Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

cial El Peruano, asimismo, el Plan debera remitirse al CONSUCODE y puesto a disposicion de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 3715

ESSALUD
Autorizan contratacion de arrendamiento de inmueble, suministro de oxigeno medicinal, servicios de mantenimiento de equipos y generales mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 052-PE-ESSALUD-2002
MORDAZA, 18 de febrero del 2002 VISTA: La Carta Nº 5190-GDLIMA-ESSALUD-2001, mediante la cual la Gerencia Departamental de MORDAZA solicita la exoneracion del arrendamiento del inmueble donde funciona el Centro Asistencial Los Proceres, del MORDAZA de seleccion establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0194M09231, se contrato el arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida Los Proceres Nºs. 436, 440, 444, 462 y en la avenida El MORDAZA Nºs. 671, 673, 675, MORDAZA de MORDAZA, destinado al funcionamiento del Centro Asistencial Los Proceres, por el periodo de cuarenticinco (45) dias, comprendido entre el 1 de octubre y el 15 de noviembre del 2001, por una renta total ascendente a US$ 5,852.51; Que, de acuerdo con lo indicado en la Carta Nº 899OAL-GDLIMA-ESSALUD-2001, del 20 de noviembre del 2001, emitida por la Oficina de Asuntos Legales de la Gerencia Departamental de MORDAZA, a traves de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0194M09231, se contrato nuevamente el arrendamiento del referido inmueble por el periodo comprendido entre el 16 de noviembre y el 31 de diciembre del 2001, y por una renta total de US$ 5,582.51; Que, segun la Carta Nº 010-GDLIMA-ESSALUD-2002, del 4 de enero del 2002, la Gerencia Departamental de MORDAZA informo que mediante la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0194M12221, se contrato nuevamente el arrendamiento del referido inmueble por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero del 2002, y por una renta total de US$ 5,582.51; Que, mediante las Cartas Nºs. 4600-GDLIMA-ESSALUD2001, recibida el 12 de noviembre del 2001, y 5190-GDLIMAESSALUD-2001, recibida el 27 de diciembre del 2001, la Gerencia Departamental de MORDAZA senalo que requeria arrendar nuevamente el inmueble de las avenidas Los Proceres Nºs. 436, 440, 444, 462 y El MORDAZA Nºs. 671, 673 y 675, MORDAZA de MORDAZA, por el periodo de doce (12) meses, y por un monto total ascendente a US$ 35,115.06; Que, de acuerdo con el monto total al que ascenderia el arrendamiento del inmueble bajo comentario y, en funcion a los topes establecidos en el numeral 1.2.3.2 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2001/020-FONAFE, para la contratacion de dicho arrendamiento corresponderia la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, segun el Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, subsiste la necesidad de continuar ocupando los inmuebles en cuestion por un periodo de doce (12) meses, pues son los unicos que por sus caracteristicas propias y ubicacion se adecuan a los requerimientos de la Institucion, permitiendo que MORDAZA continuidad en el servicio que en dichos inmuebles se brinda, toda vez que se trata de un centro asistencial, ademas de evitar que se generen gastos de acondicionamiento y difusion como resultado del alquiler de un MORDAZA local; Que, de acuerdo con el Oficio Nº 1135/2001 (GTN-MON) del 17 de octubre del 2001, dirigido por el Gerente Tecnico

Normativo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a la Gerencia General de ESSALUD, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, la prorroga de los contratos de arrendamiento se regula por lo dispuesto en el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, segun el cual estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para "prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; Que, atendiendo a que el vencimiento del contrato de arrendamiento aun no se ha producido y a que se requiere ampliar el plazo de su vigencia por convenir a los intereses de la Institucion, resulta procedente, al MORDAZA del inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonerar la prorroga del referido contrato del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Que, segun lo dispuesto por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, la exoneracion debe ser aprobada mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de la Entidad y titular del pliego presupuestal; Que, de conformidad con lo indicado en el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, corresponde a la autoridad competente para aprobar la exoneracion, determinar la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion de la contratacion del arrendamiento del inmueble donde funciona el Centro Asistencial Los Proceres, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, llevandose a cabo la referida contratacion a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de doce (12) meses y por un monto total ascendente a US$ 35,115.06 (Treinta y cinco mil ciento quince con 06/ 100 dolares americanos). 2. ENCARGAR a la Gerencia Departamental de MORDAZA que adopte las medidas necesarias para realizar el MORDAZA de seleccion a que hubiere lugar. 3. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente resolucion, dentro del plazo establecido por la Ley. 4. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud y de la Gerencia Departamental de MORDAZA la presente resolucion. 5. DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CERRO Presidente Ejecutivo 3698

RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 054-PE-ESSALUD-2002
MORDAZA, 18 de febrero del 2002 VISTA: La Carta Nº 5190-GDLIMA-ESSALUD-2001, mediante la cual la Gerencia Departamental de MORDAZA solicita la exoneracion de la contratacion del suministro de oxigeno medicinal, y de los servicios de mantenimiento de equipos hospitalarios y complementario de servicios generales, de los procesos de seleccion establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y,

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