Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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neral de la Republica, dentro de los cinco (5) dias habiles de vencido cada trimestre, respecto al cumplimiento detallado de la aplicacion del Decreto de Urgencia. MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 15098

VIVIENDA
Transfieren a titulo oneroso terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, para la ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2002-VIVIENDA MORDAZA, 24 de agosto de 2002 Visto el Oficio SE-422-2002, por el cual la Secretaria Ejecutiva del Fondo MIVIVIENDA comunica el resultado del Concurso Publico Nº 002-FM-2002 convocado para la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26912, modificada por los Decretos de Urgencia Nºs. 091-2000, 020-2001 y 0722001 y las Leyes Nºs. 27089 y 27511, se creo el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda -Fondo MIVIVIENDA-, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion de la propiedad privada de vivienda, mediante la creacion de mecanismos de financiamiento con participacion del sector privado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, se aprueba el Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, complementado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 013-2002-MTC; Que, el Fondo MIVIVIENDA convoco mediante Concurso Publico Nº 002-FM-2002 la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social en el terreno de propiedad estatal de 20,049.00 m2, denominado Lote Nº 2, ubicado con frente a la Alameda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, Proyecto Los Proceres, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 361187 con continuacion en la Partida Electronica Nº 44769204 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo MIVIVIENDA establece que el Estado, mediante Resolucion Suprema, aprobara la transferencia del terreno correspondiente a favor del adjudicatario del proyecto de construccion, determinandose expresamente el plazo para la ejecucion del mismo; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 084-2002-EF, establece que los constructores y/o promotores cancelaran el valor del terreno y adicionalmente deberan presentar garantias que aseguren el cumplimiento de las obligaciones contenidas en su propuesta, a fin de no desvirtuar la finalidad de la adjudicacion de los terrenos de propiedad estatal, por lo que no se estipulara la reversion sobre los terrenos adjudicados; Que, la empresa HV S.A. Contratistas ha sido declarada ganadora del concurso MORDAZA mencionado, estableciendose en las bases del concurso las condiciones y obligaciones que asumira dicha empresa en la ejecucion de la construccion de viviendas de interes social; Que, asimismo, en dicho concurso ocupo el MORDAZA lugar el Consorcio DHMONT & CG&M S.A.C., a quien se debe consignar en la presente Resolucion, segun los terminos estipulados en las bases administrativas; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26912; Decretos Supremos Nº 006-2002-EF, Nº 013-2002-MTC y Nº 084-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir a titulo oneroso el terreno de 20,049,00 m2, denominado Lote Nº 2, ubicado con frente

a la Alameda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, Proyecto Los Proceres, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la empresa HV S.A. Contratistas, adjudicado mediante Concurso Publico Nº 002FM-2002, el mismo que sera pagado de acuerdo a lo que establezca el contrato respectivo. Articulo 2º.- La empresa HV S.A. Contratistas, en su calidad de adjudicataria, se obliga a la ejecucion del proyecto de construccion de viviendas de interes social en el plazo de 12 (doce) meses. Articulo 3º.- Por merito de la Minuta y correspondiente escritura Publica, que suscriba el Fondo MIVIVIENDA, con intervencion del Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, se inscribira en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, la transferencia a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema. Dichos documentos de transferencia deberan contener expresamente el plazo para la ejecucion del proyecto, el precio del terreno valorizado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, asi como el otorgamiento de las garantias, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la correspondiente propuesta de la empresa adjudicataria, en cuyo caso se aplicaran las penalidades y sanciones, conforme a lo previsto en las bases del concurso publico. Articulo 4º.- El Fondo MIVIVIENDA se encargara de verificar el cumplimiento de la ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social a cargo de la empresa adjudicataria, segun los plazos, obligaciones y condiciones establecidas en el contrato de transferencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Economia y Finanzas, de la Produccion, Vivienda, Construccion y Saneamiento, de Trabajo y Promocion del Empleo, de Justicia, de Transportes y Comunicaciones y de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia y encargado de la Cartera de Produccion MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15214

Designan Asesor de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2002-VIVIENDA MORDAZA, 23 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27779, se modifica la organizacion y funciones de los Ministerios que conforman el Poder Ejecutivo, creandose el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se encuentra en MORDAZA de implementacion; Que, la Alta Direccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, requiere contar con un Asesor que colabore en las actividades del Pliego; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792;

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