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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (20/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 217827 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de febrero de 2002 denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN "MARZ INTER- NATIONAL GROUP", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 23 de enero de 2002, se realizó la constatación res- pectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0219-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud de la ASOCIACIÓN INTERNATIO- NAL GROUP - MILLENIUM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supre- mo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las fun- ciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Concilia- ción, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la ASOCIACIÓN INTERNA- TIONAL GROUP - MILLENIUM, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCI- LIACIÓN "MARZ INTERNATIONAL GROUP", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 3368 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2002-JUS Mediante Oficio Nº 211-2002-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 027-2002-JUS, publicada en nuestra edición del día 13 de febrero de 2002, en la página 217215. En el Primer Considerando: DICE: "Que, resulta conveniente designar a un Procurador Público Ad Hoc para que ejercite la representación y de- fensa de los intereses del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, ante la demanda en proceso de amparo inter- puesta por la Cámara Peruana de la Construcción - CAPE- CO contra la Institución, ante el 28° Juzgado Especializa- do en lo Civil de la Corte Superior de Lima, en el Expedien- te Nº 523-2002; y," DEBE DECIR: "Que, resulta conveniente designar a un Procurador Público Ad Hoc para que ejercite la representación y de- fensa de los intereses del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, ante la demanda en proceso de amparo inter- puesta por la Cámara Peruana de la Construcción - CAPE- CO contra la Institución ante las instancias jurisdicciona- les correspondientes;" 3499PESQUERÍA Autorizan realizar investigación oceanográfica y geológica al Centro de Investigación de Ciencias Marinas y Geología de la Universidad Christian - Albrecht de Kiel RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2002-PE Lima, 15 de febrero de 2002 Vistos los escritos de registros Nºs. 02691002, 02727002, 02825002 y 02904002 de fechas 8, 12 y 13 de febrero del 2002, respectivamente, mediante los cuales se presentó la solicitud de la Embajada de la República Fede- ral de Alemania para que se autorice al Centro de Investi- gación de Ciencias Marinas y Geología (GEOMAR) de la Universidad Christian- Albrecht de Kiel, Alemania, para realizar investigación oceanográfica y geológica marina en aguas jurisdiccionales peruanas, con el empleo del buque "SONNE" de bandera alemana. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pes- ca, dispone en su Artículo 3º que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurí- dicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversión extranjera con sujeción a las dis- posiciones pertinentes de la legislación peruana. A ta- les efectos, el Estado promueve las inversiones priva- das mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recur- sos pesqueros; Que a través de los escritos del visto, el Centro de In- vestigación de Ciencias Marinas y Geología (GEOMAR) de la Universidad Christian-Albrecht de Kiel, representada en el Perú por la Embajada de la República Federal de Ale- mania, solicita autorización parta efectuar investigación oceanográfica y geológica marina en aguas jurisdicciona- les peruanas en el período comprendido entre el 21 de fe- brero y el 12 de marzo del 2002; Que mediante Oficio Nº DE-100-041-2002-IMP/PE, del 15 de febrero del 2002 el Instituto del Mar del Perú -IMAR- PE opina que no existen objeciones técnicas para la ejecu- ción de la citada investigación marina, con la operación del buque científico "SONNE", en aguas jurisdiccionales pe- ruanas; Que la recurrente ha cumplido con presentar los requi- sitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001- PE; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción y con la visación de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de la Pesca, en su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001- PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al CENTRO DE INVESTI- GACIÓN DE CIENCIAS MARINAS Y GEOLOGÍA (GEOMAR) de la Universidad Christian - Albrecht de Kiel, representado en el Perú por la Embajada de la República Federal de Alemania, a realizar investigación oceanográfi- ca y geológica en aguas jurisdiccionales peruanas, en el período comprendido entre el 21 de febrero y el 12 de mar- zo del 2002, con el empleo del buque "SONNE" de bande- ra alemana, de 1,067 de Tonelaje de Registro Neto y 3,557 Toneladas de Registro Bruto, el mismo que operará fuera de las cinco (5) millas de la costa.