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Pág. 216343 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de enero de 2002 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES TITULO I NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Salud, es una Ins- titución Pública Descentralizada del Ministerio de Salud; goza de personería jurídica de Derecho Público Interno, con autonomía económica, financiera y administrativa. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Salud tiene por finalidad el desarrollo del avance científico y tecnológico en el riguroso campo de la investigación científica apli- cada en salud, nutrición, alimentación, control de cali- dad de alimentos y medicamentos, producción de bioló- gicos de uso humano y veterinario y otros insumos; cum- pliendo de esta manera con responsabilidad, creatividad y con mística el aspecto social que demanda la salud de la comunidad peruana y su medio. Artículo 3 º.- Son objetivos del Instituto Nacional de Salud: a) Fomentar el desarrollo de tecnología aplicada en salud, que contribuya a la solución de la problemática de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, nutricionales a nivel nacional. b) Desarrollar la política de Investigación en Salud a nivel Nacional. c) Elevar su presencia como Autoridad Altamente Espe- cializada y de referencia en Ciencia y Tecnología en Salud, de tal manera que los resultados contribuyan y garanticen a los componentes de la población, condiciones físicas, que les permita potenciar su participación en las actividades pro- pias del proceso de desarrollo socioeconómico del país. Artículo 4º.- Son funciones generales del Instituto Na- cional de Salud: a) Proponer las políticas de investigación en salud, en virtud a las estrategias del Sector. b) Planificar, programar, dirigir, ejecutar y apoyar el desarrollo de investigaciones en los campos de su com- petencia, para correcta aplicación de la tecnología. c) Consolidar y organizar la Red Nacional de Labora- torios en Salud Pública. d) Proteger la salud a través de un exhaustivo control de calidad de medicamentos, insumos, dispositivos te- rapéuticos, material quirúrgico, reactivos de diagnóstico, cosméticos y pesticidas de uso doméstico. e) Producir biológicos e insumos para la salud huma- na y veterinaria con fines de prevención, diagnóstico y tratamiento. f) Establecer normas y procedimientos de prevención, protección, recuperación y rehabilitación en el campo de la nutrición y alimentación de la población. g) Otras funciones vinculadas a las áreas de su compe- tencia en cumplimiento de la Política Nacional de Salud. TITULO II DE LA ESTRUCTURA, FUNCIONES ORGANICAS Y ATRIBUCIONES CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA GENERAL Artículo 5º.- Para el cumplimiento de sus funciones el Instituto Nacional de Salud cuenta con la estructura orgánica siguiente: 1.0ORGANO DE ALTA DIRECCION 1.1.Jefatura 1.2.Subjefatura 2.0ORGANOS CONSULTIVOS 2.1.Comité Consultivo 2.2.Comité Técnico 3.0ORGANO DE CONTROL 3.1.Oficina General de Auditoría Interna4.0ORGANOS DE ASESORAMIENTO 4.1.Oficina General de Asesoría Técnica 4.2.Oficina General de Asesoría Jurídica 5.0 ORGANO DE APOYO 5.1.Oficina General de Administración 6.0 ORGANOS DE LINEA 6.1.Centro Nacional de Laboratorios en Salud Pública 6.1.1.Dirección Ejecutiva de Laboratorios de Referencia 6.1.2.Dirección Ejecutiva de la Red de Laboratorios 6.2.Centro Nacional de Alimentación y Nutri- ción 6.2.1.Dirección Ejecutiva de Laboratorios y Control de Calidad de Alimentos 6.2.2.Dirección Ejecutiva de Vigilancia Nutricional 6.2.3.Dirección Ejecutiva de Prevención de Riesgo y Daño Nutricional 6.3.Centro Nacional de Control de Calidad 6.3.1.Dirección Ejecutiva de Laboratorios de Control de Calidad 6.3.2.Dirección Ejecutiva de Certificación y Garantía de la Calidad 6.4.Centro Nacional de Producción de Bioló- gicos 6.4.1.Dirección Ejecutiva de Producción de Biológicos 6.4.2.Dirección Ejecutiva de Comerciali- zación CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION Y DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION TECNICA DE LA ALTA DIRECCION Artículo 6º.- La Alta Dirección del Instituto Nacional de Salud está constituida por la Jefatura y Subjefatura, con capacidad decisora y conductora. DE LA JEFATURA Artículo 7º.- La Jefatura es el órgano de máximo nivel jerárquico y de toma de decisiones del Instituto Nacional de Salud, encargada y responsable de formular, dirigir y ejecutar la Política Institucional en armonía con la Política Sectorial. Artículo 8º.- Está a cargo de un Funcionario con Ca- tegoría de Jefe de Institución Pública Descentralizada, constituyéndose en máxima autoridad, con dependen- cia jerárquica del Ministerio de Salud. Asimismo, actúa como Titular del Pliego Presupuestal. Artículo 9º.- Le corresponde al Jefe del Instituto Na- cional de Salud las siguientes funciones: a) Dirigir la Política y los Planes Institucionales en armonía con la Política Nacional de Salud y los Planes de Gobierno. b) Asesorar al Ministro de Salud en el campo de su competencia c) Representar al Instituto Nacional de Salud ante sec- tores públicos y privados de nivel nacional e internacio- nal en el campo de investigación en ciencia y tecnología de la salud. d) Concertar y celebrar convenios de Cooperación Técnica en el campo de ciencia y tecnología, en el ámbi- to de su competencia a nivel nacional e internacional. e) Coordinar, supervisar, evaluar y controlar la ges- tión de los diversos órganos de la Institución. f) Expedir Resoluciones Jefaturales, así como apro- bar los planes, programas, acciones estratégicas y el Pre- supuesto Institucional. g) Presidir el Comité Consultivo. h) Otras funciones que le sean encomendadas por el Ministro de Salud. DE LA SUBJEFATURA Artículo 10º.- La Subjefatura es la autoridad inme- diata inferior a la Jefatura, encargada de dirigir, coordi-