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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2002 (11/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 226154 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 9. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN El objetivo de las actividades de seguimiento y eva- luación es vigilar la evolución de la situación de las per- sonas adultas mayores, a fin de tomar las decisiones de política más adecuadas. En tal sentido, se considera al seguimiento o monitoreo como una herramienta de ges- tión que brindará la información sobre el avance de los objetivos y las metas para realizar los cambios y correc- ciones necesarios Teniendo en cuenta que en la ejecución del Plan intervendrán diversas instituciones del gobierno cen- tral, los gobiernos locales, universidades, organismos no gubernamentales y otras de la sociedad civil, el seguimiento y evaluación del Plan constituirá un pro- ceso con un cierto grado de complejidad que implica- rá su organización en cada una de las entidades con responsabilidad en la implementación de las medidas correspondientes. El PROMUDEH, en su condición de ente rector de la política nacional sobre las personas adultas mayores, ten- drá a su cargo la coordinación del mecanismo de segui- miento y evaluación del Plan, con los sectores sociales ejecutores y la participación del Instituto Nacional de Estadística e Informática. La función principal es super- visar el avance en la ejecución de las acciones y en el logro de objetivos y metas propuestas, para informar pe- riódicamente a los organismos responsables y autorida- des pertinentes. El PROMUDEH, conjuntamente con el INEI diseña- rán y pondrán en funcionamiento una base de datos so- bre la situación de la población adulta mayor, que incluya información desagregada por sexo a nivel departamental y local, la cual será oportunamente actualizada y difundi- da utilizando tecnología moderna. Deberá contarse con un Plan de Trabajo que propi- cie la homogenización de los conceptos y categoría de los indicadores con fines de comparación, determine las fuentes de información disponible y la metodología para cada uno de los indicadores de proceso y de im- pacto, además de los recursos financieros que se re- quieran. Asimismo, el PROMUDEH conformará una Comisión Nacional de Seguimiento y Evaluación sobre la base de las instituciones que tengan asignada responsabilidad en la ejecución del Plan, la cual procurará la realización de un informe anual de carácter multisectorial, que será pues-to a consideración de las autoridades pertinentes y di- fundido a nivel nacional. Al culminar el período de vigen- cia del Plan se efectuará la evaluación final correspon- diente. 12191 Amplían plazo de suspensión del ini- cio de nuevos trámites de adopción, nacionales y extranjeros DECRETO SUPREMO Nº 006-2002-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-2002-PROMUDEH de fecha 23 de mayo de 2002, se declaró en rees- tructuración a la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, constituyéndose una Comisión de Reestructuración a la que se otorgó un plazo de treinta (30) días contados des- de su instalación para culminar con su encargo y presen- tar su informe final; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5º de la referida norma, se suspendió el inicio de nuevos trámites de adopción, nacionales y extranjeros, durante el mismo plazo otorgado a la Comisión de Reestructuración para la presentación de su informe final; Que, la Comisión de Reestructuración culminará en el plazo autorizado el encargo otorgado, sin embargo, la implementación de sus recomendaciones al interior de la Oficina de Adopciones requerirá de un tiempo adicional a efectos de obtener los resultados esperados, por lo que resulta necesario ampliar por cuarenta y cinco (45 días), la suspensión del inicio de nuevos trámites de adopción, nacionales y extranjeros; En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecuti- vo, el Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 98-PROMUDEH;EDUCACIÓN, CONCIENCIA Y CULTURA SOBRE EL ENVEJECIMIENTO Y LA VEJEZ OBJETIVO Elevar el nivel educativo y cultural de la población adulta mayor, promover una imagen positiva del envejecimiento y la vejez, e incrementar en la sociedad el reconocimiento hacia los valores y experiencia de vida de las personas que han alcanzado una edad avanzada. MEDIDAS PLAZO RESPONSABLE 30. Incorporar técnicas no tradicionales de enseñanza dentro del Programa Nacional de Alfabetización que 2002 - 2006 PROMUDEH- permitan compatibilizar las estrategias de éste a las necesidades básicas de aprendizaje, limitaciones e Programa Nacional de intereses propios de las Personas Adultas Mayores, respetando su identidad sociocultural y su realidad Alfabetización, ONG’s. regional. 31. Incorporar en las currículas en todos los niveles de educación básica regular (inicial, primaria, secun- 2002 - 2004 MINEDU, PROMUDEH daria y superior), contenidos sobre envejecimiento saludable y vejez, y sobre la estima que se merecen las personas adultas mayores. 32. Elaborar y ejecutar un estudio-diagnóstico para determinar las necesidades educativas de las personas 2002-2004 MINEDU, PROMUDEH adultas mayores, a fin de priorizar acciones de educación formal y no formal en todos los niveles, y fo- mentar su inserción mediante un sistema de becas o facilidades económicas. 33. Incorporar en el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual , acciones de prevención, asis- 2002-2006 PROMUDEH tencia y rehabilitación orientados a disminuir y eliminar el maltrato de las personas adultas mayores y a defender sus derechos, con enfoque de género y considerando las diferencias culturales. 34. Diseñar e implementar programas intergeneracionales a nivel comunal, de consejería, intercambio de 2002-2005 MINEDU, ONGs experiencias, conocimientos, habilidades y valoración étnica, en centros de educación inicial y básica Universidades, regular (primaria y secundaria) y superior. Municipalidades. 35. Establecer convenios con universidades y otras organizaciones que desarrollen acciones concertadas 2002 - 2003 PROMUDEH, ANR, de promoción de la salud y envejecimiento saludable, para el diseño e implementación de programas de Universidades, Sociedades capacitación, en gerontología y geriatría, dirigido a los profesionales vinculados al tema de las Personas Científicas Adultas Mayores, a nivel regional. MINEDU, 36. Promover la formación técnica, en instituciones de nivel superior no universitario, en diferentes especiali- dades relacionadas a gerontología y geriatría, considerando la realidad local del proceso de envejecimien- to y asumiendo el componente afectivo.