Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2002 (28/01/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, lunes 28 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 216507

Inciso 8. A la MORDAZA de creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, asi como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusion. Articulo 40º.- "Regimen Administrativo Publico" La ley regula el ingreso a la MORDAZA administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores publicos. No estan comprendidos en dicha MORDAZA los funcionarios que desempenan cargos politicos o de confianza. Ningun funcionario o servidor publico puede desempenar mas de un empleo o cargo publico remunerado, con excepcion de uno mas por funcion docente. No estan comprendidos en la funcion publica los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economia mixta. Es obligatoria la publicacion periodica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores publicos que senala la ley, en razon de sus cargos. 2. DECRETO LEGISLATIVO Nº 276, LEY DE BASES DE LA MORDAZA ADMINISTRATIVA Articulo 2º.Servidores no comprendidos. No estan comprendidos en la MORDAZA Administrativa los servidores publicos contratados ni los funcionarios que desempenan cargos politicos o de confianza, pero si en las disposiciones de la presente Ley en lo que les sea aplicable. No estan comprendidos en la MORDAZA Administrativa ni en MORDAZA alguna de la presente Ley los miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, ni los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economia mixta, cualquiera sea su forma juridica. Articulo 21º.- Obligaciones. Son obligaciones de los servidores: Inciso f) Guardar absoluta reserva en los asuntos que revistan tal caracter, aun despues de haber cesado en el cargo.

5. Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General Numeral 1.12, del Articulo IV, del Titulo Preliminar "Las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la informacion que administren, sin expresion de causa, salvo aquellas que afecten la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente MORDAZA excluidas por ley; y extender las posibilidades de participacion de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones publicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusion, el servicio de acceso a la informacion y la MORDAZA de opinion". 6. Decreto Supremo Nº 011-2001-SA. Numeral 6. "La autoridad competente, denegara la entrega de informacion que afecte la intimidad personal, la que sea excluida por MORDAZA expresa o por razones de seguridad nacional". 7. DECRETO SUPREMO Nº 005-90-PCM, REGLAMENTO DE LA LEY DE BASES DE LA MORDAZA ADMINISTRATIVA. Articulo 3º.Para efectos de la Ley, entiendase por servidor publico al ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la Administracion Publica con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de ley, en jornada legal y sujeta a retribucion remunerativa permanente en periodos regulares. Hace MORDAZA el servidor nombrado y por tanto tiene derecho a estabilidad laboral indeterminada de acuerdo a ley. Articulo 4º.Considerese funcionario al ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempenar cargos del mas alto nivel en los poderes publicos y los organismos con autonomia. Los cargos politicos y de confianza son los determinados por ley. Articulo 126º.Todo funcionario o servidor de la Administracion Publica, cualquiera que fuera su condicion, esta sujeto a las obligaciones determinadas por la Ley y el presente Reglamento. Articulo 150º.Se considera falta disciplinaria a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el Articulo 28o y otros de la Ley y el presente Reglamento. La comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente. 8. RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 0292001-SEPS/CD, REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA SEPS. Articulo 6º.- Estructura Organica de la SEPS

3. DECRETO LEGISLATIVO Nº 823, LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. Articulo 117º.Son susceptibles de proteccion como secreto industrial tanto el conocimiento tecnologico integrado por procedimientos de fabricacion y produccion en general como el conocimiento relativo al empleo y aplicacion de tecnicas industriales, resultantes del conocimiento, experiencia o habilidad intelectual que guarde una persona con caracter confidencial y que le permita obtener o mantener una ventaja competitiva o economica frente a terceros. Articulo 123º Que "toda persona que con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeno de su profesion o relacion con negocios, tenga acceso a un secreto industrial sobre cuya confidencialidad se le MORDAZA prevenido, debera abstenerse de usarlo y de revelarlo sin causa justificada y sin consentimiento de la persona que guarde dicho secreto o de su usuario autorizado" 4. LEY Nº 26824, LEY GENERAL DE SALUD. Articulo 120º.Toda informacion en materia de salud que las entidades del Sector Publico tengan en su poder es de dominio publico. Queda exceptuada la informacion que pueda afectar la intimidad personal y familiar o la imagen propia, la seguridad nacional y las relaciones exteriores, asi como aquella que se refiere a aspectos protegidos por las normas de propiedad industrial de conformidad con la ley de la materia.

9. DECRETO SUPREMO Nº 023-99-PCM, NORMAS QUE PRECISAN LAS PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DEL ESTADO EN EL EJERCICIO DE SUS CARGOS. Articulo 4º.Las personas que asesoran a las Reparticiones del Estado, o tienen encargos especificos de estas que, por el caracter o naturaleza de su funcion o de los servicios que brindan, tienen acceso a informacion privilegiada o rele-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.