Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2002 (28/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de enero de 2002

por su contenido relevante, empleandola en su beneficio o de terceros y en perjuicio o desmedro de la SEPS y del Sistema Complementario del Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. La transgresion de lo dispuesto en el presente articulo implicara faltas administrativas sancionables con inhabilitacion para prestar servicios al Estado, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que la SEPS pueda iniciar. ANEXOS A.1. CLASIFICACION DE LA INFORMACION A.2. SOLICITUD DE CONFIDENCIALIDAD

A.3. FLUJOGRAMA DE PROCEDIMIENTO · Procedimiento para la Calificacion de la Informacion Confidencial · Procedimiento para Evaluar el Recurso de Reconsideracion de la Informacion Confidencial · Procedimiento para Evaluar Recurso de Apelacion sobre Informacion Confidencial · Procedimiento Interno para la Informacion No Confidencial · Procedimiento Interno para la Informacion Confidencial A.4. GLOSARIO A.5. BASE LEGAL

A-1 CLASIFICACION DE LA INFORMACION A.1. CLASIFICACION DE LA INFORMACION

CLASIFICACION DE LA INFORMACION PRESENTADA Y/O PROCESADA POR LA SEPS
POR SU GRADO DE CONFIDENCIALIDAD
Informacion Confidencial Reservada Informacion confidencial en atencion a su contenido

Informacion Confidencial
Es aquella que, debido a los efectos que pudiera generar su divulgacion en el MORDAZA, no resulta conveniente su difusion

Informacion Confidencial Restringida Informacion confidencial en atencion a la oportunidad en que seria divulgada

Informacion Publica
Toda informacion suministrada por las entidades o elaboradas por la SEPS que no sea calificada como "reservada" o "restringida"

POR SU PERIODICIDAD
Informacion Periodica
Informacion que debe hacerse publica por mandato de ley o MORDAZA de la SEPS con el proposito de generar transparencia en el MORDAZA

Informacion No Periodica
Informacion procedente de actividades no regulares (estudios, consultorias) o de acciones de supervision particulares, que a criterio de la institucion deban ser difundidas

POR SU PROCEDENCIA

Informacion proporcionada por otras entidades publicas
La informacion obtenida de otra entidad publica que hubiese sido declarada como confidencial por esta, sera considerada como tal, bastando para ello que la entidad presente el informe respecto de tal calificacion

Informacion elaborada por la SEPS
La informacion elaborada por la SEPS o la suministrada por Terceros, que revele informacion confidencial de las entidades supervisadas, recibira el trato aplicado a la informacion reservada o restringida, dependiendo de la calificacion de la informacion que sirvio de fuente

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