Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2002 (23/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 226894 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 017-2002-DP/JCGOB, de fecha 22 de marzo de 2002, se designó al señor Armando Jesús Marcial de los Ríos de Romaña, en el cargo de Gerente Central de Activida- des del Despacho Presidencial; Que, así mismo, por Resolución del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 024-2002-DP/JCGOB, de fecha 22 de marzo de 2002, se encargó al señor Armando Jesús Marcial de los Ríos de Romaña, las funciones de Geren- te Central de Administración del Despacho Presidencial; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al Despacho Presidencial; De conformidad con el Artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, y Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 1 de agosto de 2002, la renuncia presentada por el señor Armando Jesús Marcial DE LOS RIOS DE ROMAÑA, al cargo de Gerente Central de Actividades, y dar por concluida la encargatura en las funciones de Gerente Central de Administración del Despacho Presidencial, dándosele las gracias por los im- portantes servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO DE LA FLOR ARBULÚ Secretario General de la Presidencia de la República 13124 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican Directiva referida al Sistema Nacional de Inversión Pública y normas complementarias RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2002-EF/68.01 Lima, 17 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública, dispone que el Minis- terio de Economía y Finanzas, a través de la Oficina de Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública, y en conse- cuencia dicta las normas técnicas, métodos y procedi- mientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 158- 2001-EF-15, establece que la Dirección General de Pro- gramación Multianual del Sector Público desarrollará las funciones de la Oficina de Inversiones, creada por el De- creto Legislativo Nº 790, las que se le hayan asignado en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública -Ley Nº 27293-, su Reglamento y demás normas complementarias; Que, la Directiva Nº 001-2002-EF/68.01, directiva modi- ficatoria de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública y normas complementarias, aprobada por Resolución Jefatural Nº 008-2002-EF-68.01, regula los pro- cedimientos a seguirse con los Proyectos de Inversión Pú- blica formulados por los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional en relación a las funciones que le compete al Órgano Resolutivo y la OPI del Sector Presidencia; Que, la Ley Nº 27779 modifica la Ley del Poder Ejecuti- vo, norma que se complementa por el Decreto de Urgen- cia Nº 036-2002 que establece un régimen transitorio. Que, los cambios reseñados en el considerando prece- dente y las disposiciones aprobadas en el marco del pro-ceso de descentralización en marcha hacen necesario introducir cambios en la regulación de los procesos refe- ridos a los PIP que formulen los CTARs, con el fin de agilizar los procesos de registro de información; En concordancia a las facultades dispuestas por el Decreto Legislativo Nº 790, la Ley Nº 27293, normas re- glamentarias y complementarias; y la Resolución Minis- terial Nº 245-2002-EF-10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sustituir los literales a), b) y c) del numeral 1.3. del Artículo 1º de la Directiva Nº 001-2002-EF/68.01 aprobada por Resolución Jefatural Nº 008-2002-EF-68.01, con el texto siguiente: "a) La Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finan- zas, en adelante DGPM, (con copia a la Unidad Formula- dora), para que: - Evalúe el estudio, si el informe técnico de la OPI recomienda la declaración de viabilidad del PIP; pudien- do la DGPM observarlo, recomendar otro nivel de estu- dios o declarar la viabilidad del PIP; - Autorice la elaboración del estudio de factibilidad, si el informe técnico de la OPI aprueba la prefactibilidad; pudiendo la DGPM observar la prefactibilidad, aprobar la prefactibilidad y autorizar el estudio de factibilidad o de- clarar la viabilidad del PIP; b) La Unidad Formuladora, para que dicha unidad re- formule el estudio, si el informe técnico de la OPI señala observaciones; o para que elabore el estudio de prefacti- bilidad si el estudio aprobado tiene el nivel de perfil y a criterio de la OPI deben proseguirse los estudios. c) La Unidad Formuladora, para su conocimiento, si el informe técnico de la OPI rechaza el PIP." Artículo 2º.- Los Proyectos de Inversión Pública formu- lados por los Consejos Transitorios de Administración Re- gional, en adelante CTARs, cuyos estudios de preinversión corresponden ser evaluados por la OPI Presidencia, se- gún el Anexo SNIP-08 -Relación de Sectores Responsa- bles de la evaluación de los PIP formulados por los CTAR- serán remitidos a la OPI del Sector al cuál sean adscri- tos los CTARs. Artículo 3º.- Esta norma será aplicable desde su comunicación a las Oficinas de Programación e Inversio- nes de los Sectores. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GIESECKE SARA-LAFOSSE Director General Dirección General de Programación Multianual del Sector Público 13068 EDUCACIÓN Inician procedimiento administrativo disciplinario a ex directores de la USE Nº 07 - San Borja RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2002-ED Lima, 12 de junio de 2002 Visto, el Informe Preliminar Nº 009/2001-CEPAF-ME de la Comisión Especial de Procesos Administrativos del Ministerio de Educación y demás documentos que se ad- juntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 006-2001-OAI/UCF "Examen Especial a la Gestión Administrativa y Finan-