Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2002 (28/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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nitenciario de Mujeres - Chorrillos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MAGALY ANNAI MORDAZA MORDAZA, incumplieron lo establecido en los incisos a) y c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, incurriendo en las faltas administrativas de caracter disciplinario previstas en los incisos a) y k) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo recomendado en el informe por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y Oficina General de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de SESENTA (60) dias, sin goce de remuneraciones a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de TREINTICINCO (35) dias, sin goce de remuneraciones a la servidora MAGALY ANNAI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA servidoras del Establecimiento Penitenciario de Mujeres - Chorrillos, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a las precitadas servidoras a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y de ser necesario mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 7655

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Autorizan contratacion de servidores bajo la modalidad de servicios no personales, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 332/INC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 141-2002-INC/GA la Gerencia Administrativa senala que con el fin de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de la Entidad, teniendo en cuenta las caracteristicas de las labores que cumplen los servidores detallados en el mencionado Informe, la contratacion de los mismos se ajusta a lo preceptuado por literal h), del Articulo 19º de Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y al Articulo 111º del Reglamento de la citada Ley, que establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial, la persona del locador, sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, encontrandose exonerados del MORDAZA de Seleccion correspondiente; Que, por Informe Nº 094-2002-INC/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto senala que existen los recursos presupuestales para realizar la contratacion de los servidores precitados, precisandose su afectacion a nivel de meta presupuestaria y cadena funcional programatica; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el De-

creto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso h) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones para servicios personalisimos; Que, el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que las contrataciones y adquisiciones exoneradas de conformidad con el Articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 105º, agregando que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, en consecuencia resulta conveniente la emision de la Resolucion Directoral Nacional, mediante la cual se declare la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por ser de caracter personalisimo los servicios que presta el personal detallado en el Informe Nº 141-2002-INC/GA; Que, mediante Informe Nº 224-2002-INC/GL, la Gerencia Legal senala que habiendose determinado que las contrataciones MORDAZA mencionadas deben realizarse con personas que posean conocimientos particulares o esenciales, y en este caso, cuentan con resoluciones para el desempeno de sus respectivos cargos, debe necesariamente tenerse en cuenta la persona del locador, condicion de caracter personalisimo, por lo que carece de objeto llevarse a cabo los Procesos de Seleccion correspondientes; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27209, "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", Ley Nº 27573 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2002", el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Decreto de Urgencia Nº 003-2002, Decreto de Urgencia Nº 010-2002 y el Decreto Supremo Nº 027-2001ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion de los Procesos de Seleccion de Adjudicacion Directa, las contrataciones de los servidores del Instituto Nacional de Cultura detallados en Anexo adjunto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- APROBAR la adquisicion de los servicios no personales referidos en el articulo precedente. Articulo 3º.- EXONERAR al Instituto Nacional de Cultura del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la contratacion de los servidores del Instituto Nacional de Cultura senalados en el Anexo a que se contrae el Articulo 1º de la presente Resolucion, por la modalidad de Servicios No Personales. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratacion de los servidores MORDAZA referidos, bajo la modalidad de Servicios No Personales, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 5º.- La contratacion y/o adquisicion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Articulo 6º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a las metas Presupuestales y Cadena Funcional Programatica del ano 2002, Cadena del Gasto 5.3.11.27, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 7º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes sera remitida a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 7641

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