Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2002 (20/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 20 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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mienda se adopte las medidas del caso, dado que esta por terminar el presente ano fiscal; Que analizado lo anterior se puede indicar que los beneficiarios del Programa Distrital del Vaso de Leche han acordado solicitar el cambio del producto de leche entera en polvo por leche evaporada, la misma que seria en bolsi - tanto, mucho mas economica que la leche entera en polvo o leche evaporada en tarro. Que se agrega que la partida presupuestaria del Presupuesto de la entidad referida a la adquisicion de los productos del programa del vaso de leche se encuentra agotada, por lo que la adquisicion de dicho producto debera efectuarse mediante recursos propios, y que hasta la fecha CONSUCODE no responde las consultas efectuadas por el Comite Especial de la entidad referidas a los pasos a seguir en la Nulidad Parcial de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2002-CE/MVMT, lo que reanudarlo segun los plazos legales hasta el otorgamiento de la buena pro excederia del presente ano fiscal, hecho que careceria de objeto dado que el producto requerido inicialmente ha sido modificado y dado que se ha agotado la partida presupuestal del presupuesto previsto para la adquisicion de productos del programa distrital del vaso de leche; Que la Oficina de Asesoria Legal, mediante su Informe de Vistos concluye que analizando los hechos, se produce y configura causal de Cancelacion del MORDAZA de seleccion previsto en el articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la modalidad de que "ha desaparecido la necesidad de contratar", al requerir los propios beneficiarios del programa un producto distinto al que es objeto la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2002-CE/MVMT. Esto aunado que la partida presupuestaria se encuentra agotada, conforme los hemos mencionado anteriormente. Es por ello, que recomienda se adopte la disposicion municipal respectiva; Con el Visto MORDAZA de la Oficina de Administracion, la Oficina de Asesoria Legal y la Unidad de Abastecimiento; De conformidad al articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico fue aprobado mediante el D.S. Nº 012-2001-PCM; y de conformidad a lo establecido en el articulo 21º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante el D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CANCELAR el MORDAZA de Seleccion de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2002-CE/ MVMT, sobre Adquisicion de Cereales Enriquecidos y Alimentos Enriquecidos Lacteos, al haber desaparecido la necesidad de contratar, por los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- COMUNICAR la presente decision al Comite Especial dentro del plazo legal, para que actue conforme lo senala el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente resolucion tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el diario donde se hayan efectuado las convocatorias dentro del plazo establecido en la ley. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 16 de diciembre del 2002. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Director Municipal 22657

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL C.P.M. DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, acordo lo siguiente: CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, se les reconoce a los Gobiernos Locales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Art. 41º del TUO del Codigo Tributario, aprobado con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio las sanciones respecto a los tributos que administren; Estando a lo expuesto de conformidad con los Arts. 47º Incs. 2) y 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, aprueba la siguiente Ordenanza: Articulo 1º.- Se encuentran comprendidos todos aquellos contribuyentes del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA de Huachipa que mantienen deudas pendientes de pago por concepto de Tributos hasta el ano 2002, en el estado en que se encuentren y se les condonara el pago de los intereses moratorios y los factores de reajuste, correspondiendo solo el pago del tributo insoluto. La misma que tendra una vigencia desde el 2 hasta el 31 de diciembre del ano en curso. Articulo 2º.- Las Infracciones Tributarias y las No Tributarias (Multas Administrativas) se les condonara el 80% sobre el monto insoluto. Articulo 3º.- Si la deuda se encontrase en Cobranza Coactiva, el Ejecutor Coactivo dispondra la suspension del MORDAZA por el periodo que dure el Beneficio. Si durante la vigencia de la presente Ordenanza el deudor se acoge al Beneficio, debera cancelar la cantidad de Trece y 00/100 Nuevos Soles (S/. 13.00) por concepto de costas. Los contribuyentes que hayan interpuesto Expedientes de Reclamacion, Reconsideracion o Apelacion; presentada ante cualquier instancia administrativa o judicial, deberan desistirse formalmente dentro del plazo de la vigencia de la presente ordenanza. Articulo 4º.- Los contribuyentes podran realizar sus pagos de la siguiente manera: - Al Contado. - En forma fraccionada - Las deudas superiores a Doscientos y 00/100 Nuevos Soles para las personas naturales y Un Mil y 00/100 Nuevos Soles para las personas juridicas podran suscribir convenios de pago fraccionado con una cuota inicial del 30% de la deuda insoluta y el saldo hasta en seis cuotas mensuales a las cuales se les aplicara el interes de acuerdo a lo dispuesto por el inciso a) del articulo 33º del Codigo Tributario. Para casos excepcionales se le faculta al Director de Administracion y Rentas a autorizar montos menores y/o plazos mayores y el importe de las cuotas de fraccionamiento. Articulo 5º.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias. Articulo 6º.- Encargar a la Direccion de Administracion y Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22564

MUNICIPALIDAD DEL CPM MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Establecen disposiciones referidas a contribuyentes del distrito que mantienen deudas pendientes de pago por concepto de tributos hasta el ano 2002
ORDENANZA Nº 014-MCPMSMH
CPM MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 28 de noviembre de 2002

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