Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2002 (22/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002

Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial que formulara propuestas sobre estudios y ejecucion de obras correspondientes al Terminal Fluvial de Iquitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2002-MTC/15.02 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, los representantes del gobierno ante la Comision de Alto Nivel de infraestructura, transportes y energia, conjuntamente con los representantes del departamento de MORDAZA, en la reunion realizada el 22 de febrero de 2002, acordaron la constitucion de un grupo de trabajo para que proponga la creacion de un organismo para el monitoreo del nivel del rio Amazonas, malos pasos y senalizacion, asi como la definicion de la magnitud y frecuencia del dragado que necesita el puerto de Iquitos; Que, dentro del contexto de las propuestas que debera formular el grupo de trabajo, es conveniente considerar lo relacionado a estudios y ejecucion de obras necesarias para la infraestructura del Terminal Fluvial de Iquitos; Que, en consecuencia, resulta necesario constituir un grupo de trabajo multisectorial que tendra a su cargo tales labores; De conformidad con el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292, Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial que tendra a su cargo la formulacion de propuestas sobre estudios y ejecucion de obras correspondientes al Terminal Fluvial de Iquitos, el cual estara integrado de la siguiente manera: a. Un representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, quien lo presidira b. Un representante de la Direccion General de Transportes Acuatico del MTC c. Un representante de Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR MORDAZA d. Un representante de la Capitania de Puertos de Iquitos e. Un representante de la Empresa Nacional de Puertos S.A. f. Un representante de los Armadores de la Amazonia Peruana Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo que refiere el articulo precedente, en un plazo que no excedera de ciento veinte dias (120) calendario, formulara las siguientes propuestas: a. Recomendar los estudios para permitir el uso continuo de las instalaciones portuarias de Iquitos. b. Proponer la realizacion de estudios necesarios para el uso del rio Amazonas como una hidrovia de interconexion funcional, para el comercio nacional e internacional. c. Proponer la realizacion de los estudios necesarios, para integrar las instalaciones portuarias a centros logisticos e infraestructura complementaria, que transfiera competitividad a la actividad comercial de la zona. d. Proponer un organismo destinado a realizar el monitoreo del nivel del rio, batimetria, senalizacion, puntos criticos y otros. e. Evaluar el mejor sistema para asegurar el nivel de calado, para el atraque a muelles de embarcaciones de diverso porte. Articulo 3º.- Los representantes de las entidades que integraran el Grupo de Trabajo, deberan acreditarse en un plazo de treinta (30) dias calendario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7222

ORGANISMOS AUTONOMOS
UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva al Proyecto denominado Rehabilitacion del Gimnasio Principal de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rectorado RESOLUCION Nº 0801-2002-R-UNE Chosica, 8 de MORDAZA del 2002 VISTO, el Oficio Nº 282-2002-VR-ADSM, de fecha 8 de MORDAZA del 2002, mediante el cual el Vicerrector Administrativo de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, solicita la exoneracion y aprobacion de la ejecucion de la Obra: "REHABILITACION DEL GIMNASIO PRINCIPAL DE LA UNE"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0982-99-PCR-UNE, de fecha 23 de noviembre de 1999, se aprueba la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y la Universidad Nacional de Ingenieria, el mismo que tiene por objeto propender al intercambio de informacion tecnica, asesoramiento, estudios y prestacion de servicios compatibles con los fines institucionales; Que, con Resolucion Nº 0795-2002-R-UNE, de fecha 5 de MORDAZA del 2002, se aprueba el expediente tecnico del proyecto denominado "Rehabilitacion del Gimnasio Principal de la UNE"; Que, mediante Oficio Nº 140-2002-DI-UNE, de fecha 8 de MORDAZA del 2002, el Director de Infraestructura de esta MORDAZA Superior de Estudios, solicita Exoneracion y Aprobacion de la Ejecucion de la obra denominada: "REHABILITACION DEL GIMNASIO PRINCIPAL DE LA UNE"; Que, conforme a lo prescrito en el inciso a) del Articulo 19º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones entre entidades del Sector Publico se encuentran exoneradas del requisito de la Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, de acuerdo a los criterios de economia, costos y oportunidad, el mismo que debe ser sustentado en un informe tecnico-economico elaborado por la Entidad, el que ha sido elaborado por la Direccion de Infraestructura a traves del Informe Nº 003-2002-DI-UNE, de fecha 5 de MORDAZA del 2002; Que, asimismo, el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requiere obligatoriamente un informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, el mismo que ha sido expedido por la Oficina de Asesoria Legal de esta MORDAZA Superior de Estudios a traves de la Opinion Legal Nº 009-2002-OAL/UNE, declarando procedente la exoneracion del MORDAZA de Seleccion; De conformidad con los Articulos 1º, 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0122001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, concordante con el inciso b) del Articulo 37º del Reglamento General de la UNE y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 2º de la Resolucion Nº 0535-2001-R-UNE de fecha 29 de MORDAZA del 2001;

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