Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (13/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 209938 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de setiembre de 2001 Si usted seleccionó la opción “NUEVA”, en la pantalla que aparecerá, por cada una de las salas de juego que deba registrar, deberá: 1. Consignar el CODIGO DE ESTABLECIMIENTO el mismo que debe ser: q 0000, si el mismo corresponde a su domicilio fiscal, o q El Código de Establecimiento Anexo asignado por la SUNAT al momento de su inscripción como tal en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). 2. Ingresar el NOMBRE COMERCIAL de la Sala de Juego que está registrando. En el caso de no tener nombre comercial asignado consigne SALA 1. Si tiene más de una Sala a registrar con estas condiciones consig- ne SALA 2, SALA 3, y así sucesivamente. 3. Señalar la actividad que desarrolla en la sala que esta declarando, optando por una de las siguientes alter- nativas: a. Casinos b. Máquinas Tragamonedas c. Casinos y Maquinas Tragamonedas 4. Seleccionar el Departamento, Provincia y Distrito donde se encuentra ubicada la sala de juego que está declarando. El PDT seleccionará el Ubigeo que corres- ponda. 5. Si usted consignó en el numeral 3 precedente la actividad “Casinos”, seleccione la opción ACEPTAR. Si usted consignó en el numeral 3 la actividad “Má- quinas Tragamonedas” o “Casinos y Máquinas Tragamo- nedas”, seleccione la opción NUEVA e ingrese la siguien- te información, por cada una de las Máquinas Tragamo- nedas que operan en la SALA DE JUEGO: a. Marca de la máquina tragamonedas. b. Serie de la máquina tragamonedas. c. Número interno asignado por el contribuyente. La información de las Salas de Juego o de las Máqui- nas Tragamonedas ingresadas en este rubro, puede ser modificada (opción MODIFICAR) o eliminada (opción ELIMINAR) luego de haber sido registradas IMPORTANTE : Recuerde que la información ingre- sada al Registro Salas de Juego y Máquinas Tragamonedas será considerada por el sistema al momento de elaborar la declaración o efectuar el pago utilizando el PDT 629. IDENTIFICACIÓN DEL USO DEL PDT: Registradas las Salas de Juego y Máquinas Tragamo- nedas, ingrese al Menú Declaraciones del PDT 629 y seleccione la opción: “NUEVA”. Aparecerán tres (3) rubros: a) Identificación b) Salas de Juego c) Determinación de la deuda En el rubro “Identificación”, deberá optar en el recua- dro USO DEL PDT, por: ü Declaración Jurada Mensual: Cuando se ingrese información que será utilizada para cumplir con la obli- gación formal de determinar y pagar la deuda tributaria por este Impuesto. Además deberá utilizar esta opción cuando requiera presentar una Declaración Rectificato- ria o Sustitutoria de este Impuesto. ü Boleta de Pago: Cuando requiera efectuar el pago del Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Traga- monedas, en los siguientes casos: i. Pagos previos, antes de la presentación de la decla- ración. ii. Pago de deuda declarada respecto de la cual no se ha notificado un documento de cobranza (Orden de Pago o Resolución de Determinación). iii. Pago de deuda notificado por SUNAT mediante una Orden de Pago o Resolución de Determinación. Recuerde que el pago de multas generadas por este Impuesto y las cuotas de Fraccionamientos otorgadospor el mismo se deben pagar utilizando los Formularios Boletas de Pago vigentes, o a través del TEF (Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos, por el cual el contribuyente puede efectuar pagos de manera directa en el banco sin la necesidad del uso de formularios, conforme a lo establecido en la Resolución de Superin- tendencia Nº 079-99/SUNAT). Si usted ha seleccionado la opción “Declaración Jura- da Mensual”, deberá proceder conforme a lo señalado en el recuadro 2 “Elaboración de la Declaración Jurada”. Si usted ha seleccionado la opción “Boleta de Pago”, deberá proceder conforme a lo señalado en el recuadro 3 “Elaboración de la Boleta de Pago”. 2. ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN JU- RADA Se habilitarán los siguientes rubros: a) Identificación: ü RUC : Seleccione el RUC por el cual elaborará la declaración. Recuerde que el RUC seleccionado debe tener por lo menos una SALA DE JUEGO registrada. ü Período Tributario : Ingrese el período tributario por el cual está elaborando la declaración, recuerde que el período no puede ser anterior a julio 1999. ü Sustitutoria o Rectificatoria : Indique si la declara- ción que está elaborando rectifica o sustituye a una presen- tada anteriormente. Recuerde que las declaraciones recti- ficatorias deben ser iguales o posteriores a julio 1999. Asimismo, tenga presente que en el caso de tratarse de declaraciones sustitutorias o rectificatorias, debe considerar nuevamente TODA la información declarada originalmente. b) Salas de Juego En este rubro deberá ingresar, por cada sala de juego, la información necesaria para la determinación del Im- puesto por Juego de Casinos y Máquinas Tragamonedas. CASINOS Cuando elija esta opción aparecerá un recuadro en el cual deberá ingresar la información de cada uno de los días del mes por el cual efectúa la declaración: ü Día: Deberá seleccionar el día calendario al cual corresponde la información que está ingresando. Por ejemplo si la información corresponde al 5 de julio de 2001, el período tributario ingresado en el rubro “Identificación” será 07-2001, y la información a seleccio- nar en este rubro será 5. ü Total Casino Diario : Ingrese la ganancia bruta en Nuevos Soles obtenida en el día. Para tal efecto, deduzca del total de ingresos percibidos en el día el monto total de premios otorgados en ese mismo día. No considere los montos que corresponden al Pozo Acumulado. Si el resultado se obtuviese en Dólares Norteameri- canos utilice el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha que corresponda a cada liquidación diaria. En los días en que no se publique el tipo de cambio referido, se utilizará el último publicado. ü Pozo acumulado : Ingrese el monto por concepto de comisión por pozo acumulado que corresponda a la sala de juego obtenido en el día. Si el resultado se obtuviese en Dólares Norteameri- canos utilice el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha que corresponda a cada liquidación diaria. En los días en que no se publique el tipo de cambio referido, se utilizará el último publicado. ü Resultado Diario : El PDT calcula automática- mente dicho monto, sumando los datos ingresados en “Total Casino Diario” y “Pozo Acumulado”. La base imponible mensual será el resultado de acu- mular los resultados diarios declarados y será calculado automáticamente por el sistema, consignando el resulta- do en el Rubro Determinación de Deuda como Base Imponible o Saldo a Favor dependiendo si el resultado es positivo o negativo respectivamente.