Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2002 (30/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Nº 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46. 47. 48. 49. APELLIDOS Y NOMBRES DEL MORDAZA MORDAZA, Fredy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LAVERIANO CARHUAZ, MORDAZA Alcedo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MARASA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HOROSTEGUI, MORDAZA MORDAZA MENDIZ SOLARI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PASSALACQUA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PERAUNA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA SOLLER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LICENCIA S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia

NORMAS LEGALES
FECHA 09.08.2001 03.07.2001 24.07.2001 23.07.2001 25.08.2001 25.08.2001 19.08.2001 07.08.2001 02.09.2001 15.09.2001 10.09.2001 20.07.2001 01.09.2001 26.08.2001 12.08.2001 22.07.2001 20.05.2001 14.09.2001 31.03.2001 15.07.2001 19.08.2001 01.09.2001 20.09.2001 19.07.2001 19.08.2001 13.05.2001 17.06.2001 16.09.2001 02.09.2001 22.04.2001 01.08.2001 11.04.2001 29.07.2001 04.09.2001 22.05.2001 02.09.2001

MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2002

Articulo Segundo.- Encargar la ejecucion y control de esta resolucion a la Direccion de Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ADRIAZOLA MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 1989

PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen permanencia de magistrados en el cargo de integrantes de MORDAZA Penales de Vacaciones con Reos Libres y Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 054-2002-P-CSJL/PJ MORDAZA, 25 de enero del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento cursado con fecha 21 de enero del ano en curso, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Tercera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos Libres, pone en conocimiento del Despacho de la Presidencia a mi cargo el pedido efectuado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Provisional integrante de referida Sala Superior, quien solicita hacer uso del descanso fisico vacacional correspondiente al presente ano judicial durante el mes de marzo, sustentado dicho pedido a efectos de lograr una audiencia programada durante el mes de febrero en una causa en la que ya se produjo el unico cambio de magistrados permitido por ley; Que, del mismo modo, mediante documento cursado con fecha 25 de enero del presente ano el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular integrante de la Sala de Apelaciones para Procesos Sumarios con Reos Libres, manifiesta que estando a la necesidad de continuar con las audiencias programadas para el presente mes y con el fin de no quebrar las causas, solicita que al recurrente conjuntamente con las doctoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Inonan MORDAZA de Timarchi, vocales provisionales de esta Corte Superior quienes integran un colegiado con Reos en Carcel, se les conceda el goce del descanso fisico vacacional durante el mes de marzo para poder llevar a cabo las audiencias senaladas en el mes de febrero; Que, en atencion a lo expuesto y con el unico fin de evitar dejar sin efecto las audiencias ya realizadas y dar inicio a un MORDAZA juicio oral segun lo dispone el Articulo 267º del Decreto Legislativo Nº 126, y considerando que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo y como tal le corresponde cautelar por una pronta y eficiente administracion de justicia de jurisdiccion, es que el Despacho de esta Presidencia cree conveniente emitir el pronunciamiento administrativo pertinente disponiendo la permanencia de los senores magistrados senalados en los considerandos precedentes, durante el primer periodo correspondiente al descanso fisico vacacional, esto es del 1 de febrero al 2 de marzo del ano en curso; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la permanencia jurisdiccional en el cargo, durante el primer periodo

Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC; actualmente tipificado en el literal F-1 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehiculos automotores sin haber obtenido licencia de conducir; por lo tanto, aquellos conductores son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal F-1) del Articulo 314º del ultimo Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion Vial en memorandum Nº 1725-2001-MTC/15.18.05. y por la Oficina de Asesoria Legal en Informe Nº 1571-2001-MTC/ 15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con INHABILITACION por el termino de un (1) ano para obtener licencias de conducir, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, en los casos que corresponda.

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