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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (25/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 228828 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de agosto de 2002 das por el personal de la Entidad en los cargos estableci- dos en el Cuadro para Asignación de Personal -CAP. • Las referidas suscripciones de contratos serán au- torizados por la Presidencia Ejecutiva o por quienes éste delegue, previo informe favorable de la Gerencia de Pla- neamiento, respecto de la disponibilidad presupuestal co- rrespondiente y de la Gerencia de Administración a tra- vés de la Subgerencia de Personal, sobre las calificacio- nes del locatario, la naturaleza del servicio, el tiempo de duración del mismo y el monto de los honorarios. B.- SERVICIOS • Queda prohibido la autorización de viajes al exterior para todo el personal de COOPOP quedando exceptuado el Titular del Pliego. • El uso de los viáticos o cualquier otra asignación de naturaleza similar que perciba el comisionado por cual- quier concepto no podrá superar los S/.150.00 diarios por lo que es necesario modificar la escala de viáticos en su numeral 8.3, sobre el pago de movilidad local, que cubra la diferencia sobre el monto de la asignación de la escala de viáticos del numeral 8.1 de la Directiva N° 002- 2002-PE/COOPOP. "Normas para el Otorgamiento de Viáticos dentro del Territorio Nacional a Funcionarios y Servidores de COOPOP", dando cumplimiento al Decre- to de Urgencia N° 030-2002. quedando exceptuado el titular del Pliego. • El uso de los teléfonos fijos debe tener un consumo máximo de S/. 600.00; en el caso de que por razones justificadas se supere dicho monto se deberá obtener la autorización de la Gerencia General, caso contrario, in- currirán en falta administrativa, independiente de la asun- ción del gasto incurrido. Quedando exceptuado el Titular del Pliego. • El uso de los teléfonos celulares se encuentra prohibi- do a los trabajadores de COOPOP, comprendiendo a la comunicación por radio - celular (función de radio tronca- lizado digital y Pcs) quedando exceptuado el Titular del Pliego, la Gerencia General, las Gerencias, Subgeren- cias y los Funcionarios que cumplen funciones de pren- sa y comunicaciones de la Institución. • El uso de taxis para movilidad local deberá adoptarse un real y estricto control del uso que debe ser solo para casos de urgencia autorizados por el Jefe Inmediato y la Gerencia de Administración. • Se encuentra exceptuado las acciones de publici- dad (prensa escrito, radial o televisiva o medio equiva- lente) así como las publicaciones que se realizan como medios de difusión y capacitación, en la ejecución de las actividades de naturaleza funcional y operativa de la Ins- titución. • Las llamadas telefónicas tendrá un tiempo máximo de tres minutos con excepción de las Gerencias y Sub- gerencias de COOPOP. • La Organización de eventos se efectuará en los ca- sos estrictamente necesarios y con la autorización de la Presidencia Ejecutiva o quien ella delegue. • Al término de la jornada laboral, el personal deberá apagar sus equipos y luminarios y para su cumplimiento el personal de vigilancia y seguridad, verificará que los am- bientes de trabajo tengan los equipos, artefactos eléctri- cos y luminarias apagados debiendo comunicar a la Ge- rencia de Administración sobre dicha infracción para su inmediata corrección. • El uso de servicios de mensajería deberá de raciona- lizarse de acuerdo a la necesidad indispensable de trámite documentario. C. BIENES • En materia de combustible, se le asignará 30 galones mensuales por unidad móvil asignada a los funcionarios, de la manera siguiente: - Presidencia Ejecutiva. 