Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (20/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 217820 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de febrero de 2002 transmisión y distribución de electricidad, o de transporte y distribución de hidrocarburos, y/o las obras y/o los traba- jos asociados a ésta, sean aprovechados para el desarro- llo de alguna actividad colateral, las tarifas para la activi- dad principal serán recalculadas; Que, el artículo antes indicado desalienta las inversio- nes en actividades colaterales, al determinar una reduc- ción automática de los ingresos por la actividad principal a los concesionarios de electricidad o hidrocarburos que uti- licen su infraestructura para el desarrollo de actividades colaterales con carácter comercial; Que, la no ejecución de inversiones colaterales sobre la base de la infraestructura energética, generaría impac- tos negativos en inversión, empleo, competencia y oferta de servicios adicionales al usuario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8. del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Déjese sin efecto el Artículo 2º del Decre- to Supremo Nº 030-2001-EM. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Minis- tro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 3502 Disponen tener a BHP Billiton Tintaya S.A. como titular de la autorización para desarrollar actividad de genera- ción de energía eléctrica en la Central Termoeléctrica BHP Tintaya RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2002-EM/VME Lima, 28 de enero de 2002 Visto: el Expediente Nº 33004293, sobre autorización de generación de energía eléctrica en la central Termoeléctrica Tintaya, cuyo titular es BHP Tintaya S.A., y la solicitud de cam- bio de titularidad presentada por BHP Billiton Tintaya S.A.; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 440-96- EM/VME del 14 de noviembre de 1996, BHP Tintaya S.A. es titular de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Termoeléctrica Tintaya, derecho que originalmente fue otorgado por la Resolución Ministerial Nº 306-93-EM- DGE, de fecha 8 de diciembre de 1993 a favor de Empresa Minera Especial Tintaya S.A.; Que, mediante el documento presentado el 12 de no- viembre de 2001, ingresado con Registro Nº 1342043, BHP Billiton Tintaya S.A. ha solicitado a la Dirección General de Electricidad que se le tenga como titular de dicha autoriza- ción, expresando como sustento de su solicitud que la Junta General de Accionistas de fecha 10 de octubre de 2001, acordó la Modificación Parcial del Estatuto y el cambio de denominación social de BHP Tintaya S.A. a BHP Billiton Tintaya S.A., la misma que habiendo sido elevada a Escri- tura Pública el 12 de octubre de 2001, corre inscrita en el Asiento B 00004 de la Partida Electrónica Nº 02006871, del Registro de Personas Jurídicas de Lima, y en el Asien- to 66 de la Ficha Nº 40213 del Libro de Sociedades Con-tractuales y Otras Personas Jurídicas del Registro Público de Minería de Lima; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2001-EM, y cuenta con el Informe Técni- co Nº 139-2001-EM/DGE y el Informe Legal Nº 032-2001- EM/DGE que se pronuncian favorablemente por tener como titular de la autorización a BHP Billiton Tintaya S.A.; Estando a lo dispuesto en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en Artícu- lo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tener como titular de la autorización para de- sarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Termoeléctrica BHP Tintaya a BHP Billiton Tintaya S.A. Artículo 2º.- La titular de la autorización queda obligada a operar sus instalaciones cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como a remitir la infor- mación estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y las demás normas legales y técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigen- cia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 2252 Autorizan viaje de profesional del IPEN a Francia para participar en evento de capacitación sobre aplicaciones indus- triales generales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2002-EM/VME Lima, 28 de enero de 2002 Visto el Oficio Nº 023-02-IPEN/PRES, de fecha 21 de enero de 2002, del Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, solicitando autorización de viaje para un profesional; CONSIDERANDO: Que, Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN es una institución pública descentralizada del Ministerio de Energía y Minas que recibe cooperación técnica internacional del Or- ganismo Internacional de Energía Atómica - OIEA; Que, en el marco de la cooperación técnica internacio- nal precitada, se llevará a cabo una capacitación sobre "Aplicaciones Industriales Generales", que tendrá lugar en la Comisión de Energía Atómica, en Saclay, Francia, del 15 de febrero al 14 de abril de 2002; Que, ha sido designado el señor Yuri Ravello Ratzen- berg, profesional de la Dirección General de Promoción y Desarrollo Tecnológico, para que asista a la capacitación precitada, la que tiene como objetivo desarrollar el avance en la aplicación de radiotrazadores y sistemas de control nucleónico en industria, minería y medio ambiente; asimis- mo, la implementación de facilidades de análisis por gam- mas inmediatos producidos por captura neutrónica PGNAA; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y por la Ley Nº 27619;