo 12º. Articulo 17º.- En la Resolucion Directoral para el servicio de Transporte Publico Especial en Vehiculos Menores estaran comprendidas las zonas de estacionamientos determinadas, calificadas y aprobadas por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, previo informe tecnico de la Division de Transporte, asi como la flota vehicular aprobada. Articulo 18º.- Los recursos impugnativos contra la Resolucion Directoral, del Permiso de Operaciones seran interpuestos dentro del plazo, requisitos y tramitacion, dispuestos en el MORDAZA, asi como en Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; y son: 18.1. Reconsideracion, que sera resuelto por el mismo organo que dicto la Resolucion. 18.2. Apelacion, que sera resuelta por el MORDAZA Distrital en MORDAZA instancia y MORDAZA, quedando agotada la via administrativa.

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