Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2002 (11/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- La fecha en que el citado funcionario debera asumir funciones sera fijada mediante Resolucion Viceministerial. Articulo Tercero.- El citado funcionario percibira por concepto de remuneracion por servicio exterior el correspondiente a su nivel en la sede donde desempena sus funciones. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 12299

SALUD
Declaran nulo otorgamiento de buena pro de item de la licitacion publica convocada para la adquisicion centralizada de medicamentos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1130-2002-SA/DM MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 VISTOS: El expediente del recurso de apelacion interpuesto por Laboratorios AC FARMA S.A. contra el otorgamiento de la buena pro de los items 106 y 117 adjudicados a Proversal S.R.L. en la Licitacion Publica Nº 0003-2002-MINSA "Adquisicion Centralizada de Medicamentos", el Oficio Nº 621-2002-CE/LP0003, el Oficio Nº 2124-2002-OGAJ y el Informe Nº 1018-2002-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, Laboratorios AC FARMA S.A. presenta apelacion el 25.6.2002, contra el otorgamiento de la buena pro en los items 106 y 117 en favor de Proversal S.R.L., empresa que el 1.7.02 absuelve traslado dentro del plazo legal, habiendo obtenido el apelante el MORDAZA lugar y siendo MORDAZA empresas los unicos postores respecto del item 117; Que, Laboratorios AC FARMA S.A. fundamenta su apelacion senalando en el extremo referido al item 106 que el producto de Proversal S.R.L. no se puede acoger a Farmacopea BP y a la vez a MORDAZA tecnica propia, que no se acoge a la Farmacopea vigente que le corresponde y que no es posible que pueda acogerse a MORDAZA tecnica propia y respecto al extremo de su impugnacion relacionada al item 117 senala que el Protocolo de Analisis del producto de Proversal S.R.L. no se acoge a la Farmacopea vigente que le corresponde, y que al margen de ello si este Protocolo no consigna la prueba de "sustancias relacionadas" se encontraria incompleto, punto este ultimo que solicitan verificar, finalmente indica que Proversal S.R.L. esta participando en el item 106 y posiblemente en otros con productos de ESKE S.R.L. empresa que se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado por un ano en virtud de Resolucion Nº 387/ 2002.TC-S2 del 3.6.2002; Que, por escrito de la impugnante presentado el 1.7.02, se amplian los fundamentos de la apelacion del item 106, senalando que el Protocolo de Analisis es ademas irregular porque infringe el inciso i) del Art. 29º del D.S. Nº 020-2001-SA al no consignar la firma del "Quimico farmaceutico regente" y el inciso a) del mismo articulo, por no consignar el nombre del laboratorio fabricante, ademas indica que el rotulado de la muestra del producto de Proversal S.R.L. no cumple con las Bases y la legislacion vigente por no consignar la concentracion del producto ni el contenido neto por envase y que consigna una via de administracion equivocada "Oral" siendo la correcta "inhalacion oral"; Que, conforme a los documentos de vistos y considerandose que el Comite Especial se limita a evaluar conforme a la documentacion que obra en la propuesta, se tiene respecto al item 106 que la muestra presentada se encuentra conforme al contenido del rotulado que presento Proversal S.R.L. en su propuesta como rotulado autorizado en el Registro Sanitario (el numeral 8.8.11. de las Bases exigia que el postor presente MORDAZA simple del rotulado mediato, inmediato o inserto cuando corresponda autorizado en el Registro Sanitario) y que la MORDAZA del Protocolo de Analisis presentado por Proversal S.R.L. constituye MORDAZA de un fax que consigna en primer lugar haber sido enviado por MIDAS CARE y en la linea siguiente, que ya constituye MORDAZA del documento, consigna "B-16, MIDC, Waluj, Aurangabad-431 135-INDIA", la cual es la misma direccion que la que en el rotulado presentado por Proversal S.R.L. figura como direccion del fabricante Midas Care Pharmaceuticals Pvt. Ltd., el cual es el mismo que figura en el Registro Sanitario que pre-

Designan Consejero para Asuntos de Seguridad Hemisferica de la Representacion Permanente del Peru ante la OEA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0750-2002-RE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 Considerando la necesidad de que el Gobierno Peruano mantenga una activa participacion en los asuntos relacionados a la seguridad hemisferica y la lucha contra el terrorismo en el seno de la Organizacion de los Estados Americanos, conforme a las disposiciones de la Carta de la OEA y a raiz del mandato emanado de la XXIII Reunion de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores; Teniendo en cuenta la necesidad de que el Peru este en capacidad de cumplir con las medidas de asistencia y cooperacion hemisferica en materia de seguridad, asi como su coordinacion con otros paises de la region; Considerando la convocatoria efectuada por la XXXI Asamblea General de la Organizacion de los Estados Americanos para celebrar en el ano 2004 la Conferencia Especial sobre Seguridad; Siendo conveniente, por las razones senaladas, que la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos cuente con un asesor de alto nivel en materia de seguridad hemisferica; De conformidad con los Articulos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, de 14 de diciembre de 2001, el Decreto Ley Nº 25957, de 7 de diciembre de 1992 y la Resolucion Suprema Nº 0269-RE, de 28 de junio de 1995; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar en el cargo de confianza de Consejero para Asuntos de Seguridad Hemisferica de la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos, nivel F-4, al General de Division EP (r) don MORDAZA MORDAZA Sedo. Articulo Segundo.- El citado funcionario percibira por concepto de remuneracion por servicio exterior el correspondiente a su nivel en la sede donde desempena sus funciones. Articulo Tercero.- La fecha en que debera asumir funciones el citado funcionario, sera fijada por Resolucion Viceministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que origina la presente resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 12300

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