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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2002 (11/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 226164 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 to de proseguir con el trámite de autorización corres- pondiente a cargo del Sector; Que, en la ciudad de San Diego de los Estados Uni- dos de América se llevará a cabo la PASANTÍA EN MANE- JO DE PACIENTES VIH (+) O CON SIDA, organizada por la Universidad de California - San Diego School of Medi- cine, del 1 al 31 de julio del 2002; Que, la participación del Dr. Raúl Alberto Castillo Cór- dova a la pasantía en mención, le permitirá adquirir co- nocimientos y experiencia en el manejo de pacientes con patología infecciosa y tropical, actividad que redundará en la mejor calidad de atención de los asegurados que se atienden en la Unidad de Infectología VIH/SIDA, opti- mizando el balance costo/beneficio; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor RAÚL ALBERTO CASTILLO CÓRDOVA, Médico Asistente del Servicio de Medicina Interna Nº 1 del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor RAÚL AL- BERTO CASTILLO CÓRDOVA, Médico Asistente del Servicio de Medicina Interna Nº 1 del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de San Diego de los Estados Unidos de América, a partir de la fecha hasta el 31 de julio de 2002, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$1,461.00 Pasajes :US$1,377.14 Tarifa Corpac :US$25.00 Artículo 3º.- Los montos señalados en el artículo anterior serán verificados por ESSALUD a efecto de efec- tuar las compensaciones o ajustes que correspondieran sin exceder los límites establecidos en dicho artículo. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 12175 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2002-TR Lima, 5 de julio del 2002 VISTOS: La Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, el Oficio Nº 584-SG-ESSALUD-2002 del Secretario General del Se- guro Social de Salud - ESSALUD, la Carta Nº 4234- GCRH-ESSALUD-2002 del Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Acuerdo Nº 143-18-ESSALUD-2002 del Consejo Directi- vo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se establecieron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, entre las que se encuentra la prohibición de viajes al ex-terior aplicables a todos los pliegos presupuestarios y unidades ejecutoras del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas; Que, al amparo del Decreto de Urgencia Nº 033-2002, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, publica- da en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de julio de 2002, se estableció como supuesto de excepción a la disposición contenida en el numeral 3.1 del Artículo 3º de la norma citada en el considerando anterior, los viajes al exterior de pacientes y profesionales de salud de ESSA- LUD que se realicen por capacitación profesional y acti- vidades de atención en salud de los asegurados; Que, mediante los documentos de Vistos emitidos por el Secretario General y el Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD, se comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo la subsistencia de la necesidad de viaje al exterior por capacitación de trabajadores asistenciales de ESSA- LUD que fueron aprobados por el Consejo Directivo en su Décimo Octava sesión ordinaria (Acuerdos Nºs. 136 a 144-18-ESSALUD-2002), a efecto de proseguir con el trá- mite de autorización correspondiente a cargo del Sector; Que, en la ciudad de California de los Estados Unidos de América se llevará a cabo la PASANTÍA EN RETINA Y VITREO, organizada por el Instituto Jules Stein Eye, del 1 de julio al 30 de setiembre del 2002; Que, el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins es un centro referencial a nivel nacional de diversas pa- tologías oftalmológicas, por lo que requiere capacitar a su personal en métodos y técnicas avanzados en la es- pecialidad de oftalmología, entre ellos la cirugía vitreorre- tinal considerada como la más delicada cirugía de la es- pecialidad, así como terapias con nuevos tipos de Láser, lo que repercutirá en resolver con eficiencia y en forma oportuna desde las más simples a las más complejas patologías oculares y disminuir los costos hospitalarios; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora PATRICIA MAGA- LI BUENDÍA BENAVIDES, Médico Asistente del Servicio de Oftalmología del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora PATRICIA MAGALI BUENDÍA BENAVIDES, Médico Asistente del Servicio de Oftalmología del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, del Seguro Social de Salud - ESSA- LUD, a la ciudad de California de los Estados Unidos de América, a partir de la fecha hasta el 30 de setiembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$3,278.00 Pasajes :US$1,273.20 Tarifa Corpac :US$25.00 Artículo 3º.- Los montos señalados en el artículo anterior serán verificados por ESSALUD a efecto de efec- tuar las compensaciones o ajustes que correspondie- ran sin exceder los límites establecidos en dicho ar - tículo. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 12176