Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

Que, el ex Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, convoco a Concurso Publico Nº 004-2002-MITINCI/CE, con el objeto de seleccionar a la empresa que le debia prestar el servicio de seguridad y vigilancia, otorgando la Buena Pro a la empresa postora Atalaya S.R.L. Dicho Concurso, a partir del otorgamiento de la Buena Pro es conducido por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo creado por la Ley Nº 27779, de acuerdo a su Ley de Organizacion y Funciones Nº 27790 y Decreto de Urgencia Nº 038-2002; Que, el Comite Especial a cargo del Concurso Publico Nº 004-2002-MITINCI/CE, mediante acciones de control posterior ha verificado que seis (6) Constancias de Conformidad del Servicio, presentadas por la empresa Atalaya S.R.L, han sido cuestionadas por las empresas que presuntamente las han expedido, en unos casos porque no coinciden con las realmente emitidas, en otros, por no haber sido firmadas por sus representantes; Que, el puntaje asignado a tales Constancias determino que la empresa pasara a la siguiente etapa del MORDAZA y que obtuviera la Buena Pro, toda vez que si no se hubiera considerado el puntaje asignado a tales documentos (18 puntos). Atalaya S.R.L. solo hubiera alcanzado 79 puntos, puntaje inferior al minimo de 80 exigido por el articulo 68º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, para pasar a la etapa de MORDAZA de Propuestas Economicas, en consecuencia dicha empresa, hubiera quedado descalificada; Que, ademas, dentro del MORDAZA de seleccion referido, el Gerente de la empresa Atalaya S.R.L., don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Declaracion Jurada de fecha 23 de MORDAZA de 2002, declaro bajo juramento que es responsable de la veracidad de los documentos presentados, entre los cuales se encuentran las denominadas "Constancias de Conformidad del Servicio", las que fueron materia de calificacion para determinar el puntaje que debia asignarse a la Propuesta Tecnica presentadas por dicho postor; Que, el irregular accionar de dicha empresa, ha motivado que mediante Resolucion Ministerial Nº 025-2002MINCETUR/DM, de fecha 19 de agosto de 2002, se declare la nulidad del Concurso Publico Nº 004-2002-MITINCI/CE y se retrotraiga a la etapa previa a la calificacion de las Propuestas Tecnicas, circunstancia que perjudica a la Entidad y a los demas postores que participaron en el MORDAZA de seleccion; en el caso del Ministerio por los costos operativos que ha tenido que asumir para la realizacion del MORDAZA, asi como por no contar con el proveedor que le debe brindar el servicio de seguridad y vigilancia en la oportunidad prevista; Que, de acuerdo al ordenamiento civil, aquel que por dolo o culpa causa un dano a otro esta obligado a indemnizarlo; asimismo, de acuerdo al ordenamiento penal la utilizacion de documentos falsos, originando perjuicio, constituyen un ilicito penal; Que, en el presente caso se ha producido dano a la institucion y existen indicios razonables de delito; De conformidad con la Ley Nº 27790, Decreto de Urgencia Nº 038-2002 y con los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; De acuerdo al Informe Nº 022-2002-MINCETUR/SGOAG de la Oficina de Asesoria General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones civiles y penales que correspondan, por los hechos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolucion, contra la empresa Atalaya S.R.L., su representante legal don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los demas que resulten responsables, remitiendole para tal efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 15221

MIMDES
Aprueban Directiva "Medidas de Austeridad, Racionalidad y Transparencia en el Gasto Publico"
OFICINA NACIONAL DE COOPERACION POPULAR COOPOP RESOLUCION GERENCIAL Nº 066-2002-GG/COOPOP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 VISTO: El Informe Nº 733-2002-GA/COOPOP de fecha 4 de MORDAZA del 2002, emitido por la Gerencia de Administracion, relativo al Proyecto de Directiva sobre "Medidas de Austeridad, Racionalidad y Transparencia en el Gasto Publico", para el Ejercicio Fiscal 2002. CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27576, "Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2002", Decreto de Urgencia Nº 0302002, Resolucion Ministerial Nº 264-2002-EF/10, del 24 de junio del 2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, publicado el 28 de junio del 2002 y Resolucion Suprema Nº 025-2002-PROMUDEH, se ha normado las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia en el gasto publico, en materia de personal, planillas, bienes y servicios las mismas que deben ser observadas sin excepcion por la Sede Central y las Unidades Operativas en el ambito nacional; Que, la Gerencia de Administracion, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 17º de la Ley Nº 27573, "Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2002", del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Resolucion Ministerial Nº 264-2002-EF/10 del 24 de junio del 2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002 y Resolucion Suprema Nº 025-2002-PROMUDEH publicado el 6 de MORDAZA del 2002, que establecen medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el Gasto Publico para el presente ano, ha formulado el proyecto de Directiva que como anexo forma parte de la presente Resolucion a efectos de aplicar y utilizar correctamente los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento en la asignacion presupuestal de la Institucion estableciendo las disposiciones presupuestales y administrativas que deben cumplirse, en la Sede Central y en las Unidades Operativas en el ambito nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" en su articulo 73, numeral 7.3 que establece: Si no es designado Titular o Suplente, el cargo es asumido transitoriamente por quien le sigue en jerarquia en dicha unidad; correspondiendole, en consecuencia a la Gerencia General asumir las responsabilidades inherentes al cargo de la Presidencia Ejecutiva de la Institucion, y al Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH, Art. 17 inciso h), por lo que con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2002-GG/ COOPOP "Medidas de Austeridad, Racionalidad y Transparencia en el Gasto Publico", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion Gerencial. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva que se aprueba. Articulo 3º.- Disponer que el Area de tramite Documentario, se encargue de difundir y hacer conocer la Directiva que se aprueba a todas las Dependencias e Instancias de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General

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