Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 15222

nor Consejero MORDAZA MORDAZA, quien no interviene por encontrarse de vacaciones, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de MORDAZA Poccona, distrito y provincia de Yunguyo, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, con sede en la capital del referido Centro Poblado y competencia ademas en las Comunidades Campesinas de San MORDAZA de Totora, MORDAZA MORDAZA, Phona Primero, Phona MORDAZA, Phona Calapune y Phona Chama Jahuira. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Fiscal de la Nacion, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 15139 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 118-2002-CE-PJ MORDAZA, 7 de agosto del 2002

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz No Letrados en Centros Poblados Menores del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 116-2002-CE-PJ MORDAZA, 7 de agosto del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 139-2001-P-CSJPU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Memorial de autoridades y pobladores del Centro Poblado de MORDAZA Poccona, distrito y provincia de Yunguyo, departamento de MORDAZA, y el Informe Nº 056-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado de MORDAZA Poccona, distrito y provincia de Yunguyo, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, solicitada por autoridades y pobladores del referido Centro Poblado; Que, la Solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por autoridades y pobladores del Centro Poblado de MORDAZA Poccona, tiende a la Creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el citado Centro Poblado; fundamentandola en tener poblacion aproximada de 1,833 habitantes ubicados en las comunidades campesinas de San MORDAZA de Totora, MORDAZA MORDAZA, Phona Primero, Phona MORDAZA, Phona Calapune y Phona Chama Jahuira, alejados de los Juzgados aledanos, por cuya razon sus habitantes no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, la creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de MORDAZA Poccona, contribuira a resolver los conflictos que afronten los pobladores de este Centro Poblado y de las comunidades vecinas de San MORDAZA de Totora, MORDAZA MORDAZA, Phona Primero, Phona MORDAZA, Phona Calapune y Phona Chama Jahuira, coadyuvando al mejor servicio de administracion de justicia en los lugares de la Republica con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 056-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado de MORDAZA Poccona; Que, de conformidad con el texto modificado del articulo 82º, inciso 24, de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial esta facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del se-

VISTOS: El Oficio Nº 277-2002-P-CSJPU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la Solicitud del MORDAZA del Centro Poblado Menor de Luquina Grande, distrito de Chucuito, provincia y departamento de MORDAZA, y el Informe Nº 087-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Luquina Grande, distrito de Chucuito, provincia, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, solicitada por el MORDAZA del referido Centro Poblado; Que, la Solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por el MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Luquina Grande, tiende a la creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el referido Centro Poblado; fundamentandola en tener poblacion aproximada de 1022 habitantes alejados de los Juzgados de Paz mas cercanos, por cuya razon sus habitantes no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, la creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Luquina Grande, contribuira a resolver los conflictos que afronten los pobladores de este Centro Poblado, constituido por las Comunidades Campesinas de Luquina Grande, Luquina Chica, San MORDAZA de Pucani, Tacasaya y MORDAZA, coadyuvando al mejor servicio de administracion de justicia en los lugares de la Republica con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 087-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creacion del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Luquina Grande; Que, de conformidad con el texto modificado del articulo 82º, inciso 24, de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial esta facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, quien no interviene, por encontrarse de vacaciones, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad;

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