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Pág. 218164 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de febrero de 2002 cial El Peruano, asimismo, el Plan deberá remitirse al CON- SUCODE y puesto a disposición de los interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TULIO NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 3715 ESSALUD Autorizan contratación de arrendamien- to de inmueble, suministro de oxígeno medicinal, servicios de mantenimiento de equipos y generales mediante adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 052-PE-ESSALUD-2002 Lima, 18 de febrero del 2002 VISTA: La Carta Nº 5190-GDLIMA-ESSALUD-2001, mediante la cual la Gerencia Departamental de Lima solicita la exo- neración del arrendamiento del inmueble donde funciona el Centro Asistencial Los Próceres, del proceso de selec- ción establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0194M09231, se contrató el arrendamiento del inmueble ubi- cado en la avenida Los Próceres Nºs. 436, 440, 444, 462 y en la avenida El Carmen Nºs. 671, 673, 675, Santiago de Surco, destinado al funcionamiento del Centro Asistencial Los Pró- ceres, por el período de cuarenticinco (45) días, comprendi- do entre el 1 de octubre y el 15 de noviembre del 2001, por una renta total ascendente a US$ 5,852.51; Que, de acuerdo con lo indicado en la Carta Nº 899- OAL-GDLIMA-ESSALUD-2001, del 20 de noviembre del 2001, emitida por la Oficina de Asuntos Legales de la Ge- rencia Departamental de Lima, a través de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0194M09231, se contrató nuevamente el arrendamiento del referido inmueble por el período com- prendido entre el 16 de noviembre y el 31 de diciembre del 2001, y por una renta total de US$ 5,582.51; Que, según la Carta Nº 010-GDLIMA-ESSALUD-2002, del 4 de enero del 2002, la Gerencia Departamental de Lima informó que mediante la Adjudicación de Menor Cuan- tía Nº 0194M12221, se contrató nuevamente el arrenda- miento del referido inmueble por el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero del 2002, y por una renta total de US$ 5,582.51; Que, mediante las Cartas Nºs. 4600-GDLIMA-ESSALUD- 2001, recibida el 12 de noviembre del 2001, y 5190-GDLIMA- ESSALUD-2001, recibida el 27 de diciembre del 2001, la Gerencia Departamental de Lima señaló que requería arren- dar nuevamente el inmueble de las avenidas Los Próceres Nºs. 436, 440, 444, 462 y El Carmen Nºs. 671, 673 y 675, Santiago de Surco, por el período de doce (12) meses, y por un monto total ascendente a US$ 35,115.06; Que, de acuerdo con el monto total al que ascendería el arrendamiento del inmueble bajo comentario y, en fun- ción a los topes establecidos en el numeral 1.2.3.2 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE, aprobada mediante Acuer- do de Directorio Nº 002-2001/020-FONAFE, para la con- tratación de dicho arrendamiento correspondería la reali- zación de una Adjudicación Directa Selectiva; Que, según el Informe Técnico que sustenta la exone- ración, subsiste la necesidad de continuar ocupando los inmuebles en cuestión por un período de doce (12) meses, pues son los únicos que por sus características propias y ubicación se adecuan a los requerimientos de la Institu- ción, permitiendo que haya continuidad en el servicio que en dichos inmuebles se brinda, toda vez que se trata de un centro asistencial, además de evitar que se generen gas- tos de acondicionamiento y difusión como resultado del alquiler de un nuevo local; Que, de acuerdo con el Oficio Nº 1135/2001 (GTN-MON) del 17 de octubre del 2001, dirigido por el Gerente TécnicoNormativo del Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado a la Gerencia General de ESSALUD, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, la prórroga de los contratos de arrendamiento se regula por lo dispuesto en el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, según el cual están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para "prorro- gar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocu- pados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incre- mente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor"; Que, atendiendo a que el vencimiento del contrato de arrendamiento aún no se ha producido y a que se requiere ampliar el plazo de su vigencia por convenir a los intereses de la Institución, resulta procedente, al amparo del inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonerar la prórroga del referido contrato del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Que, según lo dispuesto por el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, la exoneración debe ser aprobada mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad eje- cutiva de la Entidad y titular del pliego presupuestal; Que, de conformidad con lo indicado en el Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, corresponde a la autoridad competente para aprobar la exoneración, determinar la dependencia u órgano que se en- cargará de realizar la adquisición o contratación exonerada; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración de la contratación del arrendamiento del inmueble donde funciona el Centro Asis- tencial Los Próceres, del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, llevándose a cabo la referida contratación a tra- vés de una Adjudicación de Menor Cuantía, por un período de doce (12) meses y por un monto total ascendente a US$ 35,115.06 (Treinta y cinco mil ciento quince con 06/ 100 dólares americanos). 2. ENCARGAR a la Gerencia Departamental de Lima que adopte las medidas necesarias para realizar el proce- so de selección a que hubiere lugar. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento de la Contraloría General de la República la presente resolución, dentro del plazo establecido por la Ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Sa- lud y de la Gerencia Departamental de Lima la presente resolución. 5. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VILLEGAS CERRO Presidente Ejecutivo 3698 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 054-PE-ESSALUD-2002 Lima, 18 de febrero del 2002 VISTA: La Carta Nº 5190-GDLIMA-ESSALUD-2001, mediante la cual la Gerencia Departamental de Lima solicita la exo- neración de la contratación del suministro de oxígeno me- dicinal, y de los servicios de mantenimiento de equipos hospitalarios y complementario de servicios generales, de los procesos de selección establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y,