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Pág. 235454 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de diciembre de 2002 do Di Tola y Manuel Gonzales Prada, Urb. Condevilla 2da. Etapa del distrito de San Martín de Porres, provincia y de- partamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, según el Plano Urbano Distrital de San Martín de Porres, aprobado mediante Ordenanza Nº 183-MML de fe- cha 15 de noviembre de 1998, vigente a la fecha, calificó al terreno del recurso como Zona Residencial de Densidad Media R-4, conforme indica el Plano Nº Lima-31; Que, la Municipalidad Distrital de San Martín de Po- rres, mediante Oficio Nº 0420-98-AL/MDSMP de fecha 11 de noviembre de 1998 remitió el Informe Nº 082-98-DC/ DODU/MDSMP de fecha 24 de setiembre de 1998, me- diante el cual se pronuncian por la procedencia del cambio de uso de parque a plaza para fines de culto religioso y ceder el área de 600.00 m2 a favor de la Hermandad del Señor de los Milagros; Que, de conformidad con el Plano de Lotización y Áreas de Replanteo de Complementación de áreas y linderos Nº 1308-COFOPRI-99-GT aprobado por COFOPRI, consig- na que el área de 600.00 M2 es parte del área aprobada como área libre y circulación, no observándose al terreno materia de solicitud, en el referido plano, como área desti- nada para recreación pública; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 778-00-MML/DMDU-OPDM-DPTN de fecha 21 de setiem- bre de 2000, considera que es factible la Desafectación y Asignación de Zonificación para el uso de Capilla (OU) para el área de 600.00 m2, teniendo en consideración que cuenta con opinión favorable de la Municipalidad Distrital, y por cons- tituirse la iglesia en un centro de bien social; Que, la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 182-2001-MML/ DMDU/UTL de fecha 1 de octubre de 2001, opinó que la referi- da solicitud deberá considerarse como un pedido de cambio de uso y asignación de zonificación, manteniendo el terreno la condición de área pública, pudiendo aún con esta condición concederse el uso del mismo, al solicitante, por el tiempo que la Ley establece para usufructuarlo para el fin solicitado; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Acuer- do Nº 140-2002-MML-CDU adoptado en Sesión Nº 018 de fecha 23 de mayo de 2002 y tomando en consideración el informe emitido por la Subcomisión de Asentamientos Hu- manos, acordó aprobar la desafectación solicitada, ade- más de constituirse en un bien social; De conformidad con lo establecido en el Articulo 81º y lite- ral c) del Articulo 86º del Reglamento Interno del Concejo Me- tropolitano y de acuerdo con lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano en su Dictamen Nº 066 -2002-MML-CDU; Aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Único.- Declárese procedente la Desafectación y Asignación de Zonificación para el uso de Capilla (OU) al área de 600.00 M2, que forma parte de un área mayor de 3,082.82 m2, ubicado entre los jirones Fernando Di Tola y Ma- nuel Gonzales Prada, Urb. Condevilla 2da. Etapa, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil dos GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 22552 Declaran improcedente solicitud sobre cambio de uso de lote ubicado en el dis- trito de Santiago de Surco ORDENANZA Nº 447 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA:Visto en Sesión Ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2002 el Documento Simple Nº 000034877-98, seguido por doña Dominga Monzón Laime Vda. de Huamaní, solicitan- do Cambio de Uso de Local Comunal a Vivienda, corres- pondiente al Lote 1, Mz. A del Asentamiento Humano Par- que Alto, cuya área es de 72.25 m2, del distrito de Santia- go de Surco, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el plano de zonificación Nº PZD-001-98-MSS co- rrespondiente al distrito de Santiago de Surco, aprobado por Ordenanza Nº 199 de fecha 21 de diciembre de 1998, vigente a la fecha, calificó al mencionado terreno como Zona Residencial de Densidad Media R-4. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1147 de fe- cha 17 de setiembre de 1990 se aprobó el Plano de Traza- do y Lotización del Asentamiento Humano Parque Alto, calificando al citado lote de terreno como Local Comunal. Que, de acuerdo al Sistema Vial Metropolitano de Lima apro- bado mediante Ordenanza Nº 199-MML y ratificado por Orde- nanza Nº 341-MML, el terreno de propiedad de la recurrente se encuentra afecto a las obras de prolongación de la Av. La Castellana calificada con sección A-80 con 40.00 ml. Que, la Subdirección de Asentamientos Humanos, me- diante Informe Nº 058-99-SDAH-MSS de fecha 3 de marzo de 1999, manifiesta que mediante documentos está acre- ditada la posesión del mencionado terreno por don al Sr. Zacarías Huamaní, esposo de la recurrente. Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante In- forme Nº 442-99-MML/DMDU-OPDM-DPTN de fecha 31 de mayo de 1999, previa inspección ocular, verificó que el uso actual del terreno es de vivienda, con afectación por las obras de la Prolongación de la Av. La Castellana. Que, la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 424-99-MML/DMDU/ UTL de fecha 24 de agosto de 1999, opina que el cambio de uso debería ser solicitado por el Asentamiento Humano Par- que Alto por ser beneficiaria del Local Comunal a que está destinado el terreno, opinando porque no procede lo solicitado por no cumplir con los requisitos establecidos en el TUPA-98 y por no tener pronunciamiento expreso tanto de la Municipali- dad Distrital, como del Asentamiento Humano. De conformidad con lo establecido en el Artículo 81º y literal c) del Artículo 86º del Reglamento Interno del Con- cejo Metropolitano, y la opinión de la Comisión de Desa- rrollo Urbano en su Dictamen Nº 067-2002-MML-CDU. Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Declárese improcedente la solicitud for- mulada por doña Dominga Monzón Laime Vda. de Huamaní, sobre Cambio de Uso del Local Comunal a Vivienda del Lote 1, Mz. A del Asentamiento Humano Parque Alto, cuya área de terreno es de 72.25 m2, del distrito de Santiago de Surco, pro- vincia y departamento de Lima, por encontrarse afectado para las obras de prolongación de la Av. La Castellana. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil dos. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 22545 Declaran procedente desafectación y cambio de uso de Zona de Recreación Pública a Otros Usos de terreno ubica- do en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 303 Lima, 21 de noviembre de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de la fecha el Documento Simple Nº 43195- 96 y Expediente Codificado Nº 20362 seguido por la Municipa-