Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2002 (26/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 221928

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

Sancionan con multa a Gerencia y Representaciones Pesqueras S.A. por infringir el Reglamento de la Ley General de Pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 350-2002-PE/DINSECOVI MORDAZA, 25 de marzo del 2002 Visto el Informe Nº LMA-MIPEIIC-006/98 de fecha 26 de junio de 1998 y el Informe Legal Nº 694-2001-PE/ DINSECOVI-Dsvs del 14 de septiembre del 2001. CONSIDERANDO: Que el Articulo 77º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demas disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 22 de junio de 1998, GERENCIA Y REPRESENTACIONES PESQUERAS S.A. impidio la labor de inspeccion a su planta de harina, ubicada en la localidad de Chimbote, la misma que se encontraba procesando, contraviniendo lo dispuesto en el Articulo 6º de la Resolucion Ministerial Nº 280-98-PE; Que la denunciada fue debidamente notificada con fecha 27 de junio de 1998, mediante Carta Nº 156/98 de fecha 24 de junio de 1998, presentando su descargo mediante escrito con Registro Nº 5003002 de fecha 6 de MORDAZA de 1998, en el que manifiesta que personal de vigilancia no les permitieron el ingreso a las instalaciones de la planta de la empresa denunciada en razon que no estaban autorizados por cuanto la persona encargada de la administracion se encontraba de viaje en MORDAZA, enterandose posteriormente de lo ocurrido en sus instalaciones. De otro lado, senalan que vienen saliendo de un periodo de paralizacion total de su produccion, normalizando recien sus actividades asi como la administracion de la planta industrial, y que en dicho periodo se agudizaron las actividades delictivas por lo que el personal de seguridad tenia ordenes estrictas de no dejar ingresar a ninguna persona sin autorizacion expresa de sus administradores, sin prever la posibilidad de la visita de un inspector en horas de la madrugada. Finalmente reconocen que es la primera vez que ocurre en sus instalaciones un hecho similar; Que la empresa GERENCIA Y REPRESENTACIONES PESQUERAS S.A., al momento de la comision de la infraccion, contaba con Licencia de Operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 236-98-PE/DNPP, que le autorizo el procesamiento de harina de pescado de MORDAZA residual y la elaboracion de enlatados con una capacidad de 9 t/h y 3696 c/t respectivamente; Que se ha establecido la responsabilidad de GERENCIA Y REPRESENTACIONES PESQUERAS S.A. por impedir las labores de inspeccion, contraviniendo lo dispuesto en el Articulo 6º de la Resolucion Ministerial Nº 280-98-PE, lo que configura infraccion al literal f) del Articulo 188º del Decreto Supremo Nº 01-94-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca, MORDAZA vigente al momento de la comision de la infraccion, la misma que se encuentra contemplada en el numeral 21 del Articulo 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, publicado el 14 de marzo del 2001, por lo que existe merito a la imposicion de la sancion correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el literal a) del Articulo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del Articulo 14º de la Escala de Multas, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-99-PE, cuyas disposiciones se mantienen vigentes en virtud de la Resolucion Ministerial Nº 251-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a GERENCIA Y REPRESENTACIONES PESQUERAS S.A., con multa ascendente a

4,5 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) por infringir el literal f) del Articulo 188º del Decreto Supremo Nº 01-94PE. Articulo 2º.- Para los fines de determinar el importe de la multa se considerara la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que este vigente al momento de hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipulado en el Articulo 137º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 3º.- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el Banco de la Nacion, Cuenta Corriente Nº 00-000-282723 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente deposito ante la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolucion o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de la sancion opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Articulos 1º y 6º de la Resolucion Ministerial Nº 201-2001-PE, caso contrario, de no existir impugnacion en tramite, se procedera a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREYRE Directora Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia 7480

PROMUDEH
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del CONADIS
RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2002-PROMUDEH MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 27050 se creo el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad CONADIS, incorporandose como un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que por Resolucion Ministerial Nº 173-2000-PROMUDEH de fecha 19 de MORDAZA del 2000, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS; Que en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del CONADIS; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27050, Nº 27209 y Nº 27573, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Resolucion Ministerial Nº 1732000-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, con un total de 65 plazas, de acuerdo a lo indicado en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.