01 camioneta - Gerencia General 01 camioneta. - Gerencia de Administración 01 camioneta - Jefes de Unidades Operativas, para realizar funcio- nes estrictamente institucional, bajo responsabilidad. Que- dando exceptuado al titular del Pliego. • Todas las unidades móviles deberán pernoctar en los locales de COOPOP en las noches y días no labora- bles, salvo en los casos que se encuentren en comisiónde servicio. La Gerencia de Administración por interme- dio de la SubGerencia de Logística elaborará una directi- va para su control, así como el consumo de combustible para las Unidades Móviles operativas de COOPOP. • La Subgerencia de Logística y Jefes de Unidades Operativas, antes de convocar a procesos de selección deberá contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva; el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento, que deberá ceñirse a la programación tri- mestral del Presupuesto Institucional de COOPOP. • La Subgerencia de Logística antes de iniciar los pro- cesos de adquisición o contratación, coordinará con las dependencias de los cuales provienen los requerimien- tos y efectuar estudios de las posibilidades que ofrece el mercado, de modo que se cuente con la información, para la descripción y especificaciones técnicas de los bienes y servicios u obras, así como para definir los valores re- ferenciales de adquisición ó contratación y el proceso de selección mediante el cual se realizará la adjudicación, teniendo los principio de moralidad, libre, competencia, imparcialidad, eficiencia, economía, vigencia tecnológi- ca y trato justo e igualitario, con la finalidad que COOPOP, obtenga bienes, servicios en forma oportuna y a precios adecuados, que deberá ceñirse a la programación trimes- tral del presupuesto Institucional de COOPOP. • La Subgerencia de Logística queda autorizada a ra- cionalizar la atención de útiles de escritorio y de limpieza en función de stock y a la demanda de la Presidencia Ejecutiva, Gerencia General, Gerencias, SubGerencias y las Unidades Operativas. • Se intensificará el uso del e-mail para las comunica- ciones internas, salvo aquellas en que se precise el docu- mento físico suscrito por el remitente. • El fotocopiado e impresión de documentos se efec- tuará en el anverso y reverso de la hoja. • La Gerencia de Administración a través de la Subge- rencia de Contabilidad y Tesorería y Jefes de Unidades Operativas deben tomar acciones de control revisión, se- guimiento y supervisión en la ejecución de los gastos públicos en sus ámbitos correspondientes. • Con relación al manejo financiero y pago oportuno a los proveedores es de responsabilidad de la Gerencia de Administración el pago de las facturas, recibos y demás documentos que acrediten una cuenta por pagar, producto de una transacción registrada en el sistema integrado de administración financiera, deberá ser pagado dentro de los treinta días calendario siguiente a la fecha en qué se produjo el DEVENGADO. • Todo compromiso registrado en el SIAF, que no se haya devengado dentro de los noventa (90) días calenda- rio siguiente a la fecha de compromiso, será anulado au- tomáticamente del sistema, con lo cual la transacción que dio origen a dicho registro quedará sin efecto. VIII. NORMAS COMPLEMENTARIAS 8.1 La Gerencia de Administración queda facultada a tomar las acciones de control revisión seguimiento y su- pervisión de los gastos de funcionamiento de la sede Cen- tral y de las Unidades Operativas, teniendo competencia la Subgerencia de Contabilidad y Tesorería (Área de rendi- ciones de cuentas) Subgerencia de Logística y Control Previo Interno. 8.2 Las normas no previstas en la presente Directiva, serán complementadas por la Gerencia de Administración. 8.3 La Gerencia de Auditoría Interna se encargará de velar por el estricto cumplimiento y supervisión de la pre- sente Directiva. IX. RESPONSABILIDADES 9.1. Las Gerencia General, las Gerencias, de Adminis- tración, de Equidad y Desarrollo, de Concertación y Co- municación, de Asesoría Jurídica ,de Auditoria Interna, de Planeamiento, los Jefes y Especialistas Administrativos de las Unidades Operativas son los responsables de verificar la Legalidad del Gasto y el manejo adecuado de los re- cursos asignados por toda fuente de financiamiento du- rante la ejecución presupuestal del año 2002. 9.2. La Gerencia de Administración cautelará el cum- plimiento de la presente Directiva. 9.3. La Gerencia de Auditoría Interna, se encargará de cautelar el estricto cumplimiento de la presente Direc- tiva e informará bajo responsabilidad, a la Contraloría Ge-