Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2002 (20/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 217818

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2002

ANEXO
CRONOGRAMA DE PAGOS
SERIE A : BONOS SOBERANOS 2002/18ENE2004 Pago de Interes N1 N2 N3 N4 Dias 181 * 184 181 184 Fecha de Vencimiento 18/07/2002 18/01/2003 18/07/2003 18/01/2004 Fecha de Pago 18/07/2002 20/01/2003 18/07/2003 19/01/2004

Pago Cupon 1 Cupon 2 Cupon 3 Cupon 4 + Principal

Dia Jueves Sabado Viernes MORDAZA

Dia Jueves Lunes Viernes Lunes

SERIE B : BONOS SOBERANOS 2002/18ENE2005 Pago Cupon 1 Cupon 2 Cupon 3 Cupon 4 Cupon 5 Cupon 6 + Principal Pago de Interes N1 N2 N3 N4 N5 N6 Dias 181 * 184 181 184 182 184 Fecha de Vencimiento 18/07/2002 18/01/2003 18/07/2003 18/01/2004 18/07/2004 18/01/2005 Dia Jueves Sabado Viernes MORDAZA MORDAZA Martes Fecha de Pago 18/07/2002 20/01/2003 18/07/2003 19/01/2004 19/07/2004 18/01/2005 Dia Jueves Lunes Viernes Lunes Lunes Martes

* Incluye 40 dias de intereses corridos. Nota: El presente cronograma supone como fecha de subasta el 26 de febrero de 2002. 3403 previstos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Precisese que la transferencia del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Educacion, aprobada por la Setima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, no modifica su condicion de Institucion Publica Descentralizada ni el regimen laboral de su personal. Articulo 2º.- El Ministerio de Educacion queda facultado para dictar las disposiciones y adoptar las medidas que permitan adecuar la estructura organica del INFES, asi como modificar los instrumentos de gestion del Sector Educacion, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 27658 y 31º de la Ley Nº 27573, en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias habiles de publicado el presente dispositivo legal. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministerio de Educacion y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 3461

EDUCACION
Precisan que transferencia del INFES al Ministerio de Educacion no modifica su condicion de Institucion Publica Descentralizada ni el regimen laboral de su personal
DECRETO SUPREMO Nº 006-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Setima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, dispone que a partir del 1 de enero de 2002, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Programa Nacional de Alfabetizacion, dependeran del Ministerio de Educacion; Que, de acuerdo con el MORDAZA parrafo de la disposicion citada en el considerando precedente, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y por los Ministros de los sectores correspondientes, dentro de los primeros treinta (30) dias calendario de la vigencia de la referida Ley, se estableceran las normas complementarias que regulen la mejor aplicacion de dicha disposicion; Que, la Ley Nº 27573 del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 aprobo el presupuesto del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES como una Institucion Publica Descentralizada del Sector Educacion, por lo que es necesario efectuar algunas precisiones en torno al nivel que ostenta dicha institucion; Que, el Ministerio de Educacion requiere ser facultado para adecuar la estructura organica del INFES, lo que debe efectuarse teniendo en cuenta los criterios de diseno y estructura de los organismos de la Administracion Publica

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