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Pág. 226902 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de julio de 2002 Corte Superi or de Justicia de Lima, de conformidad con lo establecido por el Artículo 19º del Código de Procedi- mientos Penales; Que, el objetivo de la Presidencia de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima, es optimizar el servicio de la administración de justicia en sus distintos niveles, en tal sentido es pertinente para este despacho tomar las me- didas necesarias para el cumplimiento de la Resolución Administrativa de vista; Que, en uso de las facultades conferidas en los inci- sos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del veinti- trés de julio del año en curso, la Tercera Sala Penal Cor- porativa para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, se encontrará conformada por los siguientes señores ma- gistrados: - Jovino Guillermo Cabanillas Saldivar (T) Presidente - Hermilio Vigo Zevallos (T) - José Francisco Jurado Najera (P) Artículo Segundo.- DISPONER que a partir del veinti- trés de julio del año en curso, el Vigésimo Cuarto Juzga- do Especializado en lo Penal de Lima, se convierta en Juzgado Especializado para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, debiendo atender la carga procesal que se remita a esta Corte Superior, proveniente del Juzgado Corporativo de Bandas, así como de los procesos pena- les que le sean derivados de la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales de Lima, según redistribución aleatoria correspondiente. Artículo Tercero.- La Tercera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, será com- petente para conocer los procesos penales a los que se refiere el Artículo Tercero de la Resolución Administrativa de vista. Artículo Cuarto.- El Centro de Distribución General de las Salas Penales para Procesos Ordinarios con reos en Cárcel, incluirá a la Tercera Sala Penal para la redistri- bución aleatoria de los expedientes que provienen de los Juzgados Especializados en lo Penal para Procesos Or- dinarios con Reos en Cárcel. Artículo Quinto.- Los procesos penales tramitados ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Pe- nal de Lima, hasta antes de la publicación de la presente resolución, serán remitidos a la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales, con el fin de que sean redistribui- dos entre los demás Juzgados Penales para Procesos Ordinarios con Reos Libres. Artículo Sexto.- DISPONER que las denuncias sin detenidos, provenientes del Ministerio Público por co- misión de los delitos de Robo Calificado, Violación de la Libertad Personal – Secuestro - Homicidio y Extor- sión, cometidos por organizaciones delictivas – Ban- das – correspondientes al Distrito Judicial de Lima, serán recepcionadas por la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales para su posterior distribución, según la vía procesal correspondiente; en el caso de denuncias con detenidos, serán de conocimiento del Juzgado Penal de Turno Permanente, para su trámite respectivo. Artículo Sétimo.- La Tercera Sala Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel se encon- trará ubicada en los ambientes que eran ocupados por la Sala de Apelaciones para Procesos Sumarios con Reos en Cárcel, la misma que se ubicará en los ambientes que eran ocupados por la Primera y Se- gunda Sala Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel. Artículo Octavo.- DISPONER que la Oficina de Ad- ministración Distrital adopte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Noveno.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Presidentes de las SalasPenales Corporativas para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel; para los fines perti nentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 13098 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0243-2002-P-CSJL-PJ Mediante Oficio Nº 1722-2002-RA-P-CSJL(RBO) la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 0243- 2002-P-CSJL-PJ, publicada en la edición del 20 de julio de 2002, en la página 226744. En el Artículo Quinto DICE: Dra. Nora Gabina Traverso Calderón ... DEBE DECIR: "Dra. Gabina Norah Traverso Calderón ..." En el Artículo Sexto DICE: Dra. Katherine Fernández Castilla ... DEBE DECIR: "Dra. Catherine Fernández Castilla ..." DICE: Dra. Any Trujilla Paira ... DEBE DECIR: "Dra. Anne Trujillo Payra ..." 13125 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen no ratificar a Vocal de la Cor- te Superior de Justicia de Lima y can- celan título de nombramiento RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 398-2002-CNM Lima, 19 de julio de 2002 Vistos, el acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 154º, inciso 2), establece que es función del Consejo Na- cional de la Magistratura, ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años, facultad que desa- rrolla la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magis- tratura Nº 26397 y las Leyes Nºs. 27368 y 27466;