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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (13/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 209939 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de setiembre de 2001 Recuerde que si en alguno de los días del mes por el cual efectúa la declaración, no se obtuvo ingresos grava- dos en el CASINO consigne cero (0) en las casillas TOTAL CASINO y POZO ACUMULADO. TRAGAMONEDAS Cuando elija esta opción aparecerá un recuadro en el cual deberá ingresar la información mensual de cada una de las Máquinas Tragamonedas registradas para la SALA DE JUEGO que declara. La información que el sistema mostrará automática- mente, para cada una de las Máquinas Tragamonedas registradas, será la siguiente: ü Marca ü Serie ü Número Para ingresar la información correspondiente selec- cione la línea que corresponde a la Máquina Tragamone- das por la que efectúa la declaración e ingrese la siguien- te información: ü Tipo de Moneda : Deberá seleccionar el tipo de moneda en el cual opera la Máquina Tragamonedas que declara: o Soles o Dólares ü Valor Ficha: Ingrese el valor de las fichas (en Nuevos Soles o Dólares) que se utilizan en la Máquina Tragamonedas por la cual declara (por ejemplo 0.50, 1.00, 5.00 etc.) ü Resultado Fichas Mes: Deberá ingresar el total de fichas obtenido en el período que declara por cada máquina tragamonedas. Dicha cantidad mensual se ob- tendrá de la acumulación diaria que se realice respecto del total de fichas ingresadas menos el total de fichas pagadas en el día por concepto de premios, considerando los premios pagados manualmente. ü Base Imponible mensual en soles: Si el valor ficha de la máquina tragamonedas es en nuevos soles, el sistema determinará de manera auto- mática la Base Imponible obtenida en el período que se declara, multiplicando el “valor ficha” por el “Resultado Fichas Mes”. Si el valor ficha de la máquina tragamonedas es en dólares norteamericanos, usted deberá ingresar el mon- to de la base imponible. Para tal efecto, deberá sumar los resultados diarios de la máquina obtenidos por el perío- do que declara, considerando para cada uno de los días el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha que corresponda a cada liquidación diaria. En los días en que no se publique el tipo de cambio referido, se utilizará el último publicado. OPCION REINGRESAR: Si la Máquina Tragamonedas presenta en el trans- curso del período a declarar alguna de las siguientes situaciones: ü Reinicio de contadores ü Modificación del valor de la ficha utilizada Deberá ingresar la información que corresponda a la mencionada máquina tantas veces como modificaciones se produzcan en el transcurso del período a declarar, seleccionando para tal fin la opción REINGRESAR. c) Determinación de la deuda En este rubro se determinará la deuda por cada una de las Actividades que se desarrollen en cada una de las Salas de Juego registradas. Se mostrará automáticamente la siguiente informa- ción: ü Número de Sala ü UBIGEO ü Actividad (Casino o Tragamonedas) ü Base Imponible o Saldo a Favor Usted deberá ingresar la siguiente información:ü Saldo pendiente de premios pagados en períodos anteriores, de corresponder. ü Pagos anticipados efectuados por el Impuesto, de corresponder ü Interés Moratorio en caso declare deuda tributaria después del vencimiento ü Importe a pagar ü Forma de Pago (Efectivo o Cheque). 3. ELABORACIÓN DE LA BOLETA DE PAGO Se habilitarán los siguientes rubros: a) Identificación ü RUC : Seleccione el RUC por el cual efectuará pagos por el Impuesto a los Juegos de Casinos y Traga- monedas. Recuerde que por el RUC seleccionado debe existir por lo menos una SALA DE JUEGO registrada ü Período Tributario : Ingrese el Período Tributa- rio por el cual va a efectuar el pago, recuerde que el período no puede ser anterior a julio 1999. b) Determinación de la deuda Se habilitarán dos rubros que corresponden a las actividades de: ü Casinos ü Tragamonedas Consigne la actividad por la que efectuará el pago. Seleccionada la actividad por la que efectuará el pago, señale el Tipo de Pago que va a efectuar: ü Pago de tributo : En los siguientes casos: • Pagos previos, antes de la presentación de la decla- ración. • Pago de deuda declarada respecto de la cual no se ha notificado un documento de cobranza (Orden de Pago o Resolución de Determinación). ü Pago de Documento notificado por SUNAT : Cuando se trate del pago de una Orden de Pago o de una Resolución de Determinación notificada por la SUNAT. En este caso deberá ingresar el número de la Resolu- ción de Determinación o de la Orden de Pago por la que se realiza el pago. Recuerde que el pago de Multas generadas por este Impuesto y las cuotas de Fraccionamientos otorgados por el mismo se deben pagar utilizando las Boletas de Pago vigentes a la fecha o el TEF Se mostrará automáticamente la siguiente infor- mación, por cada establecimiento registrado en el REGISTRO DE SALAS: ü Código de Establecimiento ü UBIGEO Se deberá ingresar, por cada fila compuesta con la información señalada anteriormente el importe a pagar que corresponde a cada SALA DE JUEGO. Si tiene registrada más de una Sala y solamente va a efectuar pago por alguna de ellas, consigne cero por las salas que no efectuará pago alguno. Finalmente deberá ingresar la Forma de Pago del monto ingresado (efectivo o cheque). IMPORTANTE : Si necesita presentar más de una Boleta de Pago por un mismo período tributario, deberá tener en cuenta lo siguiente: 1. Mediante la opción "Declaraciones / Modificar" seleccione la Boleta de Pago grabada anteriormente. 2. Modifique la información de la Boleta señalada en el punto anterior.