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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2002 (06/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 225918 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de julio de 2002 De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar nulo el otorgamiento de la Bue- na Pro a favor de la empresa SERLIGEN S.R.L.; en el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 003-2002-MIPE, retrotrayéndose el mismo a la etapa de determinación del puntaje total obtenido por los pos- tores; careciendo de objeto, en consecuencia, resolver el recurso de apelación incoado, así como el escrito que absuelve el traslado del mismo. Artículo 2º.- Devolver todo lo actuado al Comité Espe- cial, para que proceda a sanear el proceso de selección, verificando el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes y aplicando la bonificación adicional a todas aquellas empresas que hayan presentado en sus pro- puestas la declaración jurada correspondiente, en cum- plimiento a lo previsto en la Ley Nº 27633 y demás nor- mas complementarias, y continúe con las siguientes eta- pas del Proceso de Selección, con sujeción a la norma- tividad vigente sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 11945 Autorizan viaje a Presidente del Con- sejo Directivo del IMARPE a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2002-PE Lima, 5 de julio del 2002 Visto los Oficios Nº DE-197-2002-IMP/PE del 28 de junio de 2002, y Nº DE-100-207-2002-IMP/PE del 2 de julio de 2002, del Director Ejecutivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). CONSIDERANDO: Que en el año 1998 se suscribió un Convenio Básico entre el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y la Japan Deep Sea Trawlers Association (JDSTA), para realizar el estudio "Investigación de los Estudios Pelágicos, Demer- sales y Potenciales y su relación con las Condiciones Ambientales del Fenómeno El Niño 1997 - 1998", a bor- do de la embarcación japonesa R/V Shinkai Maru; apro- bándose luego una prórroga de dicho Convenio entre los años 1999 y 2001, para continuar analizando las condi- ciones ambientales del Post Niño y su acción frente a los recursos pesqueros, cuyo estudio se realizó a bordo del BIC Humboldt el último año; Que el nuevo Convenio de cooperación suscrito el 22 de mayo de 2001, entre el IMARPE y la JDSTA tiene por objetivo profundizar los estudios biológico-pesqueros y ecológicos de las principales especies de la fauna pelági- ca y bento-demersal detectadas durante la ejecución del convenio anterior; Que dentro de este contexto, el Presidente de la Overseas Fishery Cooperation Foundation (OFCF) del Japón, mediante Carta del 12 de junio de 2002, invita al Contralmirante (r) HUGO ARÉVALO ESCARO, Presi- dente del Consejo Directivo del IMARPE, a visitar Ja- pón del 7 al 13 de julio del presente año; hecho queresulta de interés institucional debiendo precisarse que en dicho país se suscribirá el Convenio de Coopera- ción con el Centro de Investigación de Recursos Pelá- gicos Marinos del Japón (JAMARC), cuyo objetivo ge- neral es realizar una investigación orientada a profun- dizar los estudios y conocimientos del ciclo vital, ca- racterística poblacional y comportamiento del recurso calamar gigante o pota, con énfasis en el proceso pro- ductivo y determinación de las áreas de desove, en relación a las condiciones del ambiente marino, me- diante la realización de una pesca exploratoria y pros- pección, a bordo del R/V Shinko Maru, lo cual repre- senta una contribución para el IMARPE por la suma de US$ 300 000,00; Que igualmente en el período antes señalado, el Presidente del Consejo Directivo del IMARPE participa- rá en importantes reuniones orientadas a la obtención de una línea de financiamiento para la ejecución de los siguientes proyectos: Centro Internacional de Pre- dicción del Fenómeno El Niño (CIPFEN), Implementa- ción del Laboratorio "Alexander Von Humboldt", Mejora- miento de las Capacidades de Investigación de los Laboratorios Costeros del IMARPE, Plan de Capacita- ción orientado a las investigaciones en Biología Pesquera, Pesca y Acuicultura, Evaluación de la Vinci- guerria en la zona sur del Perú, lo que en conjunto re- presenta un monto global de US$ 10 557 375,00; asi- mismo se ha contemplado llevar a cabo la negociación del Plan de Operaciones con la Japan Deep Sea Trawlers Association (JDSTA), en el marco del Conve- nio de Cooperación entre la citada entidad y el IMAR- PE, cuyo acuerdo correspondiente al año 2002 involu- cra la donación de equipos y aparejos de pesca por un valor aproximado de US$ 1 000 000,00; en consecuen- cia la autorización de viaje materia de la presente se sustenta en su finalidad económica de relevante im- portancia para el sector pesquero; Que en dicho marco, el Consejo Directivo del IMAR- PE mediante Acuerdo Nº 030-2002-CD/O, adoptado en la Sexta Sesión Ordinaria realizada el 19 de junio de 2002, aprobó el viaje del Contralmirante A.P. (r) HUGO ARÉVA- LO ESCARO, Presidente del Consejo Directivo del IMAR- PE, a Japón del 7 al 13 de julio de 2002, con cargo a sus recursos públicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2002, Ley Nº 27619, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional, Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Contralmirante A.P. (r) HUGO ARÉVALO ESCARO, Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a Ja- pón del 7 al 13 de julio de 2002, para participar en re- uniones con funcionarios del citado gobierno y cumplir con los fines establecidos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos que ocasio- ne el presente viaje serán cubiertos por la Overseas Fis- hery Cooperation Foundation (OFCF) del Japón, correspondiendo sufragar los viáticos con cargo al Pre- supuesto Institucional del IMARPE de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos x 9 días US$ 2 340,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario presentará un informe al Titular de la Entidad con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con- juntamente con la rendición de cuentas que deberá efec- tuarse conforme a lo dispuesto en el Artículo 6º del De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM.