TEXTO PAGINA: 7
Pág. 225957 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de julio de 2002 HABILITACIÓN por el término de un (1) año para obtener licencia de conducir, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar la ejecución y control de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINO DE LA BARRERA L. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12033 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Autorizan viaje a Presidente de la ANR para asistir a reunión de trabajo sobre proyecto de tecnificación de proceso de gestión en universidades y seminario que se realizarán en Colombia COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 474-2002-ANR Lima, 28 de junio del 2002 VISTOS: El Memorándum Nº 590-2002-DE de fecha 17 de junio del 2002 de la Dirección Ejecutiva; CONSIDERANDO: Que, por Memorándum Nº 590-2002-DE de fecha 17 de junio del 2002, la Dirección Ejecutiva dispone la elaboración de la Resolución mediante la cual se autoriza al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, ingeniero Francisco Delgado de la Flor B., asistir a las siguientes reuniones: - Reunión de trabajo con los funcionarios de la Oficina de Cooperación Universitaria (OCU), sobre el proyecto que vienen ejecutando Tecnificación del Proceso de Gestión en las Universidades, en la ciudad de Bogotá día 9 de julio 2002. - Participación en el 1er. Seminario Internacional Edu- cación Superior, Calidad y Acreditación que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, días 9, 10, 11 de julio del 2002; Que, los gastos del costo del boleto aéreo es de US$ 547.82 incluido IGV, de viáticos es de US$ 200.00 por día y el impuesto del aeropuerto de US$ 25.00, serán asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la Asamblea Nacional de Rectores y en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Francisco Del- gado de la Flor B., Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, para asistir a la Reunión de trabajo con los funcio- narios de la Oficina de Cooperación Universitaria (OCU), so- bre el proyecto que vienen ejecutando Tecnificación del Pro- ceso de gestión en las Universidades; y, al 1er. Seminario Internacional Educación Superior, Calidad y Acreditación que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias. Estas reuniones se realizarán los días 9, 10, 11 de julio del 2002. Artículo 2º.- Los gastos del costo del boleto aéreo es de US$ 547.82 incluido IGV, viáticos US$ 200.00 por día y el impuesto del aeropuerto de US$ 25.00, los cuales se- rán asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 3º.- El egreso que ocasione la aplicación de la presente resolución se afectará a la Actividad 1 00356DEPARTAMENTOS: APURÍMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Cusco / Velasco Astete" Artículo 2º.- Modificar el contenido del Artículo 10º de la Resolución Directoral Nº 051-2001-MTC/15.16 del 19 de marzo del 2001, modificada a través de la Resolución Directoral Nº 057-2002-MTC/15.16 del 2 de abril del 2002: "Artículo 10º.- Si la Administración verificase la exis- tencia de fraude o falsedad en la documentación presen- tada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá con- forme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General." Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 051-2001-MTC/15.16, modificada a través de la Resolución Directoral Nº 057-2002-MTC/15.16 del 2 de abril del 2002, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN KUAN - VENG Director General de Aeronáutica Civil 11509 Sancionan a personas naturales con inhabilitación para obtener licencias de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 506-2002-MTC/15.18 Lima, 28 de junio de 2002 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0358806, 0359406, 0340706, 0351606, 0372906, 0293106 y 0327206, sobre infracción al Reglamento Nacional de Trán- sito, los Informes Nºs. 517 y 518-2002-MTC/15.18.05.3.AA. elaborados por el Área de Antecedentes de la Subdirec- ción de Otorgamiento de Licencia de Conducir y los Me- morandos Nºs. 697 y 698-2002-MTC/15.18.05 de la Di- rección de Parque Automotor y Circulación Vial; CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú, han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, oficios donde ponen en conocimiento ha- ber intervenido a choferes de vehículos conduciendo con licencia de conducir vencida cuya relación es la siguiente: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA FECHA 1. BARTRA CUÉLLAR, Renzo Arturo Y-109037/2B2 24.5.2002 2. ESTUPIÑÁN CASUSO, Eduardo A-008829/2B2 21.5.2002 3. NALVARTE PALOMINO, Edgar Marino S-002399/2E 13.5.2002 4. QUISPE LOO, Moisés Eugenio L-015961/2B2 8.4.2002 5. MUÑOZ CHAUCA, Alipio Q-166586/A-III 23.4.2002 6. RISCO HUTCHINS, Luis José G-288334/2B1 30.4.2002 7. TORRES DOMÍNGUEZ, Flor Eulalia G-173231/2B1 7.5.2002 Que los conductores indicados en el considerando ante- rior, han infringido lo dispuesto en el literal F-3 del Artículo 296º del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por De- creto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehículos con licencia de conducir vencida ; por lo tanto, aquellos con- ductores son pasibles a la sanción administrativa establecida en el literal F-3 del Artículo 314º del Reglamento acotado; Que, la Dirección General de Circulación Terrestre, de con- formidad con lo dispuesto en el Título VII, Capítulo III, Sec- ción II del Reglamento Nacional de Tránsito, es autoridad com- petente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que hayan infringido el mismo; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en los Memorandos Nºs. 697 y 698-2002-MTC/15.18.05. y de Asesoría Legal en el In- forme Nº 612-2002-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento na- cional de Tránsito, la Ley Nº 27444 y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a las personas indica- das en el primer considerando de esta resolución con IN-