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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/11/2001)

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Pág. 213223 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de noviembre de 2001 rán ser puestos a disposición de la DIROVE o del Juzga- do competente cuando lo soliciten, de conformidad a los procedimientos legales respectivos; cuando el vehículo internado permanezca más de ciento ochenta (180) días calendario en el Depósito Oficial Municipal sin ser recla- mado por su propietario o sin que la DIROVE o el Juzgado competente lo soliciten; la Municipalidad Dis- trital de La Victoria procederá a venderlos mediante subasta pública, luego de dos días consecutivos de publi- cación en el Diario Oficial El Peruano o en otro diario de mayor circulación, solicitando que su propietario lo reti- re del Depósito Oficial de Vehículos. TÍTULO V DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- El pago de los derechos y multas se efectuarán en la Unidad de Tesorería de la Municipa- lidad Distrital de La Victoria y la recaudación de las sanciones por infracciones que genera la presente Ordenanza se destinará exclusivamente a las acciones de mantenimiento, mejoramiento de infraestructura vial y a la implementación de la División de Tránsito y Transporte. Segunda.- Para efectos de la presente Ordenanza se aplicará la Unidad Impositiva Tributaria Vigente. Tercera.- La Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de La Victoria, velará por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria queda facultado para dictar normas comple- mentarias a la presente Ordenanza, mediante Decreto. Quinta.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL EN VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA A) INFRACCIONES DEL TRANSPORTADOR O PERSONA JURÍDICA CÓD. INFRACCIÓN MULTA % UIT A-1 Permitir que los conductores presten servicio sin estar 1% registrados o autorizados. A-2 Transferir la Resolución de la Autorización de Operación. 5% A-3 Incorporar unidades sin Autorización. 2% A-4 Incumplir el Art. 26 de la Ordenanza. 5% A-5 Utilizar paraderos correspondientes a otras empresas. 2% A-6 No controlar la utilización correcta de la Autorización para 1% el servicio. A-7 Negarse a la realización del Curso de Educación y Se- 5% guridad Vial dirigidos a los Conductores. A-8 Prestar servicio sin la Autorización correspondiente 5% A-9 Prestar el servicio de transporte sin Póliza de Seguros vi- 5% gente. B) INFRACCIONES DEL CONDUCTOR CÓD. INFRACCIÓN MULTA % UIT B-1 Transferir la Credencial de Conductor 1.5% B-2 Prestar el servicio sin estar afiliado a una Persona Jurídica o Transportador con Autorización de Operación Municipal correspondiente 5% B-3 Prestar el servicio bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias tóxicas 5% CÓD. INFRACCIÓN MULTA % UIT B-4 Trasladar mayor cantidad de pasajeros a lo aprobado 2% B-5 Poner en riesgo la seguridad de los pasajeros 2% B-6 Realizar el servicio en vías de alta velocidad o en las aceras 1% B-7 Adelantar vehículos entablando competencia o reto de velocidad 5% B-8 Detenerse a la espera de pasajeros en áreas públicas no autorizadas o zonas rígidas. 0.5% B-9 Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos o minus- válidos 1% B-10 Prestar servicio en vehículos que se encuentran en mal estado de conservación y funcionamiento 1% B-11 Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal 0.5% B-12 Abastecer al vehículo de combustible encontrándose con pasajeros 0.5% B-13 Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad física 0.5% B-14 No portar la credencial de conductor correspondiente 0.5% B-15 No tener cobertor (máscara o protector) ni parabrisas 5% B-16 Prestar servicio con el chasis y tolderas deterioradas o sucias 0.8% B-17 Conducir en horario diurno con persona(s) al costado de su asiento (entre las 06.00 Hs. hasta las 19.00 Hs.) 0.5% B-18 Conducir vehículo menor sin la Calcomanía vehicular o distintivo de Autorización Municipal. 5% B-19 Conducir vehículo menor con toldera sin Razón Social, nú- mero en la flota y número de placas laterales 2% B-20 Posesionarse con su vehículo menor a la espera de pasaje- ros en Zonas de estacionamiento (paradero)s que no le co- rresponde 1.5% B-21 Recoger pasajeros a menos de 40 metros lineales de las Zonas de estacionamiento (Paraderos) Autorizadas 1% B-22 Hacer caso omiso o fugarse ante el requerimiento del Inspec- tor Municipal 5% C) GUARDIANÍA COD. CONCEPTO % UIT C-1 Servicio de Guardianía en el Depósito Municipal Oficial (por día) 0.002% 35308 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan subdivisión de terreno ubi- cado en el distrito RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2001-DODU-MDS Surquillo, 23 de octubre del 2001 LA DIRECCIÓN DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 58858-01 seguido por Inversiones Altima S.A.C., quienes solicitan se les autorice la Subdivisión del Lote Matriz de 1,333.40 m2 (mil trescientos treinta y tres con cuarenta metros cuadrados) el cual se ubica en la calle Jean Paul Sartre 193 esquina con Jr. Allende lote 5-B1-C, del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, cuya zonificación es I1-R4 (Zona de Vivienda Taller de Densidad Media); CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida por el trámite y ha abonado los