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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (16/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES Pág. 217452 Lima, sábado 16 de febrero de 2002Comisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la de que resuelve de que Formales (* * * * * *) de Trámite mático Sil.Adm. Sil.Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación la Revisión resuelve la (*) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Apelación Revisión c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento Patrimonial Resolución (Sede Central de de identidad u o Delegada) Notificada la Tribunal del 2. Señalar si la causal de Insolvencia es la establecida en el inciso a) o b) del Artículo 5 del Texto Unico Oficina Resolución Indecopi Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial. Descentralizada 3. Copia del Acta de la Junta General de Accionistas o del Órgano Social equivalente en que conste el acuerdo de iniciar el Procedimiento. 4. Consignar domicilio legal, acreditar principal y domicilio social de la Empresa. Asimismo consignar domicilios y localidades en los que mantenga oficinas o realice actividades productivas. 5. Breve descripción de la situación de la empresa mencionando los factores positivos y negativos que han afectado 10. La relació n debe incluir las obligaciones de carácter contingente, así como aquellas que se encuentren controvertidas judicialmente, prec isando en estos casos la su marcha. posición de ambas partes respecto de su exisencia y cuantía. 6. Copias del Balance General, del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y del Estado de Ganancias y Pérdidas de 11 Una Relació n de sus Bienes Muebles e Inmuebles, indicando las cargas y gravámenes que pesan sobre ellos, de ser el caso. Dicha relación de be tener una los últimos dos ejercicios y de un Cierre Mensual con una antigüedad no mayor de dos meses de la fecha de antigüedad no ma yor de dos meses de las fecha de presentación de la Solicitud. presentación de la Solicitud. Todos los Estados Financieros deben confeccionarse de acuerdo con Principios de 12. Una Relación D etallada de Créditos por Cobrar, indicando sus posibilidades de recuperación. Dicha relación debe tener una antigüedad no mayor de dos meses de Contabilidad generalmente aceptados y estar suscritos por Contador Público Colegiado. la fecha de presentación de la solic itud 7. Copia de las fojas del Libro de Planillas correspondientes al último mes. 13. La totalidad de la información señalada debe ser presentada, además en disco magnético u otro medio análogo según las espec ificaciones que dé la comisión. 8. Una relación detallada de sus obligaciones de toda naturaleza, precisando la identidad y domicilio de cada Acreedor, los montos adeudados por concepto de capital, intereses y gastos y la fecha de vencimiento de cada una de dichas B) Declaración de Insolvencia de Persona Natural, Sociedad Conyugal, Persona Jurídica no considerada Empresa o Persona Jurídica Irregular. obligaciones. La información referida debe reflejar los Pasivos de la empresa con una antigüedad no mayor de dos 1. Una Relación de la Totalidad de sus Ingresos, incluyendo los que no deriven de su actividad principal. meses de la fecha de presentación de la solicitud. 2. Cumplir con los requisitos establecidos en los numerales 8, 9 10,11 y 13 de la Insolvencia a pedido de la propia Empresa. 9 Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con sus Acreedores o, caso contrario, 3. Si se trat ase de Persona Natural que realiza Actividad Empresarial deberá presentar además, la documentación financiera y contable señala da en el Numeral 6 informar de la existencia de vinculación con alguno o algunos de éstos, en cualquiera de los supuestos detallados de la Inso lvencia a Pedido de la propia Empresa. en el Artículo 5 del Texto Unico de la Ley de Reestructuración Patrimonial. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 3. Concurso Preventivo 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 50% UIT Sí Secretaría 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***) Plazo: Técnica Procede dentro Reestructuración Procede Defensa Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad 30 días de la Comisión de los 5 días de Patrimonial dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento hábiles Reestructuración Notificada la los 5 días Competencia de identidad Patrimonial Resolución (Sede Central o de 2 Proyecto de Acuerdo Global de Refinanciamiento de sus Deudas. u Delegada) Notificada la Tribunal del 3 Toda la documentación exigida en el Procedimiento de Insolvencia a Pedido del Deudor, con Oficina Resolución Indecopi excepción de la Documentación Contable detallada en el Numeral 6 del acápite anterior. Descentralizada 4 Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con sus acreedores o, caso contrario, informar de la existencia de vinculación con alguno o algunos de estos, en cualquiera de los supuestos detallados en el Artículo 5 del T.U.O de la Ley de Reestructuración Patrimonial Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 4. Reconocimiento de Créditos (**) 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 3% del Sí Secretaría 3% del Crédito Secretario Técnico 3% del Comisión de Procede Sala de a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***) Crédito Plazo: Técnica Controvertido o Crédito Reestructuración dentro de los Defensa b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Invocado 30 días de la Comisión hasta 10% UIT Comisión de Controvertido Patrimonial para 5 días de de la c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento hasta hábiles Reestructuración Procede dentro Reestructuración hasta el caso de Reso- notificada la Competencia de identidad 80% UIT Patrimonial de los 5 días de Patrimonial 10% UIT luciones Resolución de 2 Identificación de la Empresa Deudora u Notificada la Procede Expedidas por el la Comisión Tribunal del 3 Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los créditos, (Los Créditos Oficina Resolución (Sede Central dentro de Secretario Técnico que conoce Indecopi distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso tasa aplicada Laborales están Descentralizada o Delegada) los 5 días Sala de Defensa la Apelación 4 Copia de la documentación que acredite existencia de garantías constituidas sobre los bienes exonerados de de de la Competencia Interpuesta del Deudor. este pago) Notificada la en el caso de contra el 5 Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o en (****) Resolución Resoluciones Pronuncia- caso contrario, informar de la Existencia de Vinculación con éste, en cualquiera de los casos a que Expedidas por miento del se refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial. la Comisión Secretario 6 Presentar copia de la documentación para la otra parte. Técnico Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999