Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

nar, supervisar y evaluar las actividades tecnico-administrativas y cientificas y ejecuta por delegacion de la Jefatura la Politica Institucional. Articulo 11º.- Le corresponde a la Subjefatura las siguientes funciones: a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecucion de actividades de los diversos organos de la Institucion. b) Proponer a la Jefatura el proyecto del presupuesto institucional y supervisar su ejecucion. c) Formular y proponer a la Jefatura la Politica a seguir en materia de normas y procedimientos tecnicos administrativos. d) Conducir las acciones de comunicacion y difusion del Instituto Nacional de Salud. e) Establecer mecanismos de defensa contra desastres y emergencias en coordinacion con el Sistema Nacional de Defensa. f) Representar a la Jefatura por delegacion o por mandato legal expreso. g) Presidir el Comite Tecnico h) Otras funciones que MORDAZA asignadas y/o delegadas por el Jefe Institucional. Articulo 12º.- La Alta direccion contara con asesores altamente especializados, quienes por encargo del Jefe del Instituto Nacional de Salud brindaran asesoria a los Organos conformantes de la Institucion.
DEL COMITE CONSULTIVO

los Directores Generales y los Directores Ejecutivos de las Oficinas de Asesoria y de Apoyo del Instituto Nacional de Salud. Ademas pueden asistir otros profesionales en calidad de invitados para asuntos especificos. El Comite Tecnico como organo no permanente se reunira por lo menos dos veces al mes y cuando el caso lo amerite. Articulo 19º.- Le corresponde al Comite Tecnico las siguientes funciones: a) Actuar como organo asesor, consultivo, informativo y de coordinacion con la Subjefatura. b) Proponer soluciones a los problemas tecnico-cientificos y otros que pudieran originarse en los centros de su competencia. c) Proponer y mantener la calidad tecnica y cientifica de las actividades especializadas de la Institucion. d) Establecer criterios y metodologias para el adecuado desarrollo de las actividades cientificas en el ambito de su competencia. e) Otras funciones encomendadas por la Subjefatura del Instituto Nacional de Salud.
CAPITULO III DEL ORGANO DE CONTROL OFICINA GENERAL DE AUDITORIA INTERNA

Articulo 13º.- El Comite Consultivo es un organo no permanente y esta integrado por personas naturales y representantes de entidades publicas y privadas, con amplia experiencia para analizar y proponer soluciones a problemas inherentes a las areas de competencia que se originen dentro de la Institucion. El cargo como miembro del Comite Consultivo no inhabilita el desempeno de ninguna funcion publica o actividad privada. Articulo 14º.- El Comite Consultivo esta conformado por representantes del Ministerio de Salud, EsSalud, Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, Organizacion Panamericana de la Salud, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Educacion, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y Universidad Peruana. El Jefe del Instituto Nacional de Salud es quien preside el Comite Consultivo. Articulo 15º.- Los miembros del Comite Consultivo son designados mediante Resolucion Jefatural. Se regira por su propio reglamento, el cual sera elaborado por sus representantes para determinar su funcionabilidad, competencia y alcance. Articulo 16º.- Le corresponde al Comite Consultivo las siguientes funciones: a) Senalar, evaluar y aprobar las politicas y acciones del Instituto Nacional de Salud en concordancia con la Politica Sectorial. b) Emitir opiniones tecnicas en los asuntos que MORDAZA sometidos a consideracion, para un mejor desarrollo de las actividades de la Institucion. c) Proponer las disposiciones legislativas, supremas y/o reglamentarias que juzguen convenientes. d) Elaborar el reglamento interno que regira para su funcionamiento. e) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias. f) Otras funciones que MORDAZA encargadas por el Jefe de la Institucion.
DEL COMITE TECNICO Articulo 17º.- El Comite Tecnico es el organo encargado de asistir a la Subjefatura en todo lo concerniente a la ejecucion de planes y programas que ejecutan los organos de la Institucion. Garantiza la adecuada concordancia en el desarrollo de las actividades tecnico-cientificas que se realizan en la Institucion, asi como una asistencia mutua en las investigaciones cientificas que la Institucion desarrolla y propone politicas y acciones a desarrollar . Articulo 18º.- Esta presidido por el Subjefe y conformado por los responsables de los Organos de Linea, por

Articulo 20º.- La Oficina General de Auditoria Interna, es el organo encargado de realizar el control de la correcta administracion de recursos de la gestion publica. Dirige, programa, coordina y ejecuta el control administrativo, financiero y de gestion, de conformidad con los dispositivos y normas de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control. Articulo 21º.- Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General, quien depende jerarquica, funcional y administrativamente de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud. Articulo 22º.' Le corresponde a la Oficina General de Auditoria Interna las siguientes funciones: a) Formular, programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones de control en el ambito de su competencia funcional. b) Realizar el control de los aspectos tecnico, economico, financiero-contable, administrativo y de gestion en general a traves de auditorias, examenes especiales e inspecciones. c) Realizar el seguimiento y la evaluacion permanente de la aplicacion de medidas correctivas, propuestas en las observaciones y recomendaciones formuladas; como consecuencia de las acciones de control realizadas. d) Divulgar y propiciar el conocimiento y aplicacion de las normas tecnicas de control y legislacion a nivel institucional. e) Realizar las acciones de control solicitados por la Contraloria General de la Republica, asi como la remision de la informacion. f) Otras funciones que MORDAZA asignadas por la Jefatura de la Institucion.
CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA GENERAL DE ASESORIA TECNICA

Articulo 23º.- La Oficina General de Asesoria Tecnica es el organo asesor de la Subjefatura, encargado de normar, formular, conducir, programar, ejecutar, coordinar y evaluar los procesos tecnicos de Planificacion, Proyectos y Cooperacion Tecnica e Informacion Cientifica, y los Sistemas de Racionalizacion y Presupuesto; actua como organo de coordinacion interna y externa en materia de su competencia. Articulo 24º.- Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General, quien depende jerarquica, administrativa y funcionalmente de la Subjefatura de la Institucion. Articulo 25º.- La Oficina General de Asesoria Tecnica esta conformada internamente por los organos de linea siguientes: - Oficina Ejecutiva de Planificacion y Presupuesto. - Oficina Ejecutiva de Racionalizacion.

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