Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2001 (16/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2001

Organicas del INPE, que conozcan la comision de faltas disciplinarias en que hayan incurrido servidores de la Institucion; por lo que ejerciendo esta facultad el Director General de la Region MORDAZA, en supervision de su propia gestion, enmarcado dentro de su labor de control previo y concurrente, denotando asi la efectividad para prevenir o detectar o corregir los errores significativos e identificados, comunica mediante Oficio Nº 1298-01-INPE/17 del 28.SET.01 las faltas en que ha incurrido el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAMARRA. Habiendo el citado servidor procesado hecho uso del derecho de defensa que le confiere la Ley, a traves de la MORDAZA de su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, ha quedado establecido que el servidor del Establecimiento Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incumplido con las obligaciones establecidas en los Incs. a), d) y g) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que constituyen faltas de caracter disciplinario, previstas en los Inc. a), c), d) y j) del Art. 28º del citado dispositivo legal; habiendo actuado reincidentemente en la comision de faltas administrativas, toda vez que del Informe de Escalafon del mencionado servidor, se desprende que mediante Resolucion Directoral Nº 0160-2001-INPE/ORH del 21.FEB.2001, fue sancionado con suspension sin goce de remuneraciones por el termino de 30 dias, por haber demostrado falta de sentido de responsabilidad y conducta deshonesta, al ocultar entre sus pertenencias 100 jeringas y agujas descartables que le fueron decomisados fuera del EPRCE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, situacion que debe ser contemplada en la aplicacion de la sancion correspondiente, sin perjuicios de tenerse en cuenta el nivel de MORDAZA y situacion jerarquica del servidor, tal como lo establece el Art. 154º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Estando a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la Sancion Disciplinaria de DESTITUCION al servidor del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/o a traves del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 34597

Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06 de fecha 19 de setiembre de 2001 propuso se declare monumento a los inmuebles ubicados en Jr .Amazonas Nº 562-564-568574; Jr. Huanta Nº 281-285-295; Jr. Ucayali Nº 564-572580-586-594; Jr. MORDAZA Nº 500-506-510-514-516-518522-530-536-540, esquina Jr. Ucayali Nº 598; Jr. MORDAZA Nº 544-546-558-560-568-570; Jr. Miroquesada Nº 587-599, esquina Jr. MORDAZA Nº 576-580-584-586-590-598, distrito, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los siguientes inmuebles ubicados en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion: 1.2.3.4.Jr. Amazonas Nº 562-564-568-574. Jr. Huanta Nº 281-285-295. Jr. Ucayali Nº 564-572-580-586-594. Jr. MORDAZA Nº 500-506-510-514-516-518-522-530536-540, esquina Jr. Ucayali Nº 598. 5.- Jr. MORDAZA Nº 544-546-558-560-568-570. 6.- Jr. Miroquesada Nº 587-599, esquina Jr. MORDAZA Nº 576-580-584-586-590-598. Articulo 2º.- Es obligacion de los propietarios someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en los monumentos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 34520 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1129/INC MORDAZA, 6 de noviembre de 2001 Visto el Acuerdo Nº 11/24.08.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 11 de fecha 24 de agosto de 2001, propuso se declare monumento al inmueble Cine Teatro MORDAZA, ubicado en Jr. MORDAZA Nº 203 al 211, distrito y provincia de Abancay, departamento de MORDAZA por cuanto las caracteristicas arquitectonicas y constructivas del inmueble en bloque de granito labrado, son muestra de la cultura edilicia de inicios del siglo XX; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a inmuebles ubicados en las provincias de MORDAZA, Abancay y Parinacochas
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1128/INC MORDAZA, 6 de noviembre de 2001 Visto el Acuerdo Nº 06/19.9.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al

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