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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (09/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 212433 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de noviembre de 2001 Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM y Artículo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modi- ficado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; SE RESUELVE: Primero.- Reformular y aclarar la Resolución Nº 090-2001-SGP de fecha 5.10.2001, en los términos si- guientes: "1. Declarar en situación de urgencia el Pilar Central del Puente Dueñas ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. 2. Exonerar de los procesos de selección la contrata- ción de los trabajos de "Calzadura de la Cimentación del Pilar Central del Puente Dueñas, Protección con enroca- do del cauce del río Rímac y Obras Complementarias para restringir las cargas del tránsito", los mismos que comprenden los servicios de Topografía, Estudios para la solución hidráulica, Supervisión y las Obras respecti- vas, con un valor referencial total de S/. 2'340,000.00, conforme a lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución". Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y su comunica- ción a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos de Ley. Regístrese y comuníquese. ORLANDO CAMINADA DULANTO Secretario General Permanente 34156Autorizan independización de área resi- dual de inmueble ubicado en el Cerca- do de Lima RESOLUCIÓN Nº 496-2001-MML-DMDU Lima, 29 de octubre de 2001 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO: el Documento Simple Nº 29781-2001 y el Expediente Nº 922-2001, seguidos por SOCIEDAD IN- MOBILIARIA LA QUINTA S.A., por los que solicitan la independización del Área Residual del inmueble Quinta Heeren de 41,163.90 m2, ubicado en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 033 de fecha 12 de abril de 1996, la Municipalidad Metropolitana de Lima, declaró zona de Renovación Urbana Prioritaria el área de Barrios Altos; Que, posteriormente por Ordenanza Nº 201 del 21 de diciembre de 1998 que aprobó el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima, organiza el mismo en zonas de trata- miento diferenciados, con los objetivos y finalidades establecidas en los Artículos 29º y 31º de la citada Orde- nanza; estableciéndose también en sus incisos a) y g) como objetivo del Plan Maestro Centro de Lima, la promoción y orientación en el Centro Histórico, de la inversión pública y privada, coherentes con un desarro- llo humano y con el Plan Metropolitano, a fin de viabili- zar las acciones de renovación urbana con la edificación de viviendas económicas; Que, los incisos h), m) y o) del Artículo 56º de la Ordenanza Nº 201, establece como objetivos del Plan Maestro Centro de Lima, la incorporación de obra nueva con arquitectura contemporánea en el tejido urbano preexistente sin distorsionar el entorno; revitalizar el uso del suelo ocioso o subutilizado mediante su densifi-cación; y alentar la inversión privada en proyectos espe- cíficos de vivienda económica; sujeto a tratamientos diferenciados y al efecto dispone que sus espacios y componentes serán objeto de planes y proyectos específi- cos, de control de obras e intervenciones para su recupe- ración y conservación integral; Que, la Sociedad Inmobiliaria La Quinta S.A. ha desarrollado un Proyecto de Conjunto de Vivienda Multi- familiar para ser ejecutado en el inmueble denominado "Quinta Heeren", declarado monumento por Resolución Suprema Nº 2800-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; que se encuentra ubicado en los Barrios Altos del Cercado de Lima, en el área delimitada como ámbito de intervención y tratamiento diferenciado para fines de planeamiento integral, por la Ordenanza Nº 062 del 15 de julio de 1994 "Reglamento de Administración del Centro Histórico de Lima" y el Artículo 25º de la Orde- nanza Nº 201 del 21 de diciembre de 1998, Plan Maestro Centro de Lima; en una de las siete zonas de Trata- miento Prioritario en Barrios Altos con fines de Renova- ción Urbana ZT-12 "Santa Clara", con el Lineamiento Básico Orientador - LBO en la propuesta de interven- ción de Promover su Puesta en Valor. Presentado para tal efecto en aplicación y al amparo de los Arts. 97º y 100º del Decreto Supremo Nº 008-2001-MTC - Reglamento de la Ley Nº 27157 los Proyectos de Predeclaratoria de Fábrica y Preindependización del Conjunto de Vivien- das que conforman el Proyecto antes indicado; Que, los Artículos 11º y 21º del Reglamento de la Ley de Promoción a la inversión privada en acciones de Renovación Urbana aprobado por Decreto Supremo Nº 11-95-MTC, establece que las Municipalidades Provin- ciales tienen entre sus atribuciones el aprobar las modali- dades de intervención aplicables a los Proyectos y Pro- gramas de Renovación Urbana; y los Artículos 78º, 81º y 86º y el inciso f) del Artículo 95º de la Ordenanza Nº 062, permiten la aplicación de criterio de excepción y admiten la aplicación de normas técnicas específicas para los proyectos de Renovación Urbana que cuenten con Estu- dios Especiales para tal fin; Que, el Instituto Nacional de Cultura con la Resolu- ción Directoral Nacional Nº 232/INC de fecha 17 de agosto de 1998 levantó la intangibilidad del área resi- dual de 4,955.78 m2 del inmueble y autorizó la cons- trucción de viviendas y el Instituto Catastral de Lima ha constatado la ubicación del terreno identificado por el Instituto Nacional de Cultura como área residual, con sus medidas, linderos y área; incorporándolo en el Plano Catastral Nº 040/2001, en mérito a lo cual el proyecto del Conjunto de Vivienda Multifamiliar en el Area Residual presentado por la Sociedad recurrente ha sido aprobado por la Comisión Técnica Especial de Licencias de Cons- trucción para el Centro Histórico y el Cercado de Lima creada según el Artículo 21º de la Ordenanza Nº 201 del Plan Maestro Centro de Lima, según Acta Nº 48-2001 de la Sesión Nº 007-2001, de fecha 14.2.2001; Que mediante Acuerdo Nº 02 de la Sesión Nº 40 de fecha 26.9.2001, la Comisión Técnica Especial de Licen- cias de Construcción para el Centro Histórico y el Cerca- do de Lima acordó aprobar la independización del terre- no sólo para efectos de la ejecución del proyecto de Conjunto de Viviendas Multifamiliares presentado por sociedad La Quinta S.A., la cual fue aprobada durante la Sesión Nº 07 de fecha 14.2.2001, entendiéndose que de no ejecutarse el proyecto la presente autorización queda sin efecto; Que de acuerdo a lo opinado por la Unidad Técnica Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 199-2001-MML-DMDU/UTL del 22.10.2001, resulta procedente autorizar la Independiza- ción del área requerida sólo para la ejecución del proyec- to de Conjunto de Viviendas Multifamiliares presentado por sociedad La Quinta S.A., de acuerdo al Plano y la correspondiente Memoria Descriptiva que la sustenta y que fue aprobada por la Comisión Técnica Especial de Licencias de Construcción para el Centro Histórico y el Cercado de Lima; Que existe discrepancia en los linderos y áreas defi- nidas tanto por el Instituto Nacional de Cultura, como por el Instituto Catastral e Informático de Lima, sin embargo, los linderos y áreas de este último, son produc- to de una verificación in situ, es decir son reales; por lo que deberán ser ratificados mediante la presente resolu- ción;