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NORMAS LEGALES Pág. 217459 Lima, sábado 16 de febrero de 2002 Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de Autoridad que Formales (g) de Trámite mático Sil.Adm. Sil.Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación resuelve la (* * *) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Apelación 1. Procedimiento para Evitar y Corregir las Distorsiones de la Competencia en el Mercado Generadas por el Dumping o Subvencione s 1. Solicitud de inicio de Investigación por Prácticas de Dumping o Subvenciones (b), o de Examen (c) de derechos Presentación Sí Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa definitivos, consignando datos de identificación, domicilio y actividad económica del solicitante, así como copia de Solicitud P lazo: de la Comisión de Procede dentro de Fiscalización de Procede dentro de de la de los documentos que acrediten su existencia y a su Representante Legal (e), de ser el caso. 20% UIT 30 días Fiscalización de los 15 días hábiles Dumping y Subsidios los 15 días hábiles Competencia hábiles Dumping y de notificada de notificada 2. Cuestionario para empresas solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir: Subsidios la Resolución la Resolución Tribunal de No procede contra No procede contra Indecopi A)Para el caso de empresas productoras solicitantes de inicio de investigación por Prácticas de Dumping Inicio de Resolución que Resolución que o Subvenciones, investigación o impone Derechos impone Derechos - Pruebas sobre la representatividad del Solicitante dentro de la rama de producción nacional o constancias de Examen de Provisionales Provisionales apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes Derechos - La descripción completa del producto objeto de Dumping o Subvención Definitivos - El país de exportación y de origen 60% UIT - La identidad de cada productor y exportador extranjero conocido- La lista de importadores, pruebas sobre los precios a los que se vende en el país de origen (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial)- Datos sobre la evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. B)Para el caso de empresas exportadoras, importadoras o productoras nacionales, solicitantes de examen de derechos definitivos:- Datos sobre los precios a los que se vende en el país de origen el producto objeto de derechos definitivos (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial),- Evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. 3. Para solicitar la confidencialidad de determinada información, la parte solicitante deberá presentar justificación al respecto y un resumen no confidencial de dicha información, de conformidad con el Artículo29° del Decreto Supremo N° 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo N° 144-2000-EF. 4. Copias según el número de partes citadas en la solicitud o, para el caso del Examen de Derechos Definitivos, de las partes que intervinieron en el Procedimiento de Investigación para la aplicación de dichos derechos. Base Legal: Decreto Ley 25868 Art. 22°, publicado el 24 de noviembre de 1992 2. Procedimiento sobre Medidas de Salvaguardia 1. Solicitud de inicio de investigación o Prórroga de la Medida de Salvaguardia, consignando datos de identificación, Presentación Sí Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa domicilio y actividad económica del Solicitante (d), así como copia de los documentos que acrediten su de Solicitud Plazo: de la Comisión de Procede dentro de Fiscalización de Procede dentro de de la existencia y a su Representante Legal (e), de ser el caso 0,20 UIT 30 días Fiscalización de los 15 días hábiles Dumping y Subsidios los 15 hábiles días Competencia hábiles Dumping y de notificada la de notificada la 2. Cuestionario para empresas productoras solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir: Subsidios Resolución Resolución Tribunal de - La descripción completa del producto importado Investigación Indecopi - Clasificación arancelaria 0,60 UIT - Derechos arancelarios vigentes- Descripción del producto nacional similar o directamente competidor- Pruebas sobre la representatividad del solicitante dentro de la rama de producción nacional o constancias de apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes- Datos de importación y datos de la producción nacional para los tres últimos años calendario (periocidad mensual)- Datos cuantitativos indicando el grado de daño grave o amenaza del mismo- Relación de causalidad- Declaración de los objetivos que se busca con la medida e informe económico cuantificando el impacto de la medida sobre los consumidores finales e intermedios del producto involucrado, así como sobre el interés público.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. 3. Plan de reajuste de la rama de producción nacional a la competencia de las importaciones (f).4. Para solicitar la Confidencialidad de determinada información, la parte solicitante deberá presentar justificación al respecto y un Resumen No Confidencial de dicha información, de conformidad con elArtículo 18º del Decreto Supremo Nº 020-98-ITINCI.