Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2001 (09/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de octubre de 2001

JUSTICIA
Amplian terminos de resolucion referida a donacion destinada al fortalecimiento e incorporacion de MORDAZA de conciliacion a los Consultorios Juridicos Populares y Centros de Conciliacion del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 437-2001-JUS MORDAZA, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Convenio de Alcance Limitado, Nº 527-0356/527-0394, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA a traves de la Agencia de los Estados Unidos de MORDAZA (USAID) y el Gobierno del Peru a traves del Ministerio de Justicia, mediante el cual se ejecuta la Actividad "Fortalecimiento de los Consultorios Juridicos Populares en MORDAZA y Callao e Implementacion de Centros de Conciliacion y Asistencia Juridica en Provincias, II Fase", se ha suscrito la MORDAZA enmienda con la finalidad de incrementar la contribucion del gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA por cooperacion tecnica no reembolsable hasta por el equivalente a CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 180,000.00), asi como extender la terminacion del convenio hasta el 31 de diciembre de 2001; Que, en la ejecucion de la precitada Actividad "Fortalecimiento de los Consultorios Juridicos Populares en MORDAZA y Callao e Implementacion de Centros de Conciliacion y Asistencia Juridica en Provincias, II Fase", se tiene previsto realizar las actividades consideradas en el Anexo 2 de la MORDAZA enmienda al Convenio de Alcance Limitado Nº 5270356/527-0394, a saber: 1) Mejorar los procesos de gestion de las areas de la Secretaria Tecnica de Conciliacion; 2) Mejorar el desempeno profesional de los Abogados de los Consultorios Juridicos Populares y Conciliadores de los Centros de Conciliacion Gratuitos; 3) Difundir la Conciliacion Extrajudicial como mecanismo alternativo de resolucion de conflictos y como practica obligatoria en MORDAZA, Callao, MORDAZA y Trujillo; 4) Fortalecimiento de la Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial (ENCE) del Ministerio de Justicia; 5) Implementar cinco nuevas MORDAZA de conciliacion en los Centros de Conciliacion del Ministerio de Justicia que esten exitosamente operando y que ademas cuenten con infraestructura apropiada, y 6) Promocion de un MORDAZA de capacitacion especializada y basica, dirigido al publico interesado en el tema de conciliacion; Que, con fecha 20 de agosto de 2001 se promulgo la Resolucion Suprema Nº 367-2001-JUS, por la cual se acepto la Cooperacion Tecnica no reembolsable - donacion, otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA a traves de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) hasta por el equivalente a CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 180,000.00); Que, la resolucion referida establece que el monto de dicha donacion sera destinado al fortalecimiento e incorporacion de cinco nuevas MORDAZA de conciliacion a la red de los Consultorios Juridicos Populares y Centros de Conciliacion del Ministerio de Justicia que tengan mayor demanda, sin considerar las demas actividades que contempla el Anexo 2 de la MORDAZA enmienda citada, por lo que es necesario ampliar los alcances de la resolucion suprema mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Decreto Legislativo Nº 909 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar los terminos de la Resolucion Suprema Nº 367-2001-JUS, de fecha 20 de agosto de 2001, en el sentido que el monto de la donacion a que dicha resolucion se refiere, sera destinado ademas a las siguientes actividades: 1) Mejorar los procesos de gestion de las areas de la Secretaria Tecnica de Conciliacion; 2) Mejorar el desempeno profesional de los Abogados de los Consultorios Juridicos Populares y Conciliadores de los Centros de Conciliacion

Gratuitos; 3) Difundir la Conciliacion Extrajudicial como mecanismo alternativo de resolucion de conflictos y como practica obligatoria en MORDAZA, Callao, MORDAZA y Trujillo; 4) Fortalecimiento de la Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial (ENCE) del Ministerio de Justicia; y, 5) Promocion de un MORDAZA de capacitacion especializada y basica, dirigido al publico interesado en el tema de conciliacion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y al Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 32390

Autorizan a diversas asociaciones funcionar como centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 291-2001-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud con Registro Nº 16080 de fecha 17 de MORDAZA de 2001 de la asociacion Instituto de Asesoria Juridica Social- INAJUS; CONSIDERANDO: Que la asociacion Instituto de Asesoria Juridica SocialINAJUS, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "INSTITUTO DE ASESORIA JURIDICA Y SOCIAL"INAJUS, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra en el acta de inspeccion ocular de fecha 12 de setiembre de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1193- 2001-DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Instituto de Asesoria Juridica Social- INAJUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Instituto de Asesoria Juridica Social- INAJUS, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "INSTITUTO DE ASESORIA JURIDICA Y SOCIAL"- INAJUS, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 32268

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