Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2002 (20/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 20 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 095-MDB, de fecha 5 de junio del 2002, se aprobo el Reglamento General para la obtencion de la Licencia de Apertura y Funcionamiento de establecimientos en el distrito de Barranco; Que, el articulo Decimo de la indicada Ordenanza establece el horario de funcionamiento en MORDAZA Residencial, de 06.00 a.m. a 11.00 p.m. para Bodegas, Minimarket y otros, sin pronunciarse sobre este MORDAZA de establecimientos que estan ubicados en MORDAZA Comercial; Que, se hace necesario determinar el horario tope para el funcionamiento de los establecimientos de MORDAZA Bodegas, Minimarkets y Licorerias que estan ubicados en la MORDAZA Comercial; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades ha emitido la siguiente; ORDENANZA

rior", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, incluyendo lo siguiente: g. Panel Publicitario en berma lateral o central : h. Monolito publicitario en berma central o MORDAZA : i. Aviso Publicitario en paradero publico : 50% UIT 55% UIT 40% UIT

Articulo Segundo.- Modificar el numeral 08 "Renovacion de la Autorizacion para instalacion de elementos de publicidad exterior", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, incluyendo lo siguiente: g. Panel Publicitario en berma lateral o central h. Monolito publicitario en berma central o MORDAZA i. Aviso Publicitario en paradero publico POR TANTO: : : : 25% UIT 25% UIT 20% UIT

Articulo Primero.- Establecer como horario de funcionamiento de los establecimientos dedicados a los giros de Bodegas, Minimarkets y Licorerias, ubicados en MORDAZA Comercial, de 06.00 a.m. a 11.00 p.m. Articulo Segundo.- Determinar que ningun establecimiento dedicado a los giros indicados en el articulo anterior podra funcionar despues del horario autorizado, caso contrario se procedera a la clausura temporal del establecimiento y de persistir el hecho se procedera revocar la Licencia de apertura y Funcionamiento otorgada y la clausura definitiva del mismo. Articulo Tercero.- Determinar que los Establecimientos comerciales dedicados a los Giros de Farmacia, Botica o Centros Medicos, funcionaran en horario de 24 horas. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 22592

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 22593

Establecen disposiciones aplicables a los contratos de arrendamiento de puestos y kioscos de los Mercados Municipales del distrito
ORDENANZA Nº 126-MDB
Barranco, 28 de noviembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 153-02-DCDE-DDU, de fecha 26 de noviembre de 2002, emitido por la Jefa de la Division de Comercializacion y Desarrollo Empresarial de esta Municipalidad, respecto a los Contratos de Arrendamiento de Puestos en los Mercados Municipales; CONSIDERANDO: Que, se ha verificado que los modulos de venta cuentan con una cantidad de numeraciones asignadas que no corresponden al area utilizada y segun la Ordenanza Nº 002-87-MDB, el area a considerarse para efectos de Contratos de Arrendamiento debe ser por cada numeracion asignada; Que, la propuesta de la Division de Comercializacion y Desarrollo Empresarial de esta Municipalidad, es que el cobro de puestos y kioscos a efectos de suscribir Contrato de Arrendamiento, debera estar dado de acuerdo al area utilizada para la actividad comercial, proponiendose un monto de 02 UIT por un area de 3 m2, en calidad de uso exclusivo de puesto; Estando a lo informado y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha emitido la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer que el cobro de puestos y kioscos de los Mercados Municipales del distrito, a efectos de suscripcion de Contratos de Arrendamiento, estara dado de acuerdo al area utilizada para la actividad comercial, estableciendose en 02 Unidades Impositivas Tributarias - UIT por un area de 3 m2, en calidad de uso exclusivo de puesto. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 22594

Modifican numerales 07 y 08 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, relativos a instalacion de elementos de publicidad exterior
ORDENANZA Nº 123-MDB
Barranco, 5 de noviembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 0139-02-DCDE-DDU, de fecha 29 de octubre del 2002, emitido por la Jefe de la Division de Comercializacion y Desarrollo Empresarial, respecto a la Modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA sobre Publicidad Exterior; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, en cuyo numeral 07 de denominacion "Autorizacion para instalacion de elementos de publicidad exterior" se establecen los porcentajes de la U.I.T. contemplados como Derechos de Pago segun las caracteristicas de los elementos publicitarios; Que, se ha visto por conveniente incluir en los numerales 07 y 08 (Renovacion de Autorizacion) nuevos tipos de anuncios asi como establecer el porcentaje a cobrarse por tales elementos; Estando a lo informado y con el MORDAZA unanime de sus miembros, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el numeral 07 "Autorizacion para instalacion de elementos de publicidad exte-

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