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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (16/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES Pág. 217455 Lima, sábado 16 de febrero de 2002 3 Adjuntar copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente ante el Fedatario Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 11. Denuncia por Comisión de Actos Fraudulentos en Perjuicio de los Acreedores 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 20% UIT Sí Secretaría 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***) Plazo: Técnica Procede dentro Reestructuración Procede Defensa Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad 30 días de la Comisión de los 5 días de Patrimonial dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento hábiles Reestructuración Notificada la los 5 días Competencia de identidad Patrimonial Resolución (Sede Central de 2 Señalar los supuestos Actos Fraudulentos denunciados, así como la identidad de quienes los u o Delegada) Notificada la Tribunal del cometieron. Oficina Resolución Indecopi 3 Señalar el domicilio de los Denunciados. Descentralizada 4 Ofrecer los medios probatorios correspondientes.5 Presentar copia de la documentación para la otra Parte. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 12. Denuncia por Incumplimiento de Obligaciones de Entidad Registrada o Presidente de la Junta 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 20% UIT Sí Secretaría 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***) Plazo: Técnica Procede dentro Reestructuración Procede Defensa Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad 30 días de la Comisión de los 5 días de Patrimonial dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento hábiles Reestructuración Notificada la los 5 días Competencia de identidad Patrimonial Resolución (Sede Central de 2 Señalar las supuestas Infracciones denunciadas u o Delegada) Notificada la Tribunal del 3 Señalar el domicilio de los Denunciados. Oficina Resolución Indecopi 4 Ofrecer los medios probatorios correspondientes. Descentralizada 5 Presentar copia de la documentación para la otra Parte. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 13. Certificado de Existencia de Proceso Concursal Vigente y Público 1 Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de Personas Jurídicas se 2% UIT Sí Secretaría No Comisión de No ————— No ————— deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***). Plazo: Técnica Contemplado Reestructuración Contemplado Contemplado 2 En caso de personas naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad 7 días de la Comisión Patrimonial hábiles Reestructuración Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Patrimonial (Sede Central) Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 Decreto Supremo Nº018-2001-PCM, publicado el 27 de febrero del 2001 14. Búsqueda de Información sobre Deudores Acogidos a la Ley A) Búsqueda por Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial 1% UIT Sí Secretaría No ————— No ————— No ————— - Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Plazo: Técnica de la Contemplado Contemplado Contemplado B) Búsqueda a Nivel Nacional 2% UIT 7 días Comisión de - Solicitud consignando datos de identificación y domicilio hábiles Reestructuración Patrimonial Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de del Indecopi Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 Decreto Supremo Nº018-2001-PCM, publicado el 27 de febrero del 2001 15. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos (**) 1 Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 1,50% del Sí Fedatario No Contemplado ———————- No ———————- No —————- a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***). Crédito Plazo: Contemplado Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad. Invocado 7 días c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento hasta hábiles de identidad 50% UIT Dicha Solicitud deberá consignar la Declaración Expresa e Indubitable de que el Solicitante se encuentra de acuerdo con el monto señalado por la Empresa Deudora como Crédito a su favor, (Los CréditosComisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la de que resuelve de que Formales (* * * * * *) de Trámite mático Sil.Adm. Sil.Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación la Revisión resuelve la (*) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Apelación Revisión