Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

Pág. 235459 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de diciembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 095-MDB, de fecha 5 de junio del 2002, se aprobó el Reglamento General para la obtención de la Licencia de Apertura y Funcionamiento de establecimientos en el distrito de Barranco; Que, el artículo Décimo de la indicada Ordenanza es- tablece el horario de funcionamiento en Zona Residencial, de 06.00 a.m. a 11.00 p.m. para Bodegas, Minimarket y otros, sin pronunciarse sobre este tipo de establecimientos que están ubicados en Zona Comercial; Que, se hace necesario determinar el horario tope para el funcionamiento de los establecimientos de tipo Bode- gas, Minimarkets y Licorerías que están ubicados en la Zona Comercial; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades con- feridas en la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici- palidades ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer como horario de funcio- namiento de los establecimientos dedicados a los giros de Bodegas, Minimarkets y Licorerías, ubicados en Zona Co- mercial, de 06.00 a.m. a 11.00 p.m. Artículo Segundo.- Determinar que ningún estable- cimiento dedicado a los giros indicados en el artículo ante- rior podrá funcionar después del horario autorizado, caso contrario se procederá a la clausura temporal del estable- cimiento y de persistir el hecho se procederá revocar la Licencia de apertura y Funcionamiento otorgada y la clau- sura definitiva del mismo. Artículo Tercero.- Determinar que los Establecimientos comerciales dedicados a los Giros de Farmacia, Botica o Centros Médicos, funcionarán en horario de 24 horas. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 22592 Modifican numerales 07 y 08 del Texto Único de Procedimientos Administrati- vos de la Municipalidad, relativos a ins- talación de elementos de publicidad exterior ORDENANZA Nº 123-MDB Barranco, 5 de noviembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 0139-02-DCDE-DDU, de fecha 29 de octubre del 2002, emitido por la Jefe de la División de Comercialización y Desarrollo Empresarial, respecto a la Modificación del Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos - TUPA sobre Publicidad Exterior; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en cuyo nu- meral 07 de denominación "Autorización para instalación de elementos de publicidad exterior" se establecen los porcenta- jes de la U.I.T. contemplados como Derechos de Pago según las características de los elementos publicitarios; Que, se ha visto por conveniente incluir en los nume- rales 07 y 08 (Renovación de Autorización) nuevos tipos de anuncios así como establecer el porcentaje a cobrarse por tales elementos; Estando a lo informado y con el voto unánime de sus miembros, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el numeral 07 "Autori- zación para instalación de elementos de publicidad exte-rior", del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, incluyendo lo siguiente: g.Panel Publicitario en berma lateral o central : 50% UIT h.Monolito publicitario en berma central o isla : 55% UIT i.Aviso Publicitario en paradero público : 40% UIT Artículo Segundo.- Modificar el numeral 08 "Reno- vación de la Autorización para instalación de elementos de publicidad exterior", del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, incluyendo lo siguiente: g.Panel Publicitario en berma lateral o central : 25% UIT h.Monolito publicitario en berma central o isla : 25% UIT i.Aviso Publicitario en paradero público : 20% UIT POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 22593 Establecen disposiciones aplicables a los contratos de arrendamiento de pues- tos y kioscos de los Mercados Municipa- les del distrito ORDENANZA Nº 126-MDB Barranco, 28 de noviembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 153-02-DCDE-DDU, de fecha 26 de noviembre de 2002, emitido por la Jefa de la División de Comercialización y Desarrollo Empresarial de esta Muni- cipalidad, respecto a los Contratos de Arrendamiento de Puestos en los Mercados Municipales; CONSIDERANDO: Que, se ha verificado que los módulos de venta cuentan con una cantidad de numeraciones asignadas que no corres- ponden al área utilizada y según la Ordenanza Nº 002-87-MDB, el área a considerarse para efectos de Contratos de Arrenda- miento debe ser por cada numeración asignada; Que, la propuesta de la División de Comercialización y Desarrollo Empresarial de esta Municipalidad, es que el cobro de puestos y kioscos a efectos de suscribir Contrato de Arrendamiento, deberá estar dado de acuerdo al área utilizada para la actividad comercial, proponiéndose un monto de 02 UIT por un área de 3 m2, en calidad de uso exclusivo de puesto; Estando a lo informado y con el voto unánime de sus miembros, ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer que el cobro de puestos y kioscos de los Mercados Municipales del distrito, a efectos de suscripción de Contratos de Arrendamiento, estará dado de acuerdo al área utilizada para la actividad comercial, estable- ciéndose en 02 Unidades Impositivas Tributarias - UIT por un área de 3 m2, en calidad de uso exclusivo de puesto. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presen- te Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 22594