TEXTO PAGINA: 13
Pág. 235255 NORMAS LEGALES Lima, martes 17 de diciembre de 2002 cional de Investigación y Capacitación en Teleco- municaciones (INICTEL) y el Instituto Geológico Minero Metalúrgico (INGEMET); Teniendo en cuenta que dicho evento cuenta con la opi- nión favorable del Sector Energía y Minas; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del año 2001; y, el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el "Encuentro Científico Internacional (ECI 2003)", evento a realizarse en la ciudad de Lima, del 2 al 5 de enero de 2003. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Re- laciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 22273 SALUD Facultan a las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados para adquirir medicamentos comprendi- dos en la Licitación Pública Nº 0003- 2002-MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1930-2002-SA/DM Lima, 13 de diciembre del 2002 VISTOS: El Oficio OGA Nº 2661-2002. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 470-2002-SA/ DM, el Titular del Pliego centralizó las adquisiciones de medi- camentos correspondientes a las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal del Ministerio de Salud, a través de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 488-2002-SA/DM de fecha 4 de marzo del 2002 se aprobó la Directiva Nº 006- 2002-OGA-SA "Directiva para la Adquisición Centralizada de Medicamentos para las Direcciones de Salud, Hospita- les, Institutos Especializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud", la cual se circunscribió a requerimientos por el pe- ríodo julio del 2002 a marzo del 2003, de medicamentos iden- tificados con Denominación Común Internacional (DCI) y dentro del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; Que, por Resolución Ministerial Nº 1791-2002-SA/DM de fecha 20 de noviembre del 2002 se dispuso entre otros, que para los medicamentos declarados desiertos en la primera convocatoria de la Licitación Pública Nº 0003-2002-MINSA, las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializa- dos del Pliego 011 - Ministerio de Salud puedan adquirir, me- diante el proceso de selección que corresponda, los necesa- rios para garantizar su abastecimiento hasta el primer trimes- tre del año 2003, conforme a su disponibilidad presupuestal; Que, mediante Oficio indicado en la parte de vistos de la presente resolución, la Oficina General de Administra- ción precisa que la organización de la adquisición centrali- zada de medicamentos 2003 se encuentra en preparación y que se proyecta que el ingreso de medicamentos deriva- dos de la misma se dé luego del mes de junio, así como que las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Es- pecializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud por el ex- ceso de demanda de los medicamentos comprendidos en la Licitación Pública Nº 0003-2002-MINSA que han exigido las atenciones de salud que brindan, considerando asimis- mo las prevenciones por el Fenómeno del Niño, se encuen- tran desabastecidas para atender sus necesidades por los mismos por el período enero-junio del 2003; Con la visación de la Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformi- dad con lo señalado en el literal l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que las Direcciones de Sa- lud, Hospitales e Institutos Especializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud se encuentran facultadas para adquirir mediante el proceso de selección que corresponda, los medicamentos comprendidos en la Licitación Pública Nº 0003-2002-MINSA, que sean necesarios para garanti- zar su abastecimiento en el período enero-junio 2003, con- forme a su disponibilidad presupuestal. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 22259 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran nulo otorgamiento de la bue- na pro del concurso público internacio- nal Nº 0001-2002-MTC/15.15 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 786-2002-MTC/02 Lima, 13 de diciembre de 2002 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el Consorcio BERGER - INDECONSULT contra el resultado de la eva- luación de la propuesta técnica del Concurso Público In- ternacional Nº 0001-2002-MTC/15.15; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de diciembre de 2002 se llevó a cabo el Acto Público de Apertura de Propuestas Económicas y el Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público In- ternacional Nº 0001-2002-MTC/15.15, para la selección de la empresa consultora o consorcio que se encargará de prestar los servicios para elaborar el Estudio de Factibili- dad del Terminal Portuario de Iquitos; Que, de acuerdo al Acta de Apertura de Propuestas Económicas y de Otorgamiento de la Buena Pro del referi- do Concurso Público Internacional, previamente a la aper- tura de la propuesta económica se dio a conocer los resul- tados de la evaluación de la propuesta técnica, habiéndo- se declarado como no apto la propuesta técnica del Con- sorcio BERGER - INDECONSULT por no haber alcanza- do el puntaje mínimo establecido en las Bases; Que, asimismo, de la mencionada Acta se desprende que el Comité Especial otorgó la Buena Pro al Consorcio P y D S.A. - Tecnosan - Internave, al haber obtenido el punta- je total de 91.94 puntos; Que, con fecha 9 de diciembre de 2002, el Consorcio BERGER - INDECONSULT, interpuso Recurso de Apela- ción contra el resultado de la evaluación de la propuesta técnica, solicitando que se modifique la evaluación de su propuesta, ya que el Comité Especial ha tomado criterios no indicados en las bases integradas; Que, el numeral 5.0 de las Bases señala que los servicios materia de concurso, cuentan con financiamiento externo otor- gados por la Corporación Andina de Fomento (CAF); Que, el Título II Base Legal de las Bases establece que las normas aplicables al Concurso Público Internacional alu- dido son el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; Que, de los documentos contenidos en el expediente, así como lo señalado en el recurso impugnativo del postor, en base a la calificación detallada que fuera proporcionada por el Comité Especial, se puede observar que cada uno de sus miembros calificó las propuestas de forma individual, procediendo poste- riormente a elaborar un promedio de dichas calificaciones; Que, el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Comité Especial debe actuar en forma colegiada, siendo requisito para la validez de sus acuerdos que éstos sean tomados por unanimidad o mayoría; Que, en tal sentido, el método de calificación de propues- tas empleado en el presente proceso de selección contradice