Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2002 (20/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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denominado CENTRO DE CONCILIACION "MARZ INTERNATIONAL GROUP", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 23 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0219-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION INTERNATIONAL GROUP - MILLENIUM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 0192001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ASOCIACION INTERNATIONAL GROUP - MILLENIUM, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "MARZ INTERNATIONAL GROUP", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 3368 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2002-JUS Mediante Oficio Nº 211-2002-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 027-2002-JUS, publicada en nuestra edicion del dia 13 de febrero de 2002, en la pagina 217215. En el Primer Considerando: DICE: "Que, resulta conveniente designar a un Procurador Publico Ad Hoc para que ejercite la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, ante la demanda en MORDAZA de MORDAZA interpuesta por la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO contra la Institucion, ante el 28° Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de MORDAZA, en el Expediente Nº 523-2002; y," DEBE DECIR: "Que, resulta conveniente designar a un Procurador Publico Ad Hoc para que ejercite la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, ante la demanda en MORDAZA de MORDAZA interpuesta por la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO contra la Institucion ante las instancias jurisdiccionales correspondientes;" 3499

PESQUERIA
Autorizan realizar investigacion oceanografica y geologica al Centro de Investigacion de Ciencias Marinas y Geologia de la Universidad MORDAZA Albrecht de Kiel
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 068-2002-PE MORDAZA, 15 de febrero de 2002 Vistos los escritos de registros Nºs. 02691002, 02727002, 02825002 y 02904002 de fechas 8, 12 y 13 de febrero del 2002, respectivamente, mediante los cuales se presento la solicitud de la Embajada de la Republica Federal de Alemania para que se autorice al Centro de Investigacion de Ciencias Marinas y Geologia (GEOMAR) de la Universidad Christian- Albrecht de Kiel, Alemania, para realizar investigacion oceanografica y geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas, con el empleo del buque "SONNE" de bandera alemana. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, dispone en su Articulo 3º que el Estado fomenta la mas amplia participacion de personas naturales o juridicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversion extranjera con sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion, extraccion, cultivo, procesamiento y comercializacion de los recursos pesqueros; Que a traves de los escritos del visto, el Centro de Investigacion de Ciencias Marinas y Geologia (GEOMAR) de la Universidad Christian-Albrecht de Kiel, representada en el Peru por la Embajada de la Republica Federal de Alemania, solicita autorizacion parta efectuar investigacion oceanografica y geologica MORDAZA en aguas jurisdiccionales peruanas en el periodo comprendido entre el 21 de febrero y el 12 de marzo del 2002; Que mediante Oficio Nº DE-100-041-2002-IMP/PE, del 15 de febrero del 2002 el Instituto MORDAZA del Peru -IMARPE opina que no existen objeciones tecnicas para la ejecucion de la citada investigacion MORDAZA, con la operacion del buque cientifico "SONNE", en aguas jurisdiccionales peruanas; Que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de la Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE INVESTIGACION DE CIENCIAS MARINAS Y GEOLOGIA (GEOMAR) de la Universidad MORDAZA - Albrecht de Kiel, representado en el Peru por la Embajada de la Republica Federal de Alemania, a realizar investigacion oceanografica y geologica en aguas jurisdiccionales peruanas, en el periodo comprendido entre el 21 de febrero y el 12 de marzo del 2002, con el empleo del buque "SONNE" de bandera alemana, de 1,067 de Tonelaje de Registro Neto y 3,557 Toneladas de Registro MORDAZA, el mismo que operara fuera de las cinco (5) millas de la costa.

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