Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2001 (13/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2001 ANEXO 3

NORMAS LEGALES

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INFORMACION A SER CONSIGNADA EN EL FORMATO DE DEUDAS ACOGIDAS A FRACCIONAMIENTO a) En la MORDAZA 18, Codigo de Tributo.- Seleccionar solo una de las opciones: · 7111 (Impuesto a los juegos de casino) · 7121 (Impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas) b) En el Rubro "Detalle de la Deuda Tributaria": b.1) Columna 1. Codigo de Establecimiento.- El codigo de establecimiento anexo asignado por la SUNAT al momento de su inscripcion como tal en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). En el caso que el establecimiento correspondiera al domicilio fiscal del sujeto del Impuesto, informado en el RUC, se debera consignar como codigo el siguiente: 0000. b.2) Columna 2. Monto de la Deuda Actualizada a la Fecha de Acogimiento.- El monto de la deuda actualizada a la fecha de acogimiento que corresponda por cada establecimiento, considerando la suma de las deudas de los periodos tributarios cuyo acogimiento al fraccionamiento se solicita, actualizadas a la fecha de acogimiento, en relacion con el codigo de tributo que se MORDAZA consignado en la MORDAZA 18 de cada formato. Para efecto del acogimiento, el Impuesto sera considerado en la entidad SUNAT. 30834

Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 01 del 3 de agosto de 2001 propuso se declare monumento integrante del Patrimonio Monumental y Cultural a diferentes inmuebles ubicados en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, por cuanto constituyen testimonio historico de la evolucion arquitectonica desarrollada en la ciudad; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VII que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los siguientes inmuebles: DEPARTAMENTO DE MORDAZA Provincia de HUAYLAS Distrito de Caraz 1.- Jr. MORDAZA Ugarte Nºs. 320-322 2.- Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 503, esquina Plaza de la Merced. 3.- MORDAZA MORDAZA s/n (Iglesia Matriz) 4.- Grau Nºs. 703-705 5.- Grau Nº 1004, esquina Jr. La Mar 6.- MORDAZA MORDAZA Nº 422 (Antiguo Cine) 7.- La Mar Nº 227 8.- Manco Capac Nº 218 9.- Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 223-225 y 229-231 10.- Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 233-235 11.- Jr. San MORDAZA Nº 120, esquina Jr. Miraflores 12.- Jr. San MORDAZA Nºs. 409-411-413-415 13.- Jr. San MORDAZA Nº 510 14.- Jr. San MORDAZA Nºs. 712-716 15.- Jr. San MORDAZA Nº 810 16.- Jr. San MORDAZA Nºs. 919-921-1001 17.- Jr. San MORDAZA Nº 1014 18.- Jr. San MORDAZA Nº 1019, esquina Pasaje MORDAZA (Club Union). 19.- Jr. San MORDAZA cuadra 10 s/n 20.- Jr. San MORDAZA Nºs. 1201-1205, esquina Jr. MORDAZA Galvez. 21.- Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 103, esquina Jr. Bolognesi 22.- Jr. Sucre Nº 704 y Jr. MORDAZA MORDAZA s/n 23.- Jr. Sucre Nºs. 910-912-914-916-918, esquina Jr. MORDAZA Ugarte Nº 315 24.- Jr. Sucre Nºs. 1010-1012 25.- Jr. Tacna y MORDAZA Nºs. 117-119. Articulo 2º.- Delimitar la MORDAZA Monumental de la MORDAZA de Caraz, de acuerdo al Plano DZM-033-2001/ INC. Articulo 3º.- Es obligacion de los propietarios someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en los monumentos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 30822

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a diversos inmuebles ubicados en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 857/INC MORDAZA, 23 de agosto de 2001 Visto el Acuerdo Nº 01/03.08.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion;

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