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Pág. 226167 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 VISTOS: La Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, el Oficio Nº 584-SG-ESSALUD-2002 del Secretario General del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Carta Nº 4234- GCRH-ESSALUD-2002 del Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Acuerdo Nº 139-18-ESSALUD-2002 del Consejo Directi- vo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se establecieron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, entre las que se encuentra la prohibición de viajes al ex- terior aplicables a todos los pliegos presupuestarios y unidades ejecutoras del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas; Que, al amparo del Decreto de Urgencia Nº 033-2002, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, publica- da en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de julio de 2002, se estableció como supuesto de excepción a la disposición contenida en el numeral 3.1 del Artículo 3º de la norma citada en el considerando anterior, los viajes al exterior de pacientes y profesionales de salud de ESSA- LUD que se realicen por capacitación profesional y acti- vidades de atención en salud de los asegurados; Que, mediante los documentos de Vistos emitidos por el Secretario General y el Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD, se comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo la subsistencia de la necesidad de viaje al exterior por capacitación de trabajadores asistenciales de ESSA- LUD que fueron aprobados por el Consejo Directivo en su Décimo Octava sesión ordinaria (Acuerdos Nºs. 136 a 144-18-ESSALUD-2002), a efecto de proseguir con el trá- mite de autorización correspondiente a cargo del Sector; Que, en la ciudad de Sao Paulo - Brasil se llevará a cabo la PASANTÍA EN ATENCIÓN DE PACIENTES EN REHABILITACIÓN DE PATOLOGÍA MAMARIA Y CÁN- CER, organizada por el Hospital de Cáncer A.C. Camar- go, del 1 al 31 de julio del 2002; Que, la participación de la Lic. Flora Choy Beltrán a la pasantía en mención le permitirá adquirir conocimientos y nuevas técnicas en la atención de pacientes mastecto- mizados, así como en el tratamiento de linfidemas, y ob- tener experiencias en el campo de fisioterapia en la ciru- gía reconstructiva de mama, lo que repercutirá en una mejor calidad de atención en pacientes que se atienden en el Departamento de Rehabilitación del Hospital Na- cional Guillermo Almenara Irigoyen; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora FLORA CHOY BELTRAN, Terapista Física del Hospital Nacional Guiller- mo Almenara Irigoyen, participe en el mencionado even- to; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora FLORA CHOY BELTRAN, Terapista Física del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Sao Paulo - Brasil, a partir de la fecha hasta el 31 de julio de 2002, para los fines ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$1,278.00 Pasajes :US$716.26 Tarifa Corpac :US$25.00Artículo 3º.- Los montos señalados en el artículo anterior serán verificados por ESSALUD a efecto de efec- tuar las compensaciones o ajustes que correspondieran sin exceder los límites establecidos en dicho artículo. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 12172 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2002-TR Lima, 5 de julio del 2002 VISTOS: La Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, el Oficio Nº 584-SG-ESSALUD-2002 del Secretario General del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Carta Nº 4234- GCRH-ESSALUD-2002 del Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Acuerdo Nº 144-18-ESSALUD-2002 del Consejo Directi- vo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se establecieron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, entre las que se encuentra la prohibición de viajes al ex- terior aplicables a todos los pliegos presupuestarios y unidades ejecutoras del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas; Que, al amparo del Decreto de Urgencia Nº 033-2002, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, publica- da en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de julio de 2002, se estableció como supuesto de excepción a la disposición contenida en el numeral 3.1 del Artículo 3º de la norma citada en el considerando anterior, los viajes al exterior de pacientes y profesionales de salud de ESSA- LUD que se realicen por capacitación profesional y acti- vidades de atención en salud de los asegurados; Que, mediante los documentos de Vistos emitidos por el Secretario General y el Gerente Central de Recursos Humanos del Seguro Social de Salud - ESSALUD, se comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo la subsistencia de la necesidad de viaje al exterior por capacitación de trabajadores asistenciales de ESSA- LUD que fueron aprobados por el Consejo Directivo en su Décimo Octava sesión ordinaria (Acuerdos Nºs. 136 a 144-18-ESSALUD-2002), a efecto de proseguir con el trá- mite de autorización correspondiente a cargo del Sector; Que, en la ciudad de San José de Costa Rica - Costa Rica se llevará a cabo la PASANTÍA EN ATENCIÓN DE PACIENTES OSTOMIZADOS, organizada por el Hospi- tal San Juan de Dios, del 8 de julio al 8 de agosto del 2002; Que, la participación de la Licenciada Rita Yolanda Quispe Ruffner a la pasantía en mención le permitirá in- crementar y actualizar conocimientos en técnicas y pro- cedimientos modernos en la atención integral de pacien- tes sometidos a cirugía intestinal desde el preoperatorio hasta su reincorporación a la sociedad, con la finalidad de brindar una mejor calidad de vida a los pacientes os- tomizados; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora RITA YOLANDA QUISPE RUFFNER, enfermera del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; y